Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, evaluar la implementación y operación de cualquier aplicación digital o plataforma, utilizada para el intercambio, alquiler o venta de automóviles, que haya solicitado autorización para operar en Puerto Rico ante el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos; las regulaciones y leyes aplicables; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución no crea ni una ley; ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara evaluar la operación e implementación de aplicaciones o plataformas para intercambiar, alquilar o vender automóviles que hayan solicitado autorización para operar en Puerto Rico ante el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos. También le encarga examinar las leyes y regulaciones aplicables. La Comisión puede rendir informes parciales cuando los estime necesarios o convenientes y debe someter un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones antes de que termine la Vigésima Asamblea Legislativa. No impone obligaciones nuevas a las plataformas ni asigna fondos.
Pros
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la evolución del transporte público en Puerto Rico, que ha visto un deterioro del sistema tradicional de porteadores públicos y de la Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA), lo que ha llevado a una mayor dependencia del vehículo privado y, más recientemente, a la aparición de servicios privados de transporte por aplicación. La evaluación de estas plataformas es relevante para entender cómo se insertan en un ecosistema de transporte que ha enfrentado desafíos institucionales y de servicio.
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
Sustituyó el término de 90 días desde la aprobación para el informe final por la fecha límite de antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.
En qué va
La Cámara aprobó la medida por unanimidad el 10 de marzo de 2025. La Comisión rindió un primer informe parcial el 19 de agosto de 2025, y el lo recibió el 21 de agosto.
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Última acción · 21 de agosto de 2025
Cuerpo recibe 1er informe parcial rendido
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en torno a la práctica de ciertas entidades no licenciadas de vender vehículos de motor en sus facilidades o a través de ferias de autos; auscultar si dichas entidades cumplen con las regulaciones aplicables a la industria de venta de autos; identificar cómo se protegen los derechos de los consumidores en ese contexto; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 719 ordena a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la venta de vehículos de motor por entidades no licenciadas, incluyendo ferias de autos. La investigación debe determinar el cumplimiento de estas entidades con las regulaciones aplicables a la industria de venta de autos y cómo se protegen los derechos de los consumidores en dicho contexto. La Comisión tiene 180 días a partir de la aprobación de la Resolución para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones ante la Cámara de Representantes.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con el diseño, investigación, programación, construcción y uso de los sistemas viales y de transportación colectiva ya sea por aire, tierra o mar; la funcionabilidad y el desempeño del Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Autoridad de Transporte Integrado, la Autoridad de Carreteras y Transportación, la Autoridad Metropolitana de Autobuses, la Autoridad de Transporte Marítimo, la Autoridad de los Puertos y la Comisión para la Seguridad en el Tránsito; las facilidades de estacionamiento y el tránsito por las vías públicas; la seguridad de esos sistemas y las servidumbres legales relacionadas a estas; los estudios de nuevos métodos de transporte; las obras públicas estatales y las servidumbres legales relacionadas a estas; las vías públicas en general; el fortalecimiento de la infraestructura mediante proyectos estratégicos de transportación terrestre en masa, ferroviaria, marítima y aérea; los aeropuertos, muelles, autopistas y carreteras.
La R. de la C. 97 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara investigar sistemas viales y de transporte por aire, tierra y mar, e incluye el desempeño de siete organismos, entre ellos el DTOP, la Autoridad de Carreteras y Transportación y la Autoridad de los Puertos. La Sección 2 permite citar, conforme al Reglamento de la Cámara, a personas, entidades y organizaciones con relación a esos asuntos; la Sección 3 permite pedir documentos e información. La Comisión puede rendir informes parciales y debe entregar uno final, con hallazgos, conclusiones y recomendaciones, antes de que termine la Vigésima Asamblea Legislativa. No enmienda leyes ni asigna fondos.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura y a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre los métodos de determinación y cobro de peajes en los carriles dinámicos (DTL) de las autopistas PR-18 y PR-52, incluyendo, entre otros aspectos, la metodología utilizada para establecer tarifas, las fórmulas, índices y criterios técnicos aplicados, así como la consideración del flujo vehicular y del volumen de tráfico en diferentes periodos de demanda; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución de la Cámara ordena a las Comisiones de Transportación e Infraestructura y de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre cómo se determinan y cobran los peajes en los carriles dinámicos (DTL) de las autopistas PR-18 y PR-52. La investigación debe analizar la metodología de tarifas, fórmulas, criterios técnicos, y la consideración del flujo vehicular y demanda. También debe evaluar el impacto en el consumidor y comparar con mejores prácticas internacionales. El objetivo es servir de base para recomendaciones legislativas, reglamentarias o administrativas.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las carreras de competencia o regateo, concursos de velocidad y concursos de aceleración no autorizados conocidas popularmente como “carreras clandestinas” de vehículos de motor en las carreteras públicas de Puerto Rico, con el fin de evaluar los peligros asociados, las estadísticas de accidentes, la efectividad de las sanciones actuales y la viabilidad de nuevas medidas legislativas para fortalecer la seguridad vial y la fiscalización de estas conductas; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 160 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre las carreras clandestinas de vehículos de motor en carreteras públicas. El objetivo es evaluar los peligros, estadísticas de accidentes, efectividad de sanciones actuales y la viabilidad de nuevas medidas legislativas para mejorar la seguridad vial y la fiscalización de estas conductas. La investigación se realizará durante la presente Asamblea Legislativa (2025-2028) y deberá culminar en informes parciales y uno final.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura a realizar un estudio sobre el estado de cumplimiento por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación y del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico con lo dispuesto en la Resolución Conjunta de la Cámara 498, finalmente aprobada por ambos cuerpos y firmada por el Gobernador y asignándosele el número de Resolución Conjunta 14-2024, relativa al análisis del tránsito entre la Carretera Estatal PR-19 (Avenida Luis Vigoreaux) en el Municipio de Guaynabo y la intersección con la Carretera Estatal PR-17 (Avenida Jesús T. Piñero) en el Municipio de San Juan, incluyendo el análisis sobre los posibles beneficios de la adición de una rotonda en dicha intersección; y para ordenar a dichas entidades gubernamentales a cumplir cabalmente con lo allí dispuesto; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 512 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes a realizar un estudio sobre el cumplimiento de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) con la Resolución Conjunta de la Cámara 498 (RC 14-2024). La Comisión debe rendir un informe con hallazgos y recomendaciones en un plazo de 180 días. Afecta directamente a la ACT y al DTOP al requerirles rendir cuentas sobre un estudio previo y a la Comisión de Transportación e Infraestructura al asignarle la tarea de fiscalización.
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