Para ordenar al Departamento de la Familia y al Departamento de Educación de Puerto Rico, a crear e implementar una campaña educativa de prevención contra el maltrato de menores, utilizando recursos internos de las agencias y estableciendo colaboraciones con la Universidad de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Familia y al Departamento de Educación a crear e implementar una campaña educativa de prevención contra el maltrato de menores. La campaña deberá utilizar recursos internos de ambas agencias y establecer colaboraciones con la Universidad de Puerto Rico. Se establecen plazos de 30 días para el diseño del plan y 60 días para la implementación, y se requiere un informe a la Asamblea Legislativa 180 días después de su inicio. Afecta directamente a las agencias ordenadas, a la Universidad de Puerto Rico, y de forma indirecta a la población escolar (estudiantes, padres, personal docente) y a la ciudadanía en general.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se vincula con la crisis estructural crónica del sistema de protección de menores en Puerto Rico, que ha sido expuesta por auditorías legislativas y denuncias de gremios de trabajadores sociales. Históricamente, la sobrecarga de casos y las querellas acumuladas sin asignar han atrasado la atención oportuna del maltrato infantil, lo que esta campaña educativa busca mitigar.
En qué va
Esta Resolución Conjunta (RCC 285) fue el 9 de febrero de 2026 y referida a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes el 12 de febrero de 2026, tras aparecer en Primera Lectura.
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Última acción · 12 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Junta de Directores de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR), a través de su Presidente, en conjunto con el Negociado de la Policía de Puerto Rico, el Departamento de la Familia y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres realizar una campaña de prevención sobre el abuso sexual a menores y adultos, las implicaciones de cometer una agresión sexual, así como las ayudas gubernamentales pertinentes para las víctimas sobrevivientes de esta lamentable acción, asimismo, deberá contar con la colaboración y pericia de entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, profesionales, universidades, entre otras, relacionadas a la salud mental y de servicios a las víctimas y familiares. La campaña incluirá, sin que se entienda como una limitación, las estaciones de televisión, canales seis (6) y tres (3) y las estaciones de radio 940 AM y Allegro 91.3 así como la cobertura a través de sus redes sociales; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Junta de Directores de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR), en conjunto con el Negociado de la Policía, el Departamento de la Familia y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, a realizar una campaña de prevención sobre abuso sexual y agresión sexual. La campaña debe incluir información sobre las implicaciones de cometer estos actos y las ayudas disponibles para las víctimas sobrevivientes. Se requiere la colaboración de entidades sin fines de lucro, organizaciones comunitarias, universidades y profesionales de la salud mental y servicios a víctimas. La campaña se difundirá a través de los medios de WIPR (canales 6 y 3, radio 940 AM y Allegro 91.3, y redes sociales). Además, se instruye a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, el Departamento de Hacienda y la Autoridad de Asesoría Financiera a identificar y garantizar anualmente los fondos necesarios para esta iniciativa.
Para ordenar al Negociado de la Policía, el Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, que realicen en conjunto un ciclo de orientaciones a los padres, madres o encargados de los estudiantes del sistema público de enseñanza y al público en general, sobre los riesgos de subir fotos de los menores en las redes sociales.
La Resolución Conjunta ordena a la Policía de Puerto Rico, al Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR) a coordinar y realizar conjuntamente un ciclo de orientaciones dirigidas a padres, madres o encargados de estudiantes del sistema público de enseñanza y al público en general. El objetivo es informar sobre los riesgos y consecuencias de subir fotos de menores en redes sociales. Se establecen plazos de 90 días para la coordinación y 120 días para el cumplimiento, con deberes de informar a la Asamblea Legislativa y de identificar fondos necesarios por parte de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, el Departamento de Hacienda y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal.
Para ordenar a la Policía de Puerto Rico, al Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, que en colaboración con organizaciones y con la empresa privada, realicen en conjunto un ciclo de orientaciones a los padres, madres o encargados de los estudiantes del sistema público de enseñanza y al público en general, sobre los riesgos de subir fotos de los menores en las redes sociales; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 295 ordena a la Policía de Puerto Rico, al Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública a colaborar en la creación y ejecución de un ciclo de orientaciones para padres, madres o encargados de estudiantes del sistema público y el público en general. El objetivo es informar sobre los riesgos de publicar fotos de menores en redes sociales. Las orientaciones deben realizarse utilizando recursos existentes, sin costo adicional, y se espera que se coordinen en 90 días y se cumplan en 120 días tras la aprobación, con informes a la Asamblea Legislativa.
Para ordenar a la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción, la Comisión para la Prevención del Suicidio del Departamento de Salud, al Departamento de Educación y a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, que realicen en conjunto un ciclo de orientaciones a los padres, madres o encargados de los estudiantes del sistema público de enseñanza y al público en general, sobre las señales de un comportamiento suicida y los mecanismos de ayuda para prevenirlo.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), la Comisión para la Prevención del Suicidio del Departamento de Salud, el Departamento de Educación y la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública a coordinar y realizar un ciclo de orientaciones dirigidas a padres, madres o encargados de estudiantes del sistema público y al público general. El objetivo es informar sobre las señales de comportamiento suicida y los mecanismos de ayuda para su prevención. Las agencias tienen 90 días para coordinar, 10 días laborables adicionales para informar a la Asamblea Legislativa, y 120 días para completar las orientaciones tras la coordinación.
Para ordenar a las comisiones de Asuntos de la Juventud y de lo Jurídico de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una exhaustiva investigación sobre la implementación y cumplimiento de las disposiciones de la Resolución Conjunta 1-2023, conocida como Resolución Conjunta del Plan de Emergencia para Atender la Crisis de Abuso y Maltrato de Menores en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 575 ordena a las Comisiones de Asuntos de la Juventud y de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y el cumplimiento de la Resolución Conjunta 1-2023. Esta última buscaba establecer un Plan de Emergencia para atender la crisis de abuso y maltrato de menores en Puerto Rico. La investigación verificará si las agencias designadas (Departamento de Familia, Educación, Salud Mental, Policía, Vivienda, Negociado de Telecomunicaciones, Instituto de Estadísticas) cumplieron con los plazos y mandatos específicos de la RC 1-2023, incluyendo la creación de planes, campañas educativas, convenios y la radicación de informes.
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