Qué propone
La Resolución de Cámara 198 crea el Caucus de la Mujer de la Cámara de Representantes. Este caucus estará compuesto por las legisladoras electas de la Cámara y tendrá como miembros ex officio a la Gobernadora, alcaldesas, jefas de agencias ejecutivas, legisladoras municipales, primeras damas municipales y líderes de organizaciones sin fines de lucro y empresariales. Sus funciones principales serán elaborar propuestas de política pública, ofrecer respaldo a organizaciones pro-derechos de la mujer y analizar legislación desde la perspectiva de género.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La creación de un Caucus de la Mujer en la Cámara de Representantes se inscribe en la historia de la fiscalización institucional de los derechos de la mujer en Puerto Rico, que incluye la creación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) y la declaración de estado de emergencia por violencia de género. Este caucus busca fortalecer la agenda legislativa para la equidad y el bienestar de las mujeres, continuando el esfuerzo por abordar las fallas sistémicas que han sido señaladas por organizaciones feministas y la sociedad civil.
En qué va
Esta Resolución de Cámara fue el 11 de marzo de 2025, por unanimidad el 7 de abril de 2025 tras pasar por la Comisión de Asuntos Internos y la Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate.
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Última acción · 7 de abril de 2025
Texto de Aprobación Final en Cámara
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para crear el Caucus de la Mujer de la Asamblea Legislativa, fijar sus deberes, funciones, facultades y disponer su organización.
Esta Resolución Concurrente crea el Caucus de la Mujer de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico. Este nuevo cuerpo legislativo estará compuesto por las legisladoras y legisladores de la Cámara y el Senado. Tendrá la facultad de proponer políticas públicas, analizar legislación desde la perspectiva de la mujer, y colaborar con organizaciones que promuevan los derechos de las mujeres. La Gobernadora, alcaldesas, jefas de agencias y otras figuras gubernamentales podrán ser miembros ex officio.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado al desarrollo pleno de la mujer en la sociedad, orientada a garantizar y ampliar las oportunidades para que las mujeres tengan acceso a los procesos de formación y capacitación personal, ocupacional y profesional; promover acciones concretas dirigidas a mejorar significativamente las condiciones de vida de las mujeres en sus comunidades; alcanzar una verdadera igualdad, al impulsar, divulgar y ejecutar una política pública de verdadera equidad de género; los derechos legales y constitucionales de la mujer y su situación o estado en la sociedad en los aspectos jurídicos, económicos, políticos y sociales; el discrimen contra la mujer o posible violación de sus derechos legales y constitucionales; feminicidios; las necesidades de las madres solteras y sus familias, de las jóvenes que por razones de violencia, embarazos prematuros o circunstancias económicas, entre otras, optan por abandonar sus estudios, de las mujeres que por maltrato o divorcio requieren de un techo seguro, de las profesionales que requieren apoyo gubernamental para el cuido de sus hijos e hijas y acceso a oportunidades de empleo y actividades empresariales y de las que requieren acceso adecuado a servicios de salud sexual y reproductiva, prenatales, de parto y post-parto; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución ordena a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el desarrollo pleno de la mujer, incluyendo oportunidades de formación, equidad de género, derechos legales, discriminación, feminicidios y las necesidades específicas de grupos vulnerables como madres solteras, jóvenes, víctimas de maltrato y profesionales. La Comisión podrá citar a personas y entidades, solicitar información y documentos, y deberá rendir informes parciales y uno final a la Cámara antes de que concluya la legislatura.
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