Para enmendar los subincisos (c) y (e) del tercer apartado del inciso C del Artículo 4 de la Ley Núm. 203-2007, conocida como “Nueva Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, a los fines de aclarar la condición de incapacidad requerida para cualificar a los beneficios dispuestos en dicha Ley, y para otros fines relacionados
Qué propone
La medida PS 1460 propone los subincisos (c) y (e) del tercer apartado del inciso C del Artículo 4 de la Ley Núm. 203-2007 (Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI). El objetivo es aclarar la definición de incapacidad requerida para cualificar a ciertos beneficios, específicamente sustituyendo la frase 'incapacitados al cien por ciento (100%)' por 'incapacitados total y permanente'. Esto afecta a veteranos que buscan en derechos de licencia de vehículos y en la imposición de impuestos sobre vehículos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en el esfuerzo histórico de Puerto Rico por reconocer y apoyar a sus veteranos, un compromiso articulado a través de la Ley 203-2007, conocida como la Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI. La ley establece beneficios como en licencias y becas, buscando facilitar la reinserción social y compensar las dificultades que enfrentan los veteranos tras su servicio militar.
En qué va
La medida PS 1460 fue el 10 de septiembre de 2026 y referida a comisión el 14 de septiembre de 2026, tras aparecer en Primera Lectura del Senado. Fue presentada por el Senador Carmelo Ríos Santiago (PNP).
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Última acción · 14 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el apartado Quinto del inciso C del Articulo 4 de la Ley 203 – 2017, según enmendada, conocida como la “Nueva Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, a los fines de añadir un nuevo inciso (c) para extender la exención del pago de derechos, aranceles, cargos o tarifas por la expedición de certificaciones, licencias y permisos a personas jurídicas cuya titularidad o control pertenezca mayoritariamente a uno o más veteranos; y para otros fines relacionados.
La medida PS 1180 enmienda la Ley 203-2017 para extender la exención del pago de derechos, aranceles, cargos o tarifas por la expedición de certificaciones, licencias y permisos. Esta exención aplicará a personas jurídicas (empresas) cuyo 51% o más de su titularidad o control pertenezca directa y mayoritariamente a uno o más veteranos. Afecta a agencias gubernamentales, instrumentalidades públicas y municipios que expiden estos documentos, y beneficia a las empresas propiedad de veteranos.
Para enmendar el subinciso (g) al inciso (C) del párrafo tercero del Artículo 4 de la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como “Nueva Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, a los fines de aclarar que el descuento otorgado a los veteranos será del cincuenta por ciento (50%), en el importe total de la compra del marbete en su vehículo de motor; garantizar que el proceso de la transacción sea uno efectivo; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley 203-2007, conocida como la 'Nueva Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI', para aclarar y garantizar que el descuento del 50% en el marbete de vehículos de motor se aplique al importe total de la compra, excluyendo multas asociadas. Afecta directamente a los veteranos propietarios de vehículos de motor en Puerto Rico que buscan acceder a este beneficio y a las agencias encargadas de su administración.
Para enmendar el subinciso (a) del inciso (C) del Artículo 4 de la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como “Nueva Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, a los fines de disponer un ajuste anual por inflación de la deducción vitalicia sobre la contribución sobre ingresos que se concede a todo veterano, tomando como año base el año contributivo 2007; ordenar al Secretario de Hacienda notificar la cantidad ajustada aplicable a cada año contributivo; y para otros fines relacionados.
Enmienda el Artículo 4(C)(Primero)(a) de la Ley 203-2007: mantiene la deducción vitalicia de $1,500 para veteranos, pero dispone que se ajuste por inflación para los años contributivos que comiencen después del 31 de diciembre de 2026, usando 2007 como año base. El Secretario de Hacienda determinará la cantidad aplicable cada año, tomando como referencia el ajuste por costo de vida que utiliza anualmente el Servicio de Rentas Internas federal, y la notificará mediante determinación administrativa, carta circular o boletín informativo; también fijará la metodología por reglamento o determinación administrativa. Ordena adoptar o enmendar las reglas necesarias dentro de 90 días de aprobarse la ley. No elimina la deducción vigente ni otros derechos de la Carta.
Para enmendar el inciso (b) del apartado Quinto de la Sección C y el inciso (d) de la Sección G del Artículo 4 de la Ley Núm. 203-2007, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, a los fines de ordenar a la Oficina del Procurador del Veterano diseñar modelos uniformes para los rótulos requeridos por dichas disposiciones; requerir la inclusión de un código de respuesta rápida (QR Code) que facilite el acceso electrónico a información oficial sobre los derechos y beneficios reconocidos a los veteranos; establecer un término para la adopción de los modelos uniformes; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 203-2007, conocida como la 'Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI'. Ordena a la Oficina del Procurador del Veterano diseñar modelos uniformes para rótulos informativos sobre derechos de veteranos, que incluirán un código QR para acceso a información electrónica oficial. Establece plazos para la adopción de estos modelos y la sustitución de la rotulación existente, afectando a agencias gubernamentales estatales y municipales, así como a entidades privadas que ofrecen servicios al ciudadano.
Para adicionar un nuevo inciso (h); y renumerar los actuales incisos (h) al (n) como los nuevos incisos (i) al (ñ) del Artículo 7.003 del Capítulo I del Libro VII de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a fin de facultar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) a orientar, a través de cartas e información en su red oficial cibernética, sobre los derechos de los veteranos a las exoneraciones parciales o totales; y establecer un proceso de citación automática con tres (3) fechas alternas cuando medie un error en el proceso de tramitación de estos derechos ante el CRIM; y para otros fines relacionados.
La medida PS 1479 propone adicionar un nuevo inciso (h) al Artículo 7.003 del Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020). Esto facultará al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) a orientar a los veteranos sobre sus derechos a exoneraciones contributivas parciales o totales, tanto por carta como a través de su portal cibernético. Además, establecerá un proceso de citación automática con tres fechas alternas en caso de errores en la tramitación de estos derechos ante el CRIM. La medida afecta directamente a los veteranos puertorriqueños y al CRIM.
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