Para ordenar al Departamento de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realice todas las gestiones necesarias y pertinentes para que evalúe una posible acción de recobro o restitución de los fondos públicos que se asignaron a los beneficios de seguridad y protección provistos a la exfuncionaria, Wanda Vázquez Garced, hoy eliminados en virtud de opinión emitida por este mismo departamento a raíz de la controversia sobre la facultad por parte de la Policía de Puerto Rico a tales fines por razón de la admisión de culpabilidad por la exfuncionaria desde el 27 de agosto de 2025 ante el Tribunal Federal de Distrito en cuanto a violaciones de la Ley Federal de Campañas Electorales; así como se determine la responsabilidad, si alguna, de los funcionarios a cargo de mantenerlos o eliminarlos en este caso; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Justicia (DJ) de Puerto Rico que evalúe la posibilidad de recuperar o restituir fondos públicos. Estos fondos se destinaron a beneficios de seguridad y protección para la exfuncionaria Wanda Vázquez Garced, los cuales fueron eliminados recientemente. La medida también busca determinar la responsabilidad de los funcionarios a cargo de mantener o eliminar dichos beneficios. Afecta directamente al DJ, a la exfuncionaria y a los funcionarios públicos involucrados en la asignación y eliminación de estos servicios.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida y los fragmentos abordan el tema de la corrupción gubernamental y sus consecuencias. La medida se enfoca en la exgobernadora Wanda Vázquez Garced, quien, según los fragmentos, fue arrestada por cargos federales de soborno, lo que se inscribe en un patrón histórico de escándalos que han afectado a ambos partidos mayoritarios en Puerto Rico, erosionando la confianza pública y llevando a la intervención federal como recurso.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 19 de marzo de 2026 y referida a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes para su consideración.
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Última acción · 23 de marzo de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para expresar a nombre del Pueblo de Puerto Rico, el más enérgico rechazo al indulto completo e incondicional concedido por el Presidente de los Estados Unidos, Donald J. Trump, a la exgobernadora de Puerto Rico Wanda Vázquez Garced.
Esta Resolución Concurrente (R. Conc. de la C. 33) expresa el rechazo de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, en nombre del pueblo, al indulto completo e incondicional concedido por el Presidente de los Estados Unidos, Donald J. Trump, a la exgobernadora Wanda Vázquez Garced. La medida ordena el envío de copias de esta resolución al Presidente de los Estados Unidos, al Presidente del Senado de los Estados Unidos y al Presidente de la Cámara de Representantes de Estados Unidos. No crea derechos ni obligaciones legales, ni asigna fondos.
Para ordenar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) realizar y presentar un Informe sobre el Gasto Tributario Municipal en Puerto Rico, que identifique, cuantifique y analice las exenciones, exoneraciones, créditos, incentivos, deducciones, descuentos y demás mecanismos que reduzcan o eliminen ingresos provenientes de impuestos municipales; establecer que dicho informe deberá presentarse dentro de un término de seis (6) meses a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta; disponer que los gastos razonables y necesarios para la preparación del informe serán sufragados con cargo a la cantidad de sesenta y seis millones de dólares ($66,000,000) reservada del Fondo de Consolidación Municipal, conforme a la Sección 21 del presupuesto vigente y al Plan Fiscal Certificado de 2023; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) a elaborar y presentar un informe detallado sobre el gasto tributario municipal en Puerto Rico. Dicho informe deberá identificar, cuantificar y analizar las exenciones, exoneraciones, créditos, incentivos, deducciones y otros mecanismos que reducen los ingresos por impuestos municipales. El CRIM tiene un plazo de seis (6) meses para presentar este informe, y sus costos se sufragarán con $66,000,000 reservados del Fondo de Consolidación Municipal.
Para ordenar al Departamento de Justicia de Puerto Rico iniciar una investigación exhaustiva sobre las operaciones de LUMA Energy, LLC (LUMA), en el municipio de Orocovis, ante posibles actos de sabotaje, negligencia crasa o represalias que pudieran constituir una violación del Código Penal de Puerto Rico, la Ley 57-2014, y diversas leyes federales que protegen la infraestructura crítica y los derechos civiles.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Justicia de Puerto Rico a iniciar una investigación exhaustiva sobre las operaciones de LUMA Energy, LLC en Orocovis. Busca determinar si ha habido actos de sabotaje, negligencia crasa o represalias que violen leyes locales (Código Penal, Ley 57-2014) y federales. La Secretaria de Justicia deberá presentar un informe preliminar en un plazo de 90 días tras la aprobación de la medida.
Para ordenar al Secretario del Departamento de Hacienda del Gobierno de Puerto Rico, según facultado por la Ley Núm. 230, de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico” y la Ley Núm. 38-2017, según enmendada conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, revisar y aumentar en un diez por ciento (10%) las tarifas de dieta y millaje, que se pagan a los funcionarios públicos que utilizan sus vehículos para cumplir con gestiones oficiales; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Secretario del Departamento de Hacienda a revisar y aumentar en un diez por ciento (10%) las tarifas de dieta y millaje que se pagan a los funcionarios públicos que utilizan sus vehículos personales para gestiones oficiales. Se basa en las facultades otorgadas por la Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico (Ley 230-1974) y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (Ley 38-2017). Afecta directamente a los empleados públicos que incurren en estos gastos y al presupuesto gubernamental que cubre estas compensaciones.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico, la Compañía Turismo, el Departamento de Recreación y Deportes y al Departamento de la Vivienda de Puerto Rico, rendir un informe exhaustivo sobre la disponibilidad, asignación y estatus de los fondos federales y estatales bajo la custodia del Departamento de la Vivienda y del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) que puedan ser destinados a la rehabilitación de los balnearios públicos de la isla; ordenar a que suministren a este Cuerpo un informe detallado de dichos balances y el procedimiento oficial de solicitud para la utilización de estos fondos; y para otros fines relacionados. Para ordenar, además, a la Junta de Planificación de Puerto Rico someta un listado de los proyectos de reparación, rehabilitación y/o mejoras pendientes de los cuales tenga conocimiento
Esta Resolución Conjunta ordena a varios departamentos del Poder Ejecutivo (Recursos Naturales y Ambientales, Turismo, Recreación y Deportes, Vivienda) y a la Junta de Planificación a rendir informes detallados sobre la disponibilidad, asignación y estatus de fondos federales y estatales destinados a la rehabilitación de balnearios públicos. Se les exige presentar balances de fondos remanentes, proyectos asignados, y procedimientos para solicitar y usar dichos fondos, con plazos estrictos de 15 días para las agencias y 60 días para que la Comisión legislativa presente su informe final. Afecta directamente a las agencias obligadas a reportar y a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes.
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