Qué propone
La Resolución Conjunta de la Cámara 510 ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes a realizar un estudio sobre el cumplimiento de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) con la Resolución Conjunta de la Cámara 472 de 2024. Esta última ordenaba un análisis de tránsito en la PR-2 (tramo Guaynabo y Villa Caparra-PR-5) y la posible conversión de un carril reversible a un carril central de dos vías para giros a la izquierda (TWLTL). La RC 510 también insta a ACT y DTOP a cumplir cabalmente con lo dispuesto en la RC 472. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe de hallazgos y recomendaciones.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se enmarca en la compleja historia de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), entidades que han enfrentado desafíos financieros significativos y críticas por el mantenimiento de la infraestructura vial. La investigación sobre el cumplimiento de una resolución relacionada con la PR-2 refleja la preocupación pública por la gestión de las carreteras, un tema recurrente en la historia de estas agencias, desde su endeudamiento hasta el estado de la red vial no concesionada.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 510 fue y presentada en Primera Lectura de la Cámara el 18 de noviembre de 2025, y referida a la Comisión de Asuntos Internos.
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Última acción · 18 de noviembre de 2025
Referido a Comisión(es)
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Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura a realizar un estudio sobre el estado de cumplimiento por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación y del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico con lo dispuesto en la Resolución Conjunta de la Cámara 471, finalmente aprobada por ambos cuerpos y firmada por el Gobernador y asignándosele el número de Resolución Conjunta 82-2024, relativa al análisis del tránsito entre la Carretera Estatal PR-177 (Avenida Los Filtros) y la Avenida Ramírez de Arellano en el Municipio de Guaynabo, así como para ordenar a dichas agencias a cumplir cabalmente con lo allí dispuesto; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes a realizar un estudio sobre el cumplimiento de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) con la Resolución Conjunta de la Cámara 471 de 2023. Dicha resolución previa ya había ordenado un análisis del tránsito en la PR-177 y Avenida Ramírez de Arellano en Guaynabo. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos y recomendaciones. Afecta directamente a la ACT, al DTOP y a la Comisión de Transportación e Infraestructura, así como a los ciudadanos que transitan por la zona impactada por la congestión.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura a realizar un estudio sobre el estado de cumplimiento por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación y del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico con lo dispuesto en la Resolución Conjunta de la Cámara 473, finalmente aprobada por ambos cuerpos y firmada por el Gobernador y asignándosele el número de Resolución Conjunta 29-2024, relativa al análisis del tránsito entre la Carretera Estatal PR-19 (Avenida Luis Vigoreaux) y la intersección con la Avenida Ramírez de Arellano en el Municipio de Guaynabo, así como al análisis sobre los posibles beneficios de la adición de una rotonda en dicha intersección; para ordenar a dichas agencias a cumplir cabalmente con lo allí dispuesto; y para otros fines relacionados.
Esta medida ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes a realizar un estudio sobre el cumplimiento de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) con la Resolución Conjunta de la Cámara 473 de 2024. Dicha resolución previa ordenaba un análisis de tránsito y de los beneficios de una rotonda en la intersección de la PR-19 (Av. Luis Vigoreaux) y la Av. Ramírez de Arellano en Guaynabo. La comisión legislativa deberá presentar un informe con hallazgos y recomendaciones en un plazo de 180 días tras la aprobación de esta medida. Además, reitera la orden para que ACT y DTOP cumplan cabalmente con lo dispuesto en la Resolución Conjunta 473.
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