Qué propone
Esta resolución ordena al Juez Administrador de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) que, a través de la Secretaría de la Cámara de Representantes, entregue un informe detallado a la Cámara en un plazo de diez días tras su aprobación. El informe debe incluir datos sobre casos de violencia de género (Ley 54) atendidos en 2023-2024, si las salas especializadas atienden otros casos penales, el origen de los fondos para dichas salas, y la cantidad de casos atendidos bajo los lineamientos de Pueblo vs. Castellón en 2023 y el año previo. Afecta directamente a la OAT y, de forma indirecta, a la Cámara de Representantes y a la legisladora proponente.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en la histórica fiscalización institucional de los derechos de la mujer y la respuesta gubernamental a la violencia de género, un tema que ha estado marcado por la presión cívica y la acción ejecutiva, como la declaración de estado de emergencia por violencia de género en 2021. La medida busca obtener datos específicos sobre el manejo de casos de violencia de género en el sistema judicial, lo que es consistente con los esfuerzos para optimizar las agencias judiciales en la protección de las mujeres sobrevivientes.
En qué va
Esta Resolución de la Cámara (RC 191) fue el 6 de marzo de 2025 y referida a comisión el 10 de marzo de 2025, tras aparecer en Primera Lectura de la Cámara.
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Última acción · 10 de marzo de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la procuradora de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres que, por conducto de la Secretaría de la Cámara de Representantes, someta a este Augusto Cuerpo en el plazo de diez días a partir de la aprobación de esta resolución un informe contentivo de data relacionada al manejo de casos de violencia de género en el Tribunal General de Justicia de Puerto Rico según se detalla en el texto resolutivo; y para otros fines relacionados.
Esta resolución ordena a la Procuradora de las Mujeres que, en un plazo de diez días tras su aprobación, presente un informe detallado a la Cámara de Representantes. El informe debe describir los programas de la dependencia para víctimas de violencia de género, incluyendo presupuesto y recursos humanos, analizar la aplicación de la doctrina del caso Pueblo v. Castellón en los tribunales de violencia de género, y exponer la posición institucional sobre dicha doctrina. Afecta directamente a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y a la Cámara de Representantes en su proceso legislativo.
Para ordenar al secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico que, por conducto de la Secretaría de la Cámara de Representantes, someta a este Augusto Cuerpo en el plazo de diez días a partir de la aprobación de esta resolución un informe contentivo de data relacionada al manejo del tema de violencia de género en los programas académicos del Departamento de Educación, según se detalla en el texto resolutivo; y para otros fines relacionados.
Esta resolución ordena al Secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico a presentar un informe detallado a la Cámara de Representantes dentro de diez días tras su aprobación. El informe debe describir los recursos académicos existentes para atender la violencia de género, la postura institucional del Departamento al respecto, y los recursos adicionales que considera necesarios para ejecutar sus estrategias. Afecta directamente al Departamento de Educación y a la Cámara de Representantes en su función fiscalizadora.
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