Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR) y a la Junta Reguladora de los Centros para la Protección, Investigación, Tratamiento e Intervención a diseñar y ofrecer una campaña educativa sobre el abuso sexual a menores. La campaña debe identificar características físicas y emocionales de las víctimas, lugares y eventos de riesgo, y perfiles de posibles agresores. Los profesionales que participen deben tener preparación teórica y experiencia práctica directa, conforme a la Ley 112-2017. La medida busca educar a madres, padres y encargados para la detección temprana y la protección de la niñez.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el tema de la protección de menores, un área que históricamente ha enfrentado desafíos estructurales en Puerto Rico, como se evidencia en la sobrecarga administrativa de agencias como ADFAN. La campaña educativa propuesta busca abordar una de las problemáticas más graves, el abuso sexual infantil, que es parte de las investigaciones de maltrato que maneja el sistema.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 73 fue presentada el 5 de marzo de 2025, el 1 de junio de 2026 con , y enviada al Senado para su consideración.
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Última acción · 4 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (45)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Junta de Directores de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR), a través de su Presidente, en conjunto con el Negociado de la Policía de Puerto Rico, el Departamento de la Familia y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres realizar una campaña de prevención sobre el abuso sexual a menores y adultos, las implicaciones de cometer una agresión sexual, así como las ayudas gubernamentales pertinentes para las víctimas sobrevivientes de esta lamentable acción, asimismo, deberá contar con la colaboración y pericia de entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, profesionales, universidades, entre otras, relacionadas a la salud mental y de servicios a las víctimas y familiares. La campaña incluirá, sin que se entienda como una limitación, las estaciones de televisión, canales seis (6) y tres (3) y las estaciones de radio 940 AM y Allegro 91.3 así como la cobertura a través de sus redes sociales; y para otros fines relacionados.
Esta resolución conjunta ordena a la Junta de Directores de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR), en colaboración con el Negociado de la Policía, el Departamento de la Familia y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, a realizar una campaña de prevención sobre abuso sexual y agresión sexual. La campaña debe informar sobre las implicaciones de estos actos y las ayudas gubernamentales disponibles para las víctimas, utilizando los canales de televisión (Canal 6 y 3), radio (940 AM y Allegro 91.3) y redes sociales de WIPR, además de contar con la participación de entidades sin fines de lucro y académicas.
Para ordenar al Departamento de la Familia y al Departamento de Educación de Puerto Rico, a crear e implementar una campaña educativa de prevención contra el maltrato de menores, utilizando recursos internos de las agencias y estableciendo colaboraciones con la Universidad de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Familia y al Departamento de Educación a crear e implementar una campaña educativa sobre la prevención del maltrato infantil. La campaña deberá utilizar recursos internos de ambas agencias y establecer colaboraciones con la Universidad de Puerto Rico. Se establece un plazo de 30 días para el diseño y plan de implementación, 60 días para el inicio de la implementación, y 180 días para que el Departamento de la Familia rinda un informe de resultados a la Asamblea Legislativa. Afecta directamente a las agencias encargadas de la protección de menores y a la ciudadanía en general, incluyendo comunidades escolares.
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