Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) a crear un inventario detallado de todas las vallas publicitarias ('billboards') en Puerto Rico en un plazo de 180 días. El Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) deberán proveer asistencia ministerial. El inventario debe especificar el estatus de permisos, si fueron erigidas sin permiso, y posibles violaciones a la ley federal 'Highway Beautification Act' o aplicables. La ACT también deberá revisar sus reglamentos internos y reportar a la Asamblea Legislativa.
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Última acción · 25 de septiembre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, conforme a los estatutos de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, establecer e implantar los mecanismos necesarios para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y peatones en el Municipio de Isabela; igualmente, desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para iluminación precisa y adecuada en las vías de rodaje y caminos antes referidos.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico (ACT) a establecer e implantar mecanismos para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras del Municipio de Isabela. Además, le exige desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la infraestructura de iluminación en dichas vías. La ACT deberá presentar un informe de resultados a la Cámara de Representantes y al Senado dentro de 120 días tras la aprobación de la medida. Afecta directamente a los residentes y usuarios de las vías de rodaje en Isabela, así como a la propia ACT.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y el concesionario Metropistas, poner en vigor lo establecido en el inciso (8) del Artículo 22.02 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, para que los conductores puedan conocer si tienen balance bajo en su cuenta de AutoExpreso al transitar por cada carretera que cuente con una estación de peaje; y para otros fines relacionados.
Intereses en juego
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 206 fue el 22 de septiembre de 2025 y referida a la Comisión de Transportación e Infraestructura el 25 de septiembre de 2025, tras aparecer en Primera Lectura de la Cámara.
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Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y al concesionario Metropistas a implementar el inciso (8) del Artículo 22.02 de la Ley Núm. 22-2000. El objetivo es asegurar que los conductores puedan saber si tienen balance bajo en su cuenta de AutoExpreso al pasar por estaciones de peaje, mediante la instalación de sistemas de aviso como semáforos u otros mecanismos visuales, y notificaciones electrónicas.
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