Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los procedimientos y las consideraciones para la denegación de las órdenes de protección y las extensiones de las mismas, así como estudiar el cumplimiento con el deber de informar a las víctimas sobre el plan de acción de protección; y para otros fines relacionados.
Qué propone
No la Ley 54 ni crea derechos u obligaciones nuevas: ordena a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara investigar cómo se aplican las órdenes de protección y por qué se deniegan o no se extienden. También le encarga examinar la capacitación de oficiales de seguridad pública, fiscales y funcionarios de los tribunales, y si se orienta a las víctimas sobre el plan de acción de protección. La Comisión puede solicitar información y documentos, citar personas, celebrar vistas y realizar inspecciones oculares, y recomendar mecanismos o cambios legales. Debe rendir un informe final antes de que culmine la séptima , que transcurre de enero a junio de 2028; la resolución no asigna fondos.
Pros
Intereses en juego
En qué va
La Cámara aprobó la resolución sin y por unanimidad el 4 de junio de 2026. El trámite registra inspecciones oculares en la Fiscalía de Carolina el 20 de octubre y en la Comandancia de Carolina el 21 de octubre de 2026.
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Última acción · 21 de octubre de 2026
Inspección Ocular: COMANDANCIA DE CAROLINA
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