Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre el cumplimiento de la Ley 158-2015, según enmendada, conocida como “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, en lo que concierne al proceso de nombramiento de las personas que han integrado el “Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos” durante los últimos diez (10) años; así como la legitimidad de las acciones tomadas por ese organismo, en caso de que se identifique que alguno o varios de sus integrantes ocupan o han ocupado el cargo de forma ilícita.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 348 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes investigar el cumplimiento de la Ley 158-2015, específicamente el proceso de nombramiento y la legitimidad de los integrantes del Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos durante los últimos diez años. Busca determinar si hubo nombramientos ilícitos y evaluar la legitimidad de las acciones del Consejo. Afecta directamente al Consejo Directivo, a la Defensoría de las Personas con Impedimentos y a las personas con impedimentos en Puerto Rico.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución de la Cámara 348 fue el 29 de mayo de 2025 y referida a comisión ese mismo día. Actualmente se encuentra en la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes.
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Última acción · 29 de mayo de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre el cumplimiento de la Ley 158-2015, según enmendada, conocida como “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, en lo que concierne al proceso de nombramiento de las personas que han integrado el “Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos” durante los últimos diez (10) años; así como la legitimidad de las acciones tomadas por ese organismo, en caso de que se identifique que alguno o varios de sus integrantes ocupan o han ocupado el cargo de forma ilícita.”
La Resolución del Senado (RS) 181 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico investigar el cumplimiento de la Ley 158-2015, conocida como la Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos. Específicamente, la investigación se centrará en el proceso de nombramiento de los miembros del Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos durante los últimos diez años y la legitimidad de las acciones de dicho Consejo, particularmente si hubo integrantes ocupando el cargo ilícitamente. La medida afecta a la propia Comisión del Senado, al Consejo Directivo de la Defensoría, y a la ciudadanía con impedimentos al buscar asegurar la correcta gobernanza de la entidad que vela por sus derechos.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre aquellas acciones realizadas por el Gobierno de Puerto conducentes a divulgar información confidencial de residentes de Puerto Rico que pudieran constituir una violación a los derechos garantizados por las leyes y la Constitución de Puerto Rico; y que estén dirigidas a colaborar con los esfuerzos de arrestos y deportaciones de personas con estatus migratorio irregular por parte de las autoridades migratorias de los Estados Unidos; y para otros fines relacionados
La Resolución de la Cámara 358 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva. Esta investigación se centrará en acciones del Gobierno de Puerto Rico que divulgaron información confidencial de residentes, potencialmente violando derechos constitucionales y legales. El objetivo es determinar si estas acciones colaboraron con esfuerzos de arresto y deportación de personas con estatus migratorio irregular por parte de autoridades federales de inmigración (ICE). La Comisión deberá presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos de las agencias, departamentos y dependencias del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para implantar los Planes de Reorganización ordenados mediante la Ley Núm. 122-2017.
La Resolución de la Cámara de Representantes 71 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre cómo las agencias, departamentos y dependencias del Gobierno de Puerto Rico han implementado los Planes de Reorganización establecidos por la Ley 122-2017. La Comisión tiene 180 días para presentar un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones, pudiendo emitir informes parciales. Esta medida afecta a todas las entidades de la Rama Ejecutiva sujetas a los Planes de Reorganización de la Ley 122-2017.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el cumplimiento con la Ley Núm. 219-2006, según enmendada, conocida como “Ley para Fomentar el Empleo de Personas con Impedimentos Cualificados en las Agencias, Dependencias y Corporaciones Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; con el propósito de recomendar las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse; y para otros fines relacionados.
La R. de la C. 406 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social investigar el cumplimiento de la Ley 219-2006; no enmienda esa ley ni cambia sus derechos u obligaciones. La ley bajo investigación establece una meta de al menos 5% de personas con impedimentos cualificadas en las agencias, con cumplimiento gradual de 1.25% anual durante cuatro años desde su aprobación. La resolución permite citar personas y entidades y solicitar documentos e información relacionados con la investigación. La Comisión debe rendir un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 180 días de aprobada la resolución, y puede presentar informes parciales.
Para ordenar a la la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre los logros programáticos, administrativos y fiscales, así como la ejecución de políticas públicas, metas estratégicas y uso de fondos públicos de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico (ODSEC), a veinticinco (25) años de su creación; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 616 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico (ODSEC). La investigación evaluará los logros programáticos, administrativos, fiscales, la ejecución de políticas públicas y el uso de fondos públicos de ODSEC a lo largo de sus 25 años de existencia. La Comisión podrá requerir documentos, citar funcionarios y deberá rendir un informe con hallazgos y recomendaciones.
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