Qué propone
La Resolución de la Cámara 704 ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones en que las personas confinadas en Puerto Rico ejercen su derecho al voto. La investigación debe examinar los protocolos para garantizar el voto secreto y libre, indagar sobre posibles coacciones o manipulaciones políticas, evaluar la supervisión de agencias y analizar vulnerabilidades procesales. Finalmente, la Comisión deberá presentar recomendaciones legislativas, reglamentarias o administrativas para fortalecer la protección del voto de esta población elegible.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución de la Cámara 704 fue el 14 de mayo de 2026, apareció en Primera Lectura de la Cámara el 18 de mayo de 2026 y fue referida a la Comisión de Gobierno (originalmente listada como Comisión de Asuntos Internos en el encabezado, pero el texto de la resolución la refiere a Comisión de Gobierno).
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Última acción · 18 de mayo de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las denuncias de la existencia de un esquema de canjeo de votos por sustancias controladas y otros favores ilícitos al interior de las cárceles de Puerto Rico para el beneficio electoral de la presente administración.
La Resolución de la Cámara 694 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva. El objetivo es examinar las denuncias sobre un presunto esquema de intercambio de votos por sustancias controladas y otros favores ilícitos dentro de las cárceles. Esta investigación busca esclarecer la veracidad de estas alegaciones, que se vinculan al beneficio electoral de la presente administración y que supuestamente involucran a reclusos y funcionarios del Departamento de Corrección y Rehabilitación. La Comisión deberá presentar un informe con sus hallazgos y recomendaciones en un plazo de 180 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes que realice una investigación sobre el presunto esquema de trasiego de drogas a cambio de votos de los confinados en el proceso eleccionario de 2024; si el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) fue notificado de la existencia de una investigación federal sobre gangas presionando a confinados para que votaran de cierta manera, y si cooperó con la misma o recibió requerimientos por parte de cualquier agencia federal; si empleados del DCR estaban involucrados en la operación clandestina, y si hubo pesquisas internas del DCR al respecto, incluyendo su resolución; si campañas políticas en Puerto Rico participaron activamente del esquema para obtener un beneficio electoral; si hubo concesión de privilegios a confinados que votaron de determinada manera o, por el contrario, castigos a quienes no siguieran dichas instrucciones; qué medidas de seguridad o protocolos adoptó el DCR luego de la acusación federal contra la ganga Grupo 31, también conocida como “Los Tiburones”, en diciembre de 2024; si el Departamento de Justicia de Puerto Rico ha recibido referidos para investigar denuncias de fraude electoral perpetrado por gangas de confinados en instituciones del DCR, y su resolución; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes que investigue presuntos esquemas de trasiego de drogas y fraude electoral vinculados a confinados y empleados del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) durante el proceso electoral de 2024. La investigación buscará determinar la notificación y cooperación del DCR con pesquisas federales, la posible implicación de empleados y campañas políticas, la existencia de privilegios o castigos a confinados por su voto, y las medidas de seguridad adoptadas tras una acusación federal específica. La Comisión deberá rendir un informe con hallazgos y recomendaciones en 180 días.
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