Para ordenar al Departamento de la Vivienda del Gobierno de Puerto Rico realizar un estudio sobre el estado actual de las parcelas vacantes y en abandono dentro de la demarcación geográfica de los municipios de Loíza, Canóvanas y Río Grande, con el propósito de crear un plan para la reutilización de las parcelas vacantes en dichos municipios; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda de Puerto Rico a realizar un estudio exhaustivo sobre las parcelas vacantes y en abandono en los municipios de Loíza, Canóvanas y Río Grande. El objetivo es identificar estas propiedades para desarrollar un plan concreto que promueva su reutilización. El Departamento tendrá un plazo de 120 días tras la aprobación de la medida para presentar un informe a la Asamblea Legislativa detallando las parcelas disponibles y el plan de acción propuesto.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida, al buscar reutilizar parcelas vacantes, se inscribe en el legado histórico de disputas por el uso de la tierra y la informalidad en el desarrollo urbano de Puerto Rico, donde la escasez de vivienda formal llevó a la ocupación de terrenos baldíos y la formación de asentamientos informales. Este estudio podría ofrecer un camino para abordar la precariedad de la titularidad y la amenaza de desahucio que históricamente han afectado a las comunidades de bajos recursos.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 21 de agosto de 2025 y el 25 de junio de 2026. Actualmente, está en trámite en el Senado, habiendo sido referida a comisión el 29 de junio de 2026.
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Última acción · 29 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Junta de Planificación, al Departamento de Transportación y Obras Públicas, al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y al Municipio de Loíza, llevar a cabo todas las gestiones administrativas requeridas, ya sea por virtud de las leyes o reglamentos aplicables, a los efectos de lograr la obtención de los endosos, la realización de estudios y la identificación de los recursos económicos necesarios para la construcción de un sistema de alcantarillado pluvial para la Comunidad Villa Cañona, en el Municipio de Loíza; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Junta de Planificación, al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y al Municipio de Loíza a realizar gestiones administrativas. Estas gestiones incluyen obtener endosos, llevar a cabo estudios e identificar recursos económicos para la construcción de un sistema de alcantarillado pluvial en la Comunidad Villa Cañona, Loíza. Además, exige informes periódicos a las Secretarías de ambas Cámaras Legislativas y autoriza a las agencias a parear fondos de diversas fuentes.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación del Gobierno de Puerto Rico, a confeccionar y ejecutar, de manera prioritaria, un plan de obras y mejoras permanentes, en las carreteras estatales del Municipio de Loíza; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) a crear y llevar a cabo, con carácter de prioridad, un plan de obras y mejoras permanentes en las carreteras estatales del Municipio de Loíza. Además, establece que ambas agencias deben presentar un informe a la Asamblea Legislativa, detallando estos planes de expansión y mejoras, dentro de los 120 días posteriores a la aprobación de la medida.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el alcance y avance del programa R3 (Reparación, Reconstrucción y/o Reubicación) en los municipios de Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto, cubierto con fondos CDBG-DR; y para otros fines relacionados.
Enmendada, la resolución ordena a la Comisión de la Región Este de la Cámara investigar la distribución, ejecución y fiscalización del programa R3 en Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto. El informe debe indicar la distribución de fondos por municipio, cuántas familias o personas se beneficiaron, cuántas labores terminaron y qué falta por completar. La Comisión puede solicitar información y documentos, citar, celebrar reuniones y vistas oculares; debe rendir hallazgos, conclusiones y recomendaciones en 90 días desde la aprobación. También recomendaría mecanismos o cambios legislativos para terminar trabajos pendientes o agilizar desembolsos; no asigna fondos ni crea derechos para los participantes del programa.
Para ordenar a la Comisión de la Región Este de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva y detallada sobre la preparación de los municipios de Loíza, Río Grande y Canóvanas ante la ocurrencia de eventos sísmicos y sobre el marco normativo, los procesos gubernamentales y la información disponible relacionados con la seguridad y vulnerabilidad sísmica de estructuras e instalaciones de importancia para la seguridad, salud, servicios públicos y respuesta de emergencia; conocer los códigos, reglamentos y estándares técnicos aplicables a dichas estructuras; examinar, desde una perspectiva legislativa, los procesos existentes de permisos, evaluación, inspección y cumplimiento; identificar necesidades, deficiencias o áreas que pudieran requerir atención pública; y formular las recomendaciones legislativas, presupuestarias o de política pública que, de resultar necesarias, contribuyan a fortalecer la preparación sísmica y la seguridad de las estructuras esenciales en dichos municipios; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 819 ordena a la Comisión de la Región Este de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la preparación sísmica y la seguridad de estructuras esenciales en los municipios de Loíza, Río Grande y Canóvanas. La investigación debe examinar el marco normativo, procesos gubernamentales, códigos técnicos, permisos, inspecciones y cumplimiento, identificando necesidades y deficiencias. Finalmente, la Comisión deberá formular recomendaciones legislativas, presupuestarias o de política pública para fortalecer la preparación sísmica y la seguridad de estas estructuras.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda, a presentar en el Tribunal General de Justicia de Puerto Rico un recurso de expropiación forzosa de los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes de la Comunidad Lajes, localizadas en el Callejón Lajes, en el Municipio Autónomo de Ponce, o a gestionar su adquisición por medio del Programa de Autorización de Titulos o por el valor justo de mercado o por el procedimiento legal correspondiente, según sea el caso, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
La Resolución Conjunta de la Cámara 117 ordena al Departamento de la Vivienda iniciar un proceso de expropiación forzosa o gestionar la adquisición de terrenos en la Comunidad Lajes en Ponce. Una vez adquiridos, los terrenos se segregarán y cederán a los residentes actuales, otorgándoles títulos de propiedad. Se les exime del requisito de ingresos que usualmente aplica la Ley 132 de 1975 para acceder a estos títulos.
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