Qué propone
La Resolución de la Cámara 190 ordena a la Procuradora de las Mujeres que, en un plazo de diez días desde su aprobación, presente un informe detallado a la Cámara de Representantes. Este informe debe describir los programas de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres para víctimas de violencia de género, incluyendo presupuesto, recursos humanos y metas. También debe analizar la aplicación y efectividad de la doctrina del caso Pueblo v. Castellón en los tribunales de justicia de Puerto Rico y exponer la posición institucional de la dependencia sobre dicha doctrina.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la fiscalización institucional de los derechos de la mujer y la respuesta gubernamental a la violencia de género, un tema que ha sido impulsado por la presión cívica y la acción ejecutiva, como la declaración de un estado de emergencia por violencia de género en 2021. La Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM), creada por la Ley 20-2001, es el organismo encargado de velar por estos derechos, y la medida busca evaluar su gestión y la efectividad de la doctrina Pueblo v. Castellón en los tribunales.
En qué va
La Resolución de la Cámara 190 fue el 6 de marzo de 2025 y referida a comisión el 10 de marzo de 2025, encontrándose actualmente en trámite legislativo.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 10 de marzo de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al honorable juez administrador de la Oficina de Administración de los Tribunales que, por conducto de la Secretaría de la Cámara de Representantes, someta a este Augusto Cuerpo en el plazo de diez días a partir de la aprobación de esta resolución un informe contentivo de data relacionada al manejo de casos sobre violencia de género en el Tribunal General de Justicia de Puerto Rico según se detalla en el texto resolutivo; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución de la Cámara (RC 191) ordena al Juez Administrador de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) que, en un plazo de diez (10) días desde su aprobación, presente un informe detallado a la Cámara de Representantes. El informe debe incluir datos sobre casos de violencia de género atendidos en el Tribunal General de Justicia durante 2023 y 2024, si las salas especializadas atienden otros casos penales, el origen de los fondos para dichas salas, y la cantidad de casos atendidos bajo la doctrina de Pueblo vs. Castellón en 2023 y el año previo. Afecta directamente al Juez Administrador de la OAT como receptor de la orden y a la Cámara de Representantes como solicitante y receptora de la información.
Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva relacionada con los programas, iniciativas y mecanismos existentes en Puerto Rico dirigidos a la rehabilitación, reeducación y manejo conductual de personas convictas por delitos de violencia de género y/o violencia doméstica; evaluar su base legal, efectividad, alcance, coordinación con el sistema de justicia, cumplimiento con la política pública vigente y su impacto en la reducción de la reincidencia; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 619 ordena a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre los programas de rehabilitación, reeducación y manejo conductual para personas convictas por violencia de género y doméstica en Puerto Rico. La investigación evaluará su base legal, efectividad, alcance, coordinación con el sistema de justicia y su impacto en la reducción de la reincidencia. Afecta directamente a la Comisión de lo Jurídico, que deberá recopilar y analizar datos, y a las entidades y programas involucrados en la atención de estas personas.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el estado e implementación por parte de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Justicia, la Administración de Tribunales, el Departamento de la Vivienda y las organizaciones sin fines de lucro que ofrezcan servicios a víctimas sobrevivientes de violencia doméstica sobre el estado actual de acceso a vivienda segura o de traslado seguro a una vivienda, en cumplimiento con la "Violence Against Women Act" de 1994 y el programa estatal establecido bajo ésta; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución de la Cámara (RC 419) ordena a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es evaluar el estado de implementación y acceso a vivienda segura o traslado seguro para víctimas de violencia doméstica, por parte de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, la Policía, Justicia, Administración de Tribunales, Vivienda y organizaciones sin fines de lucro. La investigación debe verificar el cumplimiento de la ley federal 'Violence Against Women Act' (VAWA) de 1994 y su programa estatal. Afecta directamente a las agencias y organizaciones mencionadas, que deberán proveer información, y busca beneficiar a las víctimas de violencia doméstica al mejorar su acceso a vivienda segura.
Para ordenar al secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico que, por conducto de la Secretaría de la Cámara de Representantes, someta a este Augusto Cuerpo en el plazo de diez días a partir de la aprobación de esta resolución un informe contentivo de data relacionada al manejo del tema de violencia de género en los programas académicos del Departamento de Educación, según se detalla en el texto resolutivo; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 189 ordena al Secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico que, en un plazo de diez días desde su aprobación, presente un informe detallado a la Cámara de Representantes. Este informe debe describir los recursos académicos creados para atender la violencia de género, explicar la posición institucional del Departamento al respecto, y detallar los recursos que considera necesarios para ejecutar sus estrategias. El informe se solicita para ilustrar a la representante autora en su labor legislativa.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los procedimientos y las consideraciones para la denegación de las órdenes de protección y las extensiones de las mismas, así como estudiar el cumplimiento con el deber de informar a las víctimas sobre el plan de acción de protección; y para otros fines relacionados.
La Resolución de Cámara 709 ordena a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los procedimientos de denegación y extensión de órdenes de protección, y el cumplimiento del deber de informar a las víctimas sobre planes de acción de protección. La investigación deberá identificar áreas de mejora y posibles enmiendas legislativas o mecanismos para una protección más eficiente y adecuada de las víctimas de violencia doméstica. Afecta directamente a la Comisión de Asuntos de la Mujer, a las víctimas de violencia doméstica, a los funcionarios judiciales y de seguridad pública, y al sistema de justicia en general en cuanto a la aplicación de la Ley 54.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.