Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Administración de Terrenos transferir al Departamento de la Vivienda los terrenos de la Parcela 1 en la Comunidad Playita Ferry, Municipio de Ponce, para que este último los segregue y otorgue títulos de propiedad gratuitos a los residentes. Exime a estos residentes del requisito de ingresos de la Ley 132 de 1975 y ordena a la Junta de Planificación solicitar a FEMA la actualización de mapas de zonas inundables. La transferencia debe ocurrir en 60 días y el Departamento de Vivienda puede aceptar donaciones para los fines de la medida.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida aborda la informalidad en la titularidad de la vivienda, un problema histórico en Puerto Rico que se agudizó tras los huracanes Irma y María y los sismos de 2020, cuando la falta de escrituras registradas impidió a muchas familias acceder a fondos de FEMA para la reparación de sus hogares. La medida busca resolver esta vulnerabilidad al otorgar títulos de propiedad a los residentes de Playita Ferry, un paso crucial para la protección patrimonial de las comunidades.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 2 de mayo de 2025 y referida a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes. Actualmente se encuentra en trámite legislativo .
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Última acción · 5 de mayo de 2025
Referido a Comisión(es)
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Para ordenar al Departamento de la Vivienda, por medio del Programa de Autorización de Títulos, a gestionar la adquisición por el valor nominal de un (1) dólar o por el procedimiento legal correspondiente, según sea el caso, los terrenos donde enclavan las propiedades de los residentes de la Comunidad Betances, en el Municipio Autónomo de Ponce, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada; para ordenar al Municipio de Ponce transferir al Departamento de la Vivienda por el valor nominal de un (1) dólar los terrenos en la comunidad Betances de los cuales tenga titularidad; para ordenar a la Junta de Planificación que realice las gestiones pertinentes para la actualización del mapa de zonas inundables; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda (DV) a gestionar la adquisición de terrenos en la Comunidad El Sol de Ponce, donde residentes viven sin título de propiedad. Se autoriza la expropiación forzosa, adquisición por el Programa de Autorización de Títulos, o por valor justo de mercado. Una vez adquiridos, los terrenos se segregarían y cederían a los vecinos, eximiéndolos del requisito de ingresos de la Ley 132-1975. También ordena al Municipio de Ponce transferir terrenos de su titularidad al DV por valor nominal y a la Junta de Planificación a actualizar mapas de zonas inundables.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda, por medio del Programa de Autorización de Títulos, a gestionar la adquisición por el valor nominal de un (1) dólar o por el procedimiento legal correspondiente, según sea el caso, los terrenos donde enclavan las propiedades de los residentes de la Comunidad Betances, en el Municipio Autónomo de Ponce, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada; para ordenar al Municipio de Ponce transferir al Departamento de la Vivienda por el valor nominal de un (1) dólar los terrenos en la comunidad Betances de los cuales tenga titularidad; para ordenar a la Junta de Planificación que realice las gestiones pertinentes para la actualización del mapa de zonas inundables; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda (DV) a gestionar la adquisición de terrenos en la Comunidad Betances, Ponce, por valor nominal o procedimiento legal, para luego segregarlos y cederlos a sus residentes con títulos de propiedad. Exime a estos residentes del requisito de ingresos de la Ley 132 de 1975. También ordena al Municipio de Ponce transferir sus terrenos en la comunidad al DV por valor nominal y a la Junta de Planificación solicitar a FEMA la actualización de mapas de zonas inundables en Ponce. Afecta principalmente a los residentes de la Comunidad Betances, el DV, el Municipio de Ponce y la Junta de Planificación.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda, por medio del Programa de Autorización de Títulos, por el procedimiento legal correspondiente, los terrenos donde enclavan las propiedades de los residentes de la calles Dominó y Acueductos en la Comunidad Punta Diamante en Ponce, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda (DV) a adquirir los terrenos donde ubican las residencias de los vecinos de las calles Dominó y Acueductos en la Comunidad Punta Diamante, Ponce. Una vez adquiridos, el DV deberá segregarlos y otorgar títulos de propiedad gratuitos a estos residentes. Se les exime del requisito de ingresos que exige la Ley Núm. 132 de 1975, y el proceso de cesión debe completarse en 180 días tras la adquisición de los terrenos.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda, a presentar en el Tribunal General de Justicia de Puerto Rico un recurso de expropiación forzosa de los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes de la Comunidad Lajes, localizadas en el Callejón Lajes, en el Municipio Autónomo de Ponce, o a gestionar su adquisición por medio del Programa de Autorización de Titulos o por el valor justo de mercado o por el procedimiento legal correspondiente, según sea el caso, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
La Resolución Conjunta de la Cámara 117 ordena al Departamento de la Vivienda iniciar un proceso de expropiación forzosa o gestionar la adquisición de terrenos en la Comunidad Lajes en Ponce. Una vez adquiridos, los terrenos se segregarán y cederán a los residentes actuales, otorgándoles títulos de propiedad. Se les exime del requisito de ingresos que usualmente aplica la Ley 132 de 1975 para acceder a estos títulos.
Para enmendar las Secciones 1 y 2 de la Resolución Conjunta 73-2020, a los fines de procurar la asistencia del Departamento de la Vivienda en la consecución de los títulos de propiedad de los residentes del Sector Playita Ferry; derogar la actual Sección 3 y la segunda Sección 4 de la Resolución 73-2020 y renumerar la actual Sección 4 de la Resolución 73-2020 como la Sección 3; renumerar las actuales Secciones 5 y 6 como las Secciones 4 y 5 de dicha resolución; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta enmienda la Resolución Conjunta 73-2020 para ordenar a la Administración de Terrenos y al Departamento de la Vivienda a completar la transferencia de títulos de propiedad a unas treinta (30) familias del Sector Playita Ferry en Ponce. Establece el 30 de junio de 2027 como fecha límite para estos trámites y corrige la numeración de secciones de la resolución original.
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