Para ordenar a la Comisión de Reorganización, Eficiencia y Diligencia de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación en torno al cumplimiento con las Secciones 1, 2 y 4 de la Ley Núm. 80 de 1 de mayo de 1941, según enmendada, incluyendo, pero sin limitarse al rendimiento o resultado obtenido con su implantación; la viabilidad de su implementación con la realidad vial actual; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Ordena a la Comisión de Reorganización, Eficiencia y Diligencia de la Cámara investigar el cumplimiento con las Secciones 1, 2 y 4 de la Ley Núm. 80 de 1941. La investigación debe incluir los resultados de la implantación y su viabilidad ante la realidad vial actual. La Comisión debe entregar a la Cámara un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 180 días desde la aprobación; la resolución no cambia las obligaciones de la ley.
Pros
Contras
Intereses en juego
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
La comisión limitó el encargo a las Secciones 1, 2 y 4, los resultados y la viabilidad vial; además, sustituyó el vencimiento del 31 de diciembre de 2025 por 180 días desde la aprobación.
En qué va
La Cámara aprobó la resolución por unanimidad el 23 de febrero de 2026. El informe final de comisión se rindió el 11 de mayo y fue aprobado por la Cámara el 14 de mayo de 2026.
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Última acción · 14 de mayo de 2026
Cuerpo aprueba informe final rendido
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes a realizar una investigación sobre el incumplimiento por parte de las Agencias, Corporaciones Públicas y Municipios, con la Ley Núm. 91-2024, conocida como “Ley para la Recolección y Cosecha de Agua de Lluvia en Puerto Rico”, cuyos objetivos son “promover la práctica de la recolección y uso de agua de lluvia para fines no potables y así fomentar la disminución del consumo de agua de los embalses que administra el Gobierno; promover la educación sobre el recurso agua por parte del Gobierno”.
Esta Resolución de la Cámara ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes a investigar el cumplimiento de agencias públicas, corporaciones públicas y municipios con la Ley Núm. 91-2024, la cual promueve la recolección y cosecha de agua de lluvia para fines no potables. La investigación debe determinar si estas entidades han incumplido con los objetivos de dicha ley, que buscan disminuir el consumo de agua de embalses y fomentar la educación sobre el recurso hídrico. La Comisión deberá presentar un informe detallado en un plazo de 180 días.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación abarcadora sobre el estado actual de construcción, reparación, mejoras geométricas, acondicionamiento y mantenimiento de las carreteras y avenidas principales en el área geográfica que comprende el Municipio de Mayagüez, particularmente, las vías de rodaje identificadas como carretera PR-106, carretera PR-339 y carretera PR-352; asimismo, los procesos de subastas, contratación y provisión de servicios para dicho fin y las proyecciones futuras del Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación en dicho asunto de política pública.
La Resolución de la Cámara 445 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de las carreteras principales en Mayagüez, específicamente las PR-106, PR-339 y PR-352. La investigación también abarcará los procesos de subastas, contratación y provisión de servicios relacionados, así como las proyecciones futuras del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) para la rehabilitación y modernización de la red vial en esa área. La Comisión deberá presentar un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 90 días tras la aprobación de la resolución.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el proceso de implantación y cumplimiento del sistema de “tablilla única” establecido por la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico” conforme a las enmiendas introducidas a la misma mediante la Ley Núm. 2-2016 y la Ley Núm. 23-2020; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 459 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes a realizar una investigación sobre la implantación y cumplimiento del sistema de 'tablilla única' para vehículos. Este sistema fue establecido por la Ley Núm. 22-2000 y modificado por las Leyes Núm. 2-2016 y 23-2020. La investigación busca determinar cómo se ha llevado a cabo este proceso y si se está cumpliendo según lo dispuesto, y deberá presentar un informe con hallazgos y recomendaciones en un plazo de 180 días.
Para ordenar a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y fiscalización de los reembolsos y/o exenciones sobre arbitrios autorizados por la Ley Núm. 81-2014, conocida como “Ley para el Fomento de los Vehículos Impulsados Mayormente por Electricidad” y por la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
La Resolución de Cámara 451 ordena a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre cómo se han implementado y fiscalizado los reembolsos y exenciones de arbitrios para vehículos eléctricos e híbridos. Estas exenciones están autorizadas por la Ley 81-2014 y el Código de Rentas Internas (Ley 1-2011). La medida faculta a la Comisión para citar personas y entidades y solicitar documentos. Se establece un plazo de 180 días para la presentación de un informe final.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Ley Núm. 70-1992, según enmendada, mejor conocida como la “Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos en Puerto Rico” y la actualización de los datos relacionados al reciclaje en Puerto Rico.
La Resolución de la Cámara 268 ordena a la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Ley Núm. 70-1992 (Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos) y actualizar los datos relacionados al reciclaje en Puerto Rico. La investigación debe determinar cuántas agencias y municipios tienen planes de reciclaje vigentes, cuántos municipios tienen programas activos, y solicitar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) cifras recientes y un informe sobre campañas educativas de reúso, reciclaje y reducción. La Comisión deberá rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 120 días.
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