Qué propone
El Proyecto del Senado 247 propone añadir un nuevo sub-inciso (65) al Artículo 2.04 de la Ley Núm. 85-2018, conocida como la 'Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico'. Esta impondría la obligación al Secretario de Educación de incluir en el currículo del Programa de Salud Escolar actividades, proyectos y módulos dirigidos a orientar a los estudiantes sobre condiciones de salud o trastornos del desarrollo que podrían afectar su aprendizaje, como las enfermedades crónicas. La medida afecta directamente a los estudiantes del sistema público de enseñanza.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el marco de la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa, que reconfiguró el sistema K-12. La medida busca añadir un nuevo sub-inciso a esta ley, lo que demuestra la continua evolución y adaptación del sistema educativo a las necesidades de los estudiantes.
En qué va
El Proyecto del Senado 247 fue presentado el 13 de enero de 2025 y referido a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado. Posteriormente, fue por su autor el 8 de mayo de 2025, por lo que no avanzó en el proceso legislativo.
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Última acción · 8 de mayo de 2025
por su Autor
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Para añadir un nuevo sub-inciso 70 al inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de imponer la obligación al Secretario de Educación de incluir en el currículo del Programa de Salud Escolar actividades escolares, proyectos y módulos que les orienten con respecto a las condiciones de salud o trastornos del desarrollo que podrían afectar su aprendizaje, como lo son las enfermedades crónicas, entre otras.
La Ley 74-2026 enmienda la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para añadir una obligación al Secretario de Educación. Esta obligación consiste en diseñar e integrar en el currículo del Programa de Salud Escolar, en todos los niveles, actividades, proyectos y módulos educativos. El propósito es orientar al estudiantado sobre condiciones de salud o trastornos del desarrollo que podrían afectar su aprendizaje, como las enfermedades crónicas, y fomentar el apoyo, la aceptación y la inclusión de las personas que las padecen. Afecta directamente al Departamento de Educación y a todos los estudiantes del sistema público.
Para enmendar el Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada y conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” a los fines de establecer como parte de los deberes y responsabilidades del Secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico, la obligación de diseñar e integrar en el currículo del Departamento, actividades escolares, dirigidas a brindarle al estudiantado la oportunidad de adquirir conocimientos en relación al tema de la diversidad funcional; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 322 enmienda el Artículo 2.04 de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico) para añadir como deber y responsabilidad del Secretario del Departamento de Educación (DEPR) el diseño e integración en el currículo escolar de actividades dirigidas a que los estudiantes adquieran conocimientos sobre diversidad funcional. Afecta directamente al DEPR, su Secretario, al cuerpo docente y al estudiantado del sistema público de enseñanza.
Para añadir un nuevo Artículo 9.11 a la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de agrupar y consolidar en esta Ley, todas las disposiciones relativas a la política pública que impera en Puerto Rico, con respecto al serio problema de obesidad que afecta la salud y la calidad de vida de nuestros estudiantes de las escuelas del sistema educativo; derogar la Ley 235-2008, según enmendada, mediante la cual se creó un denominado “Protocolo Uniforme de Atención para el Niño Obeso”, y la Ley 26-2012, conocida como “Ley del Consejo Asesor de la Salud Escolar y Control de Obesidad”; y para otros fines relacionados.
La medida propone añadir un nuevo Artículo 9.11 a la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico). Este nuevo artículo consolidaría disposiciones sobre la política pública contra la obesidad infantil, integrando y derogando la Ley 235-2008 (Protocolo Uniforme de Atención para el Niño Obeso) y la Ley 26-2012 (Ley del Consejo Asesor de la Salud Escolar y Control de Obesidad). Busca agrupar bajo la Ley de Reforma Educativa las acciones para monitorear y atender la obesidad en estudiantes del sistema público, incluyendo mediciones de Índice de Masa Corporal (IMC), niveles de actividad física, orientación a padres y coordinación interdepartamental.
Para enmendar el Artículo 9.11 de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de establecer que dentro de los talleres y campañas educativas sobre estilos de vida saludables y buenas prácticas nutricionales dispuestos en dicho Artículo, se incluya orientación y educación con respecto a la prevención de trastornos de la conducta alimentaria, tales como la anorexia nerviosa, la bulimia nerviosa y el trastorno por atracón, entre otros; y para otros fines relacionados.
Esta medida, Ley 4-2026, enmienda el Artículo 9.11 de la Ley Núm. 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico). Añade explícitamente la obligación de incluir en los talleres y campañas educativas sobre estilos de vida saludables y nutrición, la orientación y educación sobre la prevención de trastornos de la conducta alimentaria (como anorexia, bulimia y trastorno por atracón). También amplía el mandato para incluir información sobre depresión, prevención de enfermedades contagiosas y suicidio, y coordina campañas de salud oral y vacunación estudiantil. Afecta principalmente al Departamento de Educación en su deber de implementar estos contenidos educativos, y a los estudiantes como receptores de la información.
Para añadir los Artículos 15.02, 15.03, 15.04, 15.05, 15.06 y 15.07 a la Ley Núm. 85 de 29 de marzo de 2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el propósito de crear el “Programa de Prevención y Protección de la Salud Mental”, y establecer un mecanismo funcional de prevención donde el Departamento de Educación en conjunto con el Departamento de la Familia y el Departamento de Salud del Estado Libre Asociado de Puerto Rico unan esfuerzos para ayudar a identificar posibles casos de negligencia, abuso y/o maltrato de menores; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 159 proponía añadir seis (6) artículos (15.02 al 15.07) a la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley Núm. 85 de 2018). Su objetivo era crear el 'Programa de Prevención y Protección de la Salud Mental' para establecer un mecanismo coordinado entre el Departamento de Educación, el Departamento de la Familia y el Departamento de Salud. Este programa buscaría identificar casos de negligencia, abuso o maltrato infantil en el ámbito escolar y desarrollar un currículo sobre salud mental.
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