Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda (DV) a adquirir los terrenos de la Comunidad Lajes en Ponce, donde residen aproximadamente 40 familias sin títulos de propiedad por más de 40 años. La adquisición se realizará mediante , el Programa de Autorización de Títulos, o valor justo de mercado, entre otros procedimientos legales. Una vez adquiridos, el DV deberá segregar los terrenos y otorgar títulos de propiedad a los vecinos elegibles, quienes estarán exentos de los requisitos de ingresos de la Ley 132 de 1975 y recibirán los terrenos libres de costo y en las condiciones en que se encuentren.
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Última acción · 5 de mayo de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar al Departamento de la Vivienda, por medio del Programa de Autorización de Títulos, a gestionar la adquisición por el valor nominal de un (1) dólar o por el procedimiento legal correspondiente, según sea el caso, los terrenos donde enclavan las propiedades de los residentes de la Comunidad Betances, en el Municipio Autónomo de Ponce, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada; para ordenar al Municipio de Ponce transferir al Departamento de la Vivienda por el valor nominal de un (1) dólar los terrenos en la comunidad Betances de los cuales tenga titularidad; para ordenar a la Junta de Planificación que realice las gestiones pertinentes para la actualización del mapa de zonas inundables; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda a gestionar la adquisición de terrenos ocupados por residentes de la Comunidad El Sol en Ponce, mediante expropiación forzosa, el Programa de Autorización de Títulos, o el valor justo de mercado. Una vez adquiridos, los terrenos se segregarán y cederán a los vecinos, otorgándoles títulos de propiedad. Los beneficiarios estarán exentos del requisito de ingresos de la Ley 132 de 1975. El Departamento de Vivienda tiene 70 días para iniciar acciones legales y 180 días para transferir los títulos tras la adquisición.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda, por medio del Programa de Autorización de Títulos, por el procedimiento legal correspondiente, los terrenos donde enclavan las propiedades de los residentes de la calles Dominó y Acueductos en la Comunidad Punta Diamante en Ponce, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida aborda la informalidad en la titularidad de viviendas, un problema histórico en Puerto Rico que se remonta a la formación de asentamientos informales y el rescate de terrenos, como se menciona en la Fuente 9. La falta de títulos de propiedad, destacada en las Fuentes 5 y 6, ha sido un obstáculo crónico para la asistencia en emergencias y perpetúa la vulnerabilidad de las familias, lo que esta medida busca mitigar al ordenar la adquisición y cesión de títulos.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 117 fue el 2 de mayo de 2025 y referida a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano el 5 de mayo de 2025, encontrándose actualmente en trámite legislativo.
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Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda a adquirir los terrenos ocupados por residentes de las calles Dominó y Acueductos en la Comunidad Punta Diamante, Ponce. Una vez adquiridos, el Departamento deberá segregar y ceder estos terrenos, otorgando títulos de propiedad gratuitos a los vecinos. Se les exime del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1975, y la transferencia debe ocurrir en un plazo de 180 días tras la adquisición. La medida afecta directamente a los residentes de estas calles que carecen de título de propiedad.
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