Para ordenar a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las razones que llevan a múltiples patronos a solicitar al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) de manera consecutiva o recurrente la exoneración del pago del bono de Navidad, de conformidad con la Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969, según enmendada, conocida como la “Ley del Bono de Navidad para Trabajadores y Empleados de la Empresa Privada”
Qué propone
La Resolución de la Cámara 458 ordena a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es determinar las razones por las cuales múltiples patronos solicitan de manera consecutiva o recurrente la exoneración del pago del bono de Navidad, según lo permite la Ley Núm. 148 de 1969. La investigación debe incluir el análisis de criterios del DTRH, la situación financiera de los patronos, el impacto en empleados, tendencias y posibles lagunas legales. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución de la Cámara 458 fue el 26 de septiembre de 2025, apareció en Primera Lectura de la Cámara el 29 de septiembre de 2025, referida a Comisión el mismo día, y por su autor el 2 de octubre de 2025.
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Última acción · 2 de octubre de 2025
por su Autor
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969, según enmendada, añadiendo el Artículo 8 a fin de establecer prohibiciones al patrono que sea eximido por el Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de pagar en su totalidad o en parte el bono, enmendar la Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969, según enmendada, añadiendo el Artículo 9 a fin de establecer derechos al empleado que no reciba el bono o reciba un bono reducido y para otros fines.
Esta medida enmienda la Ley Núm. 148 de 1969 (Ley del Bono de Navidad) para añadir dos artículos. El Artículo 8 prohíbe a patronos eximidos por el Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de pagar el bono, el distribuir dividendos a accionistas por un año o pagar bonos de productividad/compensaciones adicionales a gerenciales. El Artículo 9 otorga al empleado afectado por la exención o reducción del bono el derecho a recibir notificación detallada, incluyendo estados financieros y el estudio del Departamento que fundamentó la exención, bajo pena de multa de hasta $5,000 por querellante. También permite al empleado solicitar reconsideración de la exención ante el Departamento en 20 días.
Para ordenar a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales realizar una investigación sobre el alcance de las contrataciones por parte del Gobierno de Puerto Rico, sus agencias e instrumentalidades, con agencias de colocación de empleo parcial o temporero en Puerto Rico, que incluya pero no se limite a: como se determina la necesidad de una contratación de alguna agencia de empleo para suplir la necesidad de empleados de las entidades gubernamentales; los mecanismos utilizados para notificar o invitar a las agencias de empleo temporero a participar de sus procesos de subasta o de requerimiento de propuestas; identificar los parámetros de cumplimiento en cualesquiera de las alternativas para la otorgación de un contrato tales como cualificaciones, criterios de evaluaciones y adjudicaciones y quienes hacen tales determinaciones; en cumplimiento con la reglamentación existente aplicable; publicidad o comunicación de los procesos; e identificación apropiada de los servicios requeridos; requerir de las agencias gubernamentales concernidas un récord histórico de contrataciones con tales agencias de empleo temporero y las cuantías; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 549 ordena a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales realizar una investigación exhaustiva sobre cómo el Gobierno de Puerto Rico y sus agencias contratan servicios de agencias de colocación de empleo parcial o temporero. La investigación debe detallar los procesos de determinación de necesidad, los mecanismos de notificación y subasta, los criterios de evaluación y adjudicación de contratos, el cumplimiento reglamentario, la publicidad de los procesos y los servicios requeridos. Además, se solicita un registro histórico de estas contrataciones y sus cuantías. Esta medida afecta a las agencias gubernamentales que utilizan estos servicios y a las propias agencias de empleo temporero.
Para ordenar a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales, a realizar un estudio abarcador sobre la integración laboral de los adultos mayores, enfatizando la medición de demanda de trabajo, retos económicos, diversidad de motivaciones, tendencias de querellas por discriminación por edad y manejo de empleos a futuro en Puerto Rico.
La Resolución de la Cámara 478 ordena a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales realizar un estudio exhaustivo sobre la integración laboral de los adultos mayores en Puerto Rico. El estudio debe enfocarse en la demanda laboral, retos económicos, motivaciones, tendencias de querellas por discriminación por edad y empleos a futuro. Afecta directamente a la Comisión legislativa encargada de llevar a cabo el estudio y, de forma indirecta, a los adultos mayores y al mercado laboral puertorriqueño al buscar visibilizar y analizar su situación.
Para ordenar a la Comisión de Trabajos y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las prácticas patronales y relaciones laborales de la compañía Xpert’s Solutions LLC, quien sostiene contratos públicos para el mantenimiento de planteles escolares, investigar las condiciones laborales del personal que trabaja en esta compañía, el cumplimiento de la compañía con la legislación federal y estatal aplicable, sus protocolos laborales y operacionales, así como los efectos de sus prácticas patronales en la calidad y efectividad de los servicios que ofrecen; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 555 ordena a la Comisión de Trabajos y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las prácticas patronales y relaciones laborales de la compañía Xpert’s Solutions LLC. Esta investigación debe abarcar las condiciones laborales de su personal, el cumplimiento de la legislación aplicable y los efectos de sus prácticas en la calidad de los servicios que provee bajo contratos públicos. La Comisión deberá rendir informes parciales y finales a la Cámara antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa.
Para ordenar a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre todo asunto relacionado con la política pública del salario mínimo en Puerto Rico; el funcionamiento y desempeño de la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo; las implicaciones económicas y laborales de su posible eliminación o reorganización institucional; la interacción entre el sistema salarial estatal y las normas federales aplicables; la estructura salarial de empleados exentos, trabajadores agrícolas y trabajadores que reciben propinas; así como la necesidad de revisar el salario mínimo requerido para la clasificación de empleados exentos conforme a la legislación y reglamentación vigente; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 650 ordena a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la política pública del salario mínimo en Puerto Rico. El estudio abarcará el funcionamiento de la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo, las implicaciones de su posible eliminación o reorganización, la interacción con normas federales, la estructura salarial de empleados exentos, trabajadores agrícolas y de propinas, y la revisión del umbral salarial para empleados exentos. La Comisión deberá rendir informes parciales y uno final antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa.
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