Para ordenar al Departamento de la Familia del Gobierno de Puerto Rico, a través de la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia, crear un programa que fomente una combinación de gestores de beneficios, recordatorios automáticos y servicios presenciales comunitarios, para asegurar que los beneficiarios de las ayudas del PAN, específicamente los adultos mayores, sepan cuando se vence su periodo de certificación, tengan la asistencia para acudir a una oficina de Departamento de la Familia o ayuda para completar el trámite en línea, para adiestrarles en la plataforma digital, para confirmar que están vivos; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Familia, a través de la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (ADSEF), a crear un programa para beneficiarios del PAN, enfocándose en adultos mayores. El programa deberá combinar gestores de beneficios, recordatorios automáticos y servicios presenciales comunitarios. Su objetivo es asegurar que los adultos mayores conozcan las fechas de vencimiento de sus certificaciones, reciban asistencia para trámites presenciales o en línea, capacitación en plataformas digitales y se verifique que continúan vivos. El Departamento tendrá 180 días para implementar el programa y su .
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución Conjunta (RCC 367) fue el 10 de junio de 2026 y referida a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes. Se programó una para el 3 de septiembre de 2026.
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Última acción · 3 de septiembre de 2026
: Salón de Audiencias #2
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que siguiendo los parámetros del HR 5168, conocido como ‘‘Puerto Rico Nutrition Assistance Fairness Act’’, presentada en el Congreso de los Estados Unidos para consideración, proceda de inmediato a través del Departamento de la Familia y en coordinación con la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (ADSEF), el Departamento de Agricultura de Puerto Rico y cualquier otra agencia pertinente a iniciar las gestiones necesarias para presentar al Secretario de Agricultura de Estados Unidos su plan de operación, incluyendo un plan de transición al Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria conforme a la sección 4(a) de la “Food and Nutrition Act of 2008”, conocida en español como la “Ley de Alimentos y Nutrición de 2008”.
Esta Resolución Conjunta ordena al Gobierno de Puerto Rico, específicamente al Departamento de la Familia y la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (ADSEF), en coordinación con el Departamento de Agricultura y otras agencias pertinentes, a iniciar de inmediato las gestiones necesarias para presentar al Secretario de Agricultura de Estados Unidos un plan de operación. Este plan debe incluir la transición del actual Programa de Asistencia Nutricional (PAN) al Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP) federal, siguiendo los parámetros del proyecto federal HR 5168. La medida requiere que el plan detalle la asignación de recursos humanos, el diseño de sistemas tecnológicos, y un programa de adiestramiento para el personal, y exige un informe de progreso a la Asamblea Legislativa y otros funcionarios en 90 días.
Para ordenar al Departamento de la Familia que, por conducto de la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (ADSEF), solicite a la agencia federal correspondiente la autorización de una modalidad de pago al recibir en el Programa de Asistencia Nutricional (PAN), mediante la cual la persona participante ordena alimentos por teléfono o por internet y los paga con su Tarjeta de la Familia, en un terminal portátil, al momento de la entrega; establecer sus controles mínimos y su implantación una vez aprobada; aclarar que, hasta entonces, la modalidad no está autorizada; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Familia, a través de la ADSEF, solicitar autorización federal para una modalidad de pago del Programa de Asistencia Nutricional (PAN) donde los participantes ordenen alimentos por teléfono o internet y paguen con su Tarjeta de la Familia al momento de la entrega, usando un terminal portátil. Establece controles mínimos para esta modalidad y aclara que no está autorizada hasta obtener la aprobación federal. Afecta directamente a los beneficiarios del PAN, a los comercios autorizados y a la administración del programa.
“Para ordenar al Departamento de la Familia a presentar ante el Servicio de Alimentos y Nutrición (FNS) del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) una solicitud de exención para restringir la compra de refrescos azucarados y golosinas mediante los beneficios del Programa de Asistencia Nutricional (PAN); establecer un plan piloto estatal conforme a las métricas federales; fomentar medidas complementarias de nutrición, prevención y actividad física; e integrar incentivos para la compra de alimentos frescos; y para otros fines relacionados.”
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Familia de Puerto Rico a solicitar una exención al Servicio de Alimentos y Nutrición (FNS) del USDA para restringir la compra de refrescos azucarados y golosinas con fondos del Programa de Asistencia Nutricional (PAN). De ser aprobada la exención federal, el Departamento deberá implementar un plan piloto estatal para aplicar dichas restricciones, identificar productos mediante códigos de barras, coordinar con comercios, evaluar el impacto y explorar incentivos para la compra de frutas y verduras frescas. La medida también exige salvaguardas para garantizar el acceso a alimentos esenciales y contemplar exenciones médicas.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado a las leyes que promueven el desarrollo integral de la población adulta mayor, particularmente la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores” y la legislación especial citada en la misma que beneficia a esta población; la eficacia de las agencias gubernamentales responsables por la implementación de estas leyes; a fines de determinar si resulta necesario el desarrollo de política pública para promover el desarrollo integral de este creciente e importante sector poblacional; y para otros fines relacionados.
La R. de la C. 372 no enmienda la Ley 121-2019 ni crea derechos u obligaciones generales: ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara investigar las leyes sobre adultos mayores, en particular la Ley 121-2019, y la eficacia de las agencias que las implementan. La Comisión puede citar personas, entidades gubernamentales y organizaciones relacionadas con esos asuntos, y pedir documentos e información. Debe presentar un informe final antes de que termine la Vigésima Asamblea Legislativa; puede rendir informes parciales con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar al Departamento de Recreación y Deportes (DRD), en coordinación con el Departamento de la Familia y la Administración de Familias y Niños (ADFAN), la elaboración de un informe evaluativo sobre los programas existentes de recreación adaptada para adultos mayores, sus alcances, beneficios y oportunidades de expansión; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Recreación y Deportes (DRD), en coordinación con el Departamento de la Familia y la Administración de Familias y Niños (ADFAN), a elaborar y presentar un informe evaluativo sobre los programas de recreación adaptada para adultos mayores. El informe debe detallar su alcance, beneficios, accesibilidad, efectividad y oportunidades de expansión. El DRD y la Familia tienen 90 días desde la aprobación de la medida para someter este informe a la Asamblea Legislativa.
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