Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda (DV) adquirir terrenos de la Autoridad de Tierras (AT) en el barrio Paso Seco de Santa Isabel por un dólar ($1.00). Luego, el DV deberá segregar y ceder estos terrenos, otorgando títulos de propiedad a los residentes actuales. Se exime a estos residentes del requisito de ingresos establecido en la Ley 132 de 1975.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida aborda la informalidad en la titularidad de viviendas, un problema histórico en Puerto Rico que se agudizó tras los huracanes de 2017, cuando la falta de escrituras impidió a miles de familias acceder a fondos de FEMA. La medida busca resolver esta precariedad en Paso Seco, Santa Isabel, al otorgar títulos de propiedad a residentes que históricamente han ocupado terrenos sin formalizar su dominio, un fenómeno común en el desarrollo de asentamientos informales y arrabales.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 2 de febrero de 2026 y referida a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes el 5 de febrero de 2026.
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Última acción · 5 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
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Para ordenar al Departamento de la Vivienda a adquirir al precio nominal de un (1.00) dólar por parte de la Autoridad de Tierras, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes del barrio Bajura en el sector Bajura Marina del Municipio de Vega Alta, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda (DV) adquirir terrenos de la Autoridad de Tierras (AT) en Vega Alta (Barrio Bajura, Sector Bajura Marina) por un dólar simbólico. Luego, el DV deberá segregar y ceder estos terrenos a los residentes actuales, otorgándoles títulos de propiedad. Se exime a estos residentes del requisito de ingresos establecido en la Ley 132 de 1975, permitiendo que personas de bajos recursos, que de otro modo no calificarían bajo esa ley, obtengan la propiedad de sus hogares.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda, por medio del Programa de Autorización de Títulos, a gestionar la adquisición por el valor nominal de un (1) dólar o por el procedimiento legal correspondiente, según sea el caso, los terrenos donde enclavan las propiedades de los residentes de la Comunidad Betances, en el Municipio Autónomo de Ponce, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada; para ordenar al Municipio de Ponce transferir al Departamento de la Vivienda por el valor nominal de un (1) dólar los terrenos en la comunidad Betances de los cuales tenga titularidad; para ordenar a la Junta de Planificación que realice las gestiones pertinentes para la actualización del mapa de zonas inundables; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda (DV) a gestionar la adquisición de terrenos en la Comunidad El Sol de Ponce, donde residentes viven sin título de propiedad. Se autoriza la expropiación forzosa, adquisición por el Programa de Autorización de Títulos, o por valor justo de mercado. Una vez adquiridos, los terrenos se segregarían y cederían a los vecinos, eximiéndolos del requisito de ingresos de la Ley 132-1975. También ordena al Municipio de Ponce transferir terrenos de su titularidad al DV por valor nominal y a la Junta de Planificación a actualizar mapas de zonas inundables.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda, por medio del Programa de Autorización de Títulos, por el procedimiento legal correspondiente, los terrenos donde enclavan las propiedades de los residentes de la calles Dominó y Acueductos en la Comunidad Punta Diamante en Ponce, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda (DV) a adquirir los terrenos donde ubican las residencias de los vecinos de las calles Dominó y Acueductos en la Comunidad Punta Diamante, Ponce. Una vez adquiridos, el DV deberá segregarlos y otorgar títulos de propiedad gratuitos a estos residentes. Se les exime del requisito de ingresos que exige la Ley Núm. 132 de 1975, y el proceso de cesión debe completarse en 180 días tras la adquisición de los terrenos.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda a adquirir al precio nominal de un (1.00) dólar por parte de la Autoridad de Tierras, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes de la Calle Esperanza, en el Sector las Acerolas, del Barrio Almirante Norte del Municipio de Vega Baja, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras transferir terrenos específicos en Vega Baja al Departamento de la Vivienda, para que este último los segregue y otorgue títulos de propiedad a los residentes de la Calle Esperanza, Sector Las Acerolas. Se exime a estos residentes del requisito de ingresos de la Ley 132 de 1975. La transferencia por parte de la Autoridad de Tierras deberá completarse en 60 días laborables tras la aprobación.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda, por medio del Programa de Autorización de Títulos, a gestionar la adquisición por el valor nominal de un (1) dólar o por el procedimiento legal correspondiente, según sea el caso, los terrenos donde enclavan las propiedades de los residentes de la Comunidad Betances, en el Municipio Autónomo de Ponce, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada; para ordenar al Municipio de Ponce transferir al Departamento de la Vivienda por el valor nominal de un (1) dólar los terrenos en la comunidad Betances de los cuales tenga titularidad; para ordenar a la Junta de Planificación que realice las gestiones pertinentes para la actualización del mapa de zonas inundables; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda (DV) a gestionar la adquisición de terrenos en la Comunidad Betances, Ponce, por valor nominal o procedimiento legal, para luego segregarlos y cederlos a sus residentes con títulos de propiedad. Exime a estos residentes del requisito de ingresos de la Ley 132 de 1975. También ordena al Municipio de Ponce transferir sus terrenos en la comunidad al DV por valor nominal y a la Junta de Planificación solicitar a FEMA la actualización de mapas de zonas inundables en Ponce. Afecta principalmente a los residentes de la Comunidad Betances, el DV, el Municipio de Ponce y la Junta de Planificación.
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