Qué propone
Esta Resolución de la Cámara (RC 419) ordena a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es evaluar el estado de implementación y acceso a vivienda segura o traslado seguro para víctimas de violencia doméstica, por parte de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, la Policía, Justicia, Administración de Tribunales, Vivienda y organizaciones sin fines de lucro. La investigación debe verificar el cumplimiento de la ley federal 'Violence Against Women Act' (VAWA) de 1994 y su programa estatal. Afecta directamente a las agencias y organizaciones mencionadas, que deberán proveer información, y busca beneficiar a las víctimas de violencia doméstica al mejorar su acceso a vivienda segura.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la fiscalización institucional de los derechos de la mujer y la respuesta gubernamental a la violencia de género, un tema que ha sido históricamente impulsado por la presión cívica y la acción ejecutiva, como lo fue la creación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) y la declaración de estado de emergencia por violencia de género. La investigación propuesta busca evaluar la implementación de la ley federal VAWA, lo que se alinea con los esfuerzos del Comité PARE para optimizar las agencias judiciales en la protección y provisión de intercesoría legal para las mujeres sobrevivientes.
En qué va
La Resolución de la Cámara 419 fue el 28 de agosto de 2025 y referida a Comisión. Un primer informe con fue rendido el 9 de octubre de 2025, y la medida fue luego remitida a la Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate.
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Última acción · 9 de octubre de 2025
Remitido a Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate de la Cámara
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los procedimientos y las consideraciones para la denegación de las órdenes de protección y las extensiones de las mismas, así como estudiar el cumplimiento con el deber de informar a las víctimas sobre el plan de acción de protección; y para otros fines relacionados.
La Resolución de Cámara 709 ordena a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procedimientos de denegación y extensión de órdenes de protección, y el cumplimiento del deber de informar a las víctimas sobre planes de acción de protección. La investigación deberá identificar áreas de mejora y posibles enmiendas legislativas o mecanismos para una protección más eficiente y adecuada de las víctimas de violencia doméstica. Afecta directamente a la Comisión de Asuntos de la Mujer, a las víctimas de violencia doméstica, a los funcionarios judiciales y de seguridad pública, y al sistema de justicia en general en cuanto a la aplicación de la Ley 54.
Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva relacionada con los programas, iniciativas y mecanismos existentes en Puerto Rico dirigidos a la rehabilitación, reeducación y manejo conductual de personas convictas por delitos de violencia de género y/o violencia doméstica; evaluar su base legal, efectividad, alcance, coordinación con el sistema de justicia, cumplimiento con la política pública vigente y su impacto en la reducción de la reincidencia; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 619 ordena a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre los programas de rehabilitación, reeducación y manejo conductual para personas convictas por violencia de género y doméstica en Puerto Rico. La investigación evaluará su base legal, efectividad, alcance, coordinación con el sistema de justicia y su impacto en la reducción de la reincidencia. Afecta directamente a la Comisión de lo Jurídico, que deberá recopilar y analizar datos, y a las entidades y programas involucrados en la atención de estas personas.
Para ordenar a las comisiones de Asuntos de la Mujer y de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la atención a las víctimas de violencia doméstica en las instituciones hospitalarias y de salud; la implantación de los protocolos requeridos y el cumplimiento con los mismos; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 253 ordena a las Comisiones de Asuntos de la Mujer y de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva. Esta indagación se centrará en los protocolos de atención a víctimas de violencia doméstica en facilidades de salud públicas y privadas, la efectividad de dichos protocolos, la capacitación del personal y los servicios ofrecidos. El objetivo es evaluar la respuesta actual del sistema de salud y determinar la necesidad de implementar medidas adicionales para fortalecer la intervención médica y el seguimiento a las personas afectadas.
Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la utilización, efectividad, implantación y administración de las órdenes de protección expedidas al amparo de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como la “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”; la Ley Núm. 284 de 21 de agosto de 1999, según enmendada, conocida como la “Ley Contra el Acecho en Puerto Rico”; la Ley 148-2015, según enmendada, conocida como la “Ley para la Protección de las Víctimas de Violencia Sexual en Puerto Rico”; y la Ley 57-2023, según enmendada, conocida como la “Ley para la Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores”, incluyendo el análisis de estadísticas relacionadas con solicitudes, concesiones, denegatorias, incumplimientos y procesamiento criminal por violaciones a órdenes de protección; la evaluación de los protocolos de análisis de riesgo y letalidad utilizados por las agencias concernidas; el impacto de la legislación vigente sobre la protección de víctimas; la uniformidad en la aplicación de los criterios utilizados por los tribunales en las distintas regiones judiciales de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 723 ordena a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la utilización, efectividad, implantación y administración de las órdenes de protección expedidas bajo cuatro leyes clave: la Ley de Violencia Doméstica (54-1989), la Ley Contra el Acecho (284-1999), la Ley de Protección de Víctimas de Violencia Sexual (148-2015) y la Ley de Protección de Menores (57-2023). La investigación debe incluir análisis de estadísticas, evaluación de protocolos de riesgo y letalidad, impacto de la legislación vigente y uniformidad en la aplicación judicial. Afecta directamente a las víctimas de violencia doméstica, acecho y sexual, así como a las agencias involucradas en la expedición y cumplimiento de estas órdenes.
Para ordenar al honorable juez administrador de la Oficina de Administración de los Tribunales que, por conducto de la Secretaría de la Cámara de Representantes, someta a este Augusto Cuerpo en el plazo de diez días a partir de la aprobación de esta resolución un informe contentivo de data relacionada al manejo de casos sobre violencia de género en el Tribunal General de Justicia de Puerto Rico según se detalla en el texto resolutivo; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución de la Cámara (RC 191) ordena al Juez Administrador de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) que, en un plazo de diez (10) días desde su aprobación, presente un informe detallado a la Cámara de Representantes. El informe debe incluir datos sobre casos de violencia de género atendidos en el Tribunal General de Justicia durante 2023 y 2024, si las salas especializadas atienden otros casos penales, el origen de los fondos para dichas salas, y la cantidad de casos atendidos bajo la doctrina de Pueblo vs. Castellón en 2023 y el año previo. Afecta directamente al Juez Administrador de la OAT como receptor de la orden y a la Cámara de Representantes como solicitante y receptora de la información.
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