Qué propone
La Resolución Concurrente de la Cámara 14 (R. Conc. de la C. 14) propone la creación del Caucus de la Mujer de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico. Este caucus estaría compuesto por legisladoras de ambas cámaras y podría incluir miembros ex officio de la rama ejecutiva y municipal. Sus deberes incluirían elaborar propuestas de política pública sobre asuntos de la mujer, cooperar con organizaciones pro-derechos de la mujer, y analizar legislación desde la perspectiva de género. La organización interna se regirá por , y la presidencia recaerá en las presidentas de las comisiones de asuntos de la mujer de la Cámara y el Senado.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el esfuerzo histórico por institucionalizar la fiscalización y la elaboración de política pública en favor de los derechos de la mujer, un proceso que ha estado marcado por la presión cívica y la acción ejecutiva, como la creación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) y el Comité PARE. La creación de un caucus legislativo busca fortalecer esta estructura desde la rama legislativa.
En qué va
La Resolución Concurrente de la Cámara 14 fue el 11 de marzo de 2025, referida a comisión, y con el 3 de abril de 2025.
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Última acción · 3 de abril de 2025
Aprobado por Cámara
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (51)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear el Caucus de la Mujer de la Cámara de Representantes, establecer su composición, propósitos, competencias y normas de funcionamiento para el adelanto de una agenda legislativa en favor de la equidad y bienestar de las mujeres.
La Resolución de la Cámara 198 crea el Caucus de la Mujer de la Cámara de Representantes. Este caucus estará compuesto por las legisladoras de la Cámara, con la posibilidad de incluir como miembros ex officio a la Gobernadora, alcaldesas, jefas de agencias, legisladoras municipales, primeras damas municipales y líderes de organizaciones sin fines de lucro y empresariales. Sus propósitos incluyen elaborar propuestas de política pública, ofrecer respaldo a organizaciones pro-derechos de la mujer y analizar legislación desde la perspectiva de género.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado al desarrollo pleno de la mujer en la sociedad, orientada a garantizar y ampliar las oportunidades para que las mujeres tengan acceso a los procesos de formación y capacitación personal, ocupacional y profesional; promover acciones concretas dirigidas a mejorar significativamente las condiciones de vida de las mujeres en sus comunidades; alcanzar una verdadera igualdad, al impulsar, divulgar y ejecutar una política pública de verdadera equidad de género; los derechos legales y constitucionales de la mujer y su situación o estado en la sociedad en los aspectos jurídicos, económicos, políticos y sociales; el discrimen contra la mujer o posible violación de sus derechos legales y constitucionales; feminicidios; las necesidades de las madres solteras y sus familias, de las jóvenes que por razones de violencia, embarazos prematuros o circunstancias económicas, entre otras, optan por abandonar sus estudios, de las mujeres que por maltrato o divorcio requieren de un techo seguro, de las profesionales que requieren apoyo gubernamental para el cuido de sus hijos e hijas y acceso a oportunidades de empleo y actividades empresariales y de las que requieren acceso adecuado a servicios de salud sexual y reproductiva, prenatales, de parto y post-parto; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 138 ordena a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el desarrollo pleno de la mujer en la sociedad puertorriqueña. El objetivo es identificar y ampliar oportunidades de formación, mejorar condiciones de vida, promover la equidad de género, y analizar aspectos jurídicos, económicos, políticos y sociales, incluyendo el discrimen, feminicidios y las necesidades de poblaciones vulnerables como madres solteras, jóvenes, mujeres en situaciones de maltrato y profesionales. La medida no crea derechos ni obligaciones, sino que solicita un informe detallado de hallazgos y recomendaciones.
Para crear la Comisión Especial Conjunta de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico sobre Reforma Electoral, fijar sus deberes, funciones y facultades, asignar fondos, establecer su vigencia y disponer su organización.
La Resolución Concurrente de la Cámara 18 crea una Comisión Especial Conjunta de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico sobre Reforma Electoral. Esta comisión, compuesta por 20 legisladores (11 de la Cámara y 9 del Senado), tendrá la facultad de investigar, redactar y recomendar una nueva Ley Electoral. Se le asigna un presupuesto de $100,000 anuales y debe presentar su informe final con una propuesta de ley antes del 31 de diciembre de 2026. Afecta directamente a la Asamblea Legislativa al encargarle esta tarea y, en última instancia, a los ciudadanos al buscar mejorar el sistema electoral.
Para que la Asamblea Legislativa de Puerto Rico exprese el más enfático rechazo a la determinación del Tribunal Federal del Distrito de Puerto Rico de permitir la identificación de género no binario en el Registro Demográfico de Puerto Rico, reafirmando el marco biológico de identificación basado en el sexo masculino y femenino.
La Resolución Concurrente de la Cámara 21 propone que la Asamblea Legislativa de Puerto Rico exprese su rechazo a una determinación del Tribunal Federal del Distrito de Puerto Rico que permite la inclusión de una categoría de género no binario en el Registro Demográfico. La medida reafirma la postura de la Asamblea Legislativa de que la identificación de género debe basarse exclusivamente en las categorías biológicas de sexo masculino y femenino. Afecta directamente la expresión política y la postura institucional de la Rama Legislativa sobre un tema de política pública y gobernanza.
Para crear el Caucus Legislativo Puertorriqueño sobre las Enfermedades Raras de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, fijar sus deberes, funciones y facultades, así como disponer para su organización; y para otros fines relacionados.
La Resolución Concurrente del Senado (RCS) 10 proponía crear el Caucus Legislativo Puertorriqueño sobre las Enfermedades Raras dentro de la Asamblea Legislativa. Su objetivo era definir los deberes, funciones, facultades y organización de dicho caucus, con el fin de abordar las necesidades de las personas afectadas por estas condiciones.
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