Para ordenar a todas las agencias, departamentos, oficinas, dependencias, corporaciones públicas e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico a que, en coordinación con la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Coordinadora de Eficiencia, creada en virtud del Boletín Administrativo Núm. OE-2025-023, identifiquen un ahorro de cinco por ciento (5%) en el presupuesto del Año Fiscal 2026-2027, a los fines de identificar quinientos (500) millones de dólares para financiar una reforma contributiva que beneficie a los contribuyentes de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a todas las agencias, departamentos, oficinas, dependencias, e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico, con excepción de la Universidad de Puerto Rico, a identificar un ahorro del cinco por ciento (5%) en su presupuesto para el Año Fiscal 2026-2027. El objetivo es generar quinientos (500) millones de dólares para financiar una reforma contributiva. Las agencias deberán rendir un informe detallando las partidas de ahorro propuestas antes del 30 de abril de 2026. Los ahorros no podrán provenir del despido de empleados ni de la eliminación de servicios esenciales.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el debate histórico sobre el sistema contributivo de Puerto Rico, que ha visto transiciones significativas como la implantación del IVU en 2006 y su posterior aumento en 2015, en busca de ingresos gubernamentales. La propuesta de una reforma contributiva financiada por ahorros presupuestarios refleja la tensión recurrente entre la necesidad de ingresos y el impacto de los impuestos en el costo de vida, especialmente el carácter regresivo del IVU.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 8 de enero de 2026 y referida a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes para su análisis.
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Última acción · 12 de enero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a todas las agencias, departamentos, oficinas, dependencias, corporaciones públicas e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico a que, en coordinación con la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Coordinadora de Eficiencia, creada en virtud del Boletín Administrativo Núm. OE-2025-023, identifiquen un ahorro de cinco por ciento (5%) en el presupuesto del Año Fiscal 2026-2027, a los fines de identificar quinientos (500) millones de dólares para financiar una reforma contributiva que beneficie a los contribuyentes de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 119 (RCS 119) buscaba ordenar a todas las agencias, departamentos, oficinas, dependencias, corporaciones públicas e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico, con excepción de la Universidad de Puerto Rico, a identificar un ahorro del cinco por ciento (5%) en su presupuesto para el Año Fiscal 2026-2027. El propósito era allegar aproximadamente quinientos millones de dólares ($500,000,000) para financiar una reforma contributiva. Se exigía que los ahorros no provinieran de despidos, reducción de beneficios laborales o eliminación de servicios esenciales, y que las entidades rindieran un informe detallando las partidas identificadas antes del 30 de abril de 2026.
Para ordenar al Secretario del Departamento de Hacienda del Gobierno de Puerto Rico, según facultado por la Ley Núm. 230, de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico” y la Ley Núm. 38-2017, según enmendada conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, revisar y aumentar en un diez por ciento (10%) las tarifas de dieta y millaje, que se pagan a los funcionarios públicos que utilizan sus vehículos para cumplir con gestiones oficiales; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Secretario del Departamento de Hacienda a revisar y aumentar en un diez por ciento (10%) las tarifas de dieta y millaje que se pagan a los funcionarios públicos que utilizan sus vehículos personales para gestiones oficiales. Se basa en las facultades otorgadas por la Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico (Ley 230-1974) y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (Ley 38-2017). Afecta directamente a los empleados públicos que incurren en estos gastos y al presupuesto gubernamental que cubre estas compensaciones.
Para ordenar al Departamento de Hacienda del Gobierno de Puerto Rico la preparación y publicación anual de un Informe de Gasto Tributario Municipal comenzando con el año 2025, que incluya el examen del impacto que las distintas excepciones, exenciones, créditos, deducciones, exclusiones y tasas preferenciales creadas por legislación del Gobierno Central y municipal tienen sobre los recaudos municipales, su base imponible, su estabilidad fiscal y sobre su capacidad para prestar servicios esenciales; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Hacienda de Puerto Rico a preparar y publicar anualmente, a partir del año 2025, un Informe de Gasto Tributario Municipal. Este informe examinará el impacto de las exenciones, créditos y otras disposiciones fiscales (tanto del gobierno central como municipales) sobre los recaudos, la base imponible, la estabilidad fiscal y la capacidad de los municipios para prestar servicios esenciales. El estudio deberá incluir recomendaciones y proyecciones a cinco años, y se realizará en colaboración con el CRIM y las asociaciones de alcaldes.
Para ordenar al Departamento de Hacienda enmendar el inciso (6) del Artículo 5 del Reglamento Número 49 de 2012, a los fines de incluir una nueva asignación sobre servicios relacionados con la tecnología, de manera que los gastos incurridos por las agencias del Gobierno de Puerto Rico en contratos de dicha naturaleza tengan su propia clasificación y no queden subsumidos dentro de otras asignaciones; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Hacienda a enmendar el Reglamento Número 49 de 2012 para crear una clasificación presupuestaria específica para gastos en servicios relacionados con tecnología y comunicaciones. Esto aplicará a todas las agencias del Gobierno de Puerto Rico. El Departamento de Hacienda tiene 30 días para iniciar el proceso de enmienda, y la nueva clasificación de gastos entrará en vigor para el año fiscal 2025-2026.
Para asignar la cantidad de veinte millones ($20,000,000) de dólares, los cuales procederán de la Resolución Conjunta de Presupuesto para el Año Fiscal 2025- 2026 y reasignar a la Comisión Especial Conjunta de Fondos Legislativos para Impacto Comunitario la cantidad de un millón doscientos setenta mil setecientos cuarenta y cuatro dólares ($1,270,744.00) provenientes de la Resolución Conjunta 52-2024, para proveer asignaciones a entidades e instituciones semipúblicas, públicas y privadas cuyas actividades o servicios propendan al desarrollo de programas y bienestar social, de la salud, educación, cultura, y a mejorar la calidad de vida de los puertorriqueños; los beneficiarios de los fondos aquí asignados deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 20-2015, de la Comisión Especial Conjunta de Fondos Legislativos para Impacto Comunitario; autorizar el pareo de los fondos asignados; y para otros fines relacionados.
No enmienda la Ley 20-2015: asigna $20,000,000 del presupuesto del año fiscal 2025-2026 a las entidades enumeradas en la Sección 1, con una cantidad fijada para cada una, y reasigna otros $1,270,744 de la Resolución Conjunta 52-2024 a las entidades enumeradas en la Sección 3. Las entidades deben cumplir los requisitos de la Ley 20-2015 y evidenciar que sus gastos corresponden a servicios incluidos en una propuesta aprobada; también deben entregar la documentación que se les requiera. Ordena al Departamento de Hacienda desembolsar los $20,000,000 antes del 31 de agosto de 2025 y a la Comisión desembolsar los $1,270,744 antes del 31 de diciembre de 2025; los fondos tienen vigencia del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026. Autoriza parear las asignaciones con fondos estatales, federales, municipales y privados.
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