. Para ordenar a la Oficina Estatal de Conservación Histórica, adscrita a la Oficina del Gobernador, coordinar y llevar a cabo un estudio de reconocimiento de los bienes patrimoniales e históricos localizados en el Municipio de Mayagüez, establecer un término para su realización; decretar, además, la estructuración y mantenimiento de un inventario de dichos muebles e inmuebles. Asimismo, identificar, nominar y distribuir al Municipio de Mayagüez las solicitudes de nominaciones de aquel patrimonio que a juicio de la Oficina Estatal de Conservación Histórica, son elegibles al Registro Nacional de Lugares Históricos de los Estados Unidos de América.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Oficina Estatal de Conservación Histórica (OECH), adscrita a la Oficina del Gobernador, a realizar un estudio de reconocimiento de bienes patrimoniales e históricos en el Municipio de Mayagüez dentro de 180 días. También le ordena estructurar y mantener un inventario de estos bienes y a identificar, nominar y distribuir al municipio las solicitudes para nominaciones al Registro Nacional de Lugares Históricos de EE. UU. para propiedades elegibles. Afecta directamente al Municipio de Mayagüez y a la OECH.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 18 de septiembre de 2025, tuvo su primera lectura en la Cámara de Representantes el 25 de septiembre de 2025 y fue referida a la Comisión de Turismo.
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Última acción · 25 de septiembre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Instituto de Cultura Puertorriqueña establecer el Plan para la creación del Depósito Nacional del Patrimonio Arqueológico de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) a establecer un Plan para la creación de un Depósito Nacional del Patrimonio Arqueológico de Puerto Rico. Para ello, se creará un Comité multidisciplinario que elaborará recomendaciones, las cuales el ICP deberá considerar al presentar un informe con los pasos específicos para implementar dicho Plan. Afecta principalmente al ICP, la Oficina Estatal de Conservación Histórica, instituciones académicas con estudios en arqueología, y la Autoridad de Carreteras y Transportación, así como a futuros descubrimientos arqueológicos.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y Reglamento, la transferencia, por compraventa, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Gobierno Municipal de Mayagüez el inmueble, otrora Escuela de Nivel Elemental denominada Castillo en el Municipio de Mayagüez , identificado y marcado por el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) con los dígitos 259-066-008-01 como registro catastral; con el propósito de ejecutar en dicha edificación un proyecto integral para elaborar e implementar programas que beneficien a la comunidad mediante un convenio con la misma y así llevar a cabo actividades de desarrollo deportivo, recreativo y educativo, dirigido a niños, jóvenes y adultos; igualmente, servicios sociales esenciales, programas de bienestar social y desarrollo comunitario, incluyendo todas sus instalaciones y edificaciones; establecer condiciones suspensivas para cualquier transferencia de título; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), a evaluar la transferencia de la antigua Escuela Elemental Castillo en Mayagüez al Gobierno Municipal de Mayagüez. La transferencia podría ser por compraventa, usufructo u otro negocio jurídico permitido por ley. El propósito es que el municipio desarrolle en la propiedad un proyecto integral para programas comunitarios deportivos, recreativos, educativos y de servicios sociales. Se establecen condiciones suspensivas para la transferencia de título.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, conforme a los estatutos de la Resolución Conjunta Núm. 113 de 8 de agosto de 2016, en coordinación con el Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, transferir libre de costo, al Municipio de Mayagüez, la titularidad del edificio y el terreno del antiguo Almacén Tolosa, cuya estructura ubica en la calle Comercio, localizada en el Frente Portuario Tradicional de dicho municipio; a fin de cumplir cabal y eficazmente con el objetivo y el ordenamiento que tiene fuerza de ley decretado en la Resolución Conjunta Núm. 113, antes cita.
Ordena transferir el edificio y el terreno del antiguo Almacén Tolosa, en la calle Comercio del Frente Portuario Tradicional de Mayagüez, al Municipio de Mayagüez. La Exposición de Motivos identifica a la Autoridad de Carreteras y Transportación como titular; la transferencia será libre de costo y no se fija una cabida ni número de catastro. La orden requiere coordinación con el CEDBI y dispone que la Autoridad de Carreteras ejecute la transferencia dentro de 180 días desde la aprobación. El articulado no fija un uso obligatorio para el municipio ni una cláusula de reversión.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre la implementación de la Ley Núm. 112 de 20 de julio de 1988, según enmendada, mejor conocida como “Ley del Consejo para la Protección del Patrimonio Arqueológico Terrestre de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución de la Cámara de Representantes ordena a la Comisión de Gobierno de la Cámara a realizar una investigación sobre la implementación de la Ley 112 de 1988, conocida como la Ley del Consejo para la Protección del Patrimonio Arqueológico Terrestre de Puerto Rico. La investigación debe evaluar el funcionamiento del Consejo, las consecuencias de su inactividad en la protección del patrimonio, y el estado del inventario arqueológico. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), al Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres (NMEAD) y al Instituto de Hidrología y Ciencias Ambientales de Puerto Rico a realizar un estudio exhaustivo sobre el estado de la Quebrada Mendoza en el Municipio de Cabo Rojo y del muro de contención ubicado detrás de la Urbanización Ana María que protege viviendas frente a dicha quebrada; con el fin de desarrollar e implementar medidas correctivas para prevenir inundaciones recurrentes en la comunidad, la Urbanización Ana María y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a cuatro agencias gubernamentales (DRNA, DTOP, NMEAD, e Instituto de Hidrología y Ciencias Ambientales) a realizar un estudio exhaustivo sobre el estado de la Quebrada Mendoza y su muro de contención en Cabo Rojo. El objetivo es identificar riesgos y desarrollar medidas correctivas para prevenir inundaciones recurrentes en la Urbanización Ana María y comunidades aledañas. Las agencias deben presentar un informe conjunto con hallazgos y propuestas en un plazo de 180 días.
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