Para ordenar al Departamento de la Vivienda del Gobierno de Puerto Rico desarrollar un proyecto modelo de vivienda para personas con el Trastorno del Espectro Autista, o con discapacidad física e intelectual, en el Municipio de Manatí; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda establecer en Manatí un proyecto modelo de casas de acogida para personas con trastorno del espectro autista o alguna discapacidad. Le da 24 meses desde su vigencia para cumplir y le permite usar los recursos fiscales disponibles, incluidos fondos federales, pero no asigna una cantidad específica. También exige que Vivienda adopte y coordine con el municipio un proceso de selección justo, expedito y no discriminatorio. No ni leyes existentes.
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Contras
Intereses en juego
En qué va
Fue el 13 de agosto de 2026 y el 17 de agosto pasó a primera lectura en la Cámara y fue referida a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano. Al 27 de octubre de 2026 sigue .
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Última acción · 17 de agosto de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear el Programa de Desarrollo Orientado a la Vivienda y el Transporte (DOVT) con el fin de evaluar la viabilidad y construir proyectos orientados a la vivienda asequible y a la transportación colectiva; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta 236 crea el Programa de Desarrollo Orientado a la Vivienda y el Transporte (DOVT), adscrito a la Autoridad de Transporte Integrado (ATI) y al Departamento de la Vivienda (DV). El programa evaluará la viabilidad y promoverá la construcción de proyectos de vivienda asequible y de usos mixtos en terrenos públicos adyacentes o continuos a estaciones del Tren Urbano, que actualmente se usan como estacionamientos. Se establece un plazo de 180 días para presentar un informe de viabilidad y un plan de acción, y 120 días para que la ATI y el DV adopten reglamentos.
Para ordenar al Departamento de Educación de Puerto Rico en colaboración con la Universidad de Puerto Rico establecer, diseñar e implantar un programa de certificaciones profesionales enfocado en estrategias de manejo conductual, enfoques pedagógicos diferenciados y metodologías educativas dirigidas a estudiantes con diagnóstico de trastorno del espectro autista dirigido a todo el personal docente de Educación Especial del sistema público de enseñanza; y para otros fines relacionados.
La resolución conjunta ordena al Departamento de Educación y a la Universidad de Puerto Rico diseñar e implantar certificaciones profesionales sobre manejo conductual, enseñanza diferenciada y metodologías para estudiantes con trastorno del espectro autista. La capacitación sería obligatoria para todo el personal docente de Educación Especial del sistema público y tendría competencias, módulos y requisitos de evaluación. Según la enmienda de comisión, Educación debe presentar el plan de implementación en un máximo de 120 días desde la aprobación; además, el personal debe completar la capacitación antes del siguiente semestre escolar y Educación debe informar a la Asamblea durante los primeros 90 días del año fiscal próximo a la implementación. La Exposición de Motivos, como justificación de los autores, cita más de 11,990 estudiantes con diagnóstico de autismo y un aumento de más de 249%; el articulado no asigna fondos específicos.
Para ordenar al Departamento de Salud realizar, en colaboración con el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y la Escuela Graduada de Salud Pública del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico, un estudio de prevalencia que permita determinar la incidencia estadística de los trastornos del espectro del autismo en Puerto Rico.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Salud, en colaboración con el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y la Escuela Graduada de Salud Pública del Recinto de Ciencias Médicas de la UPR, a realizar un estudio de prevalencia para determinar la incidencia estadística de los Trastornos del Espectro del Autismo (TEA) en Puerto Rico. El estudio deberá completarse y divulgarse en un informe en el portal del Instituto de Estadísticas en un plazo no mayor de dos (2) años, y una copia del informe deberá ser entregada a la Asamblea Legislativa en el mismo término.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras a transferir al Departamento de la Vivienda, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes del Barrio Coto Sur, Sector Palo Alto del Municipio de Manatí, específicamente aquellos dentro de las parcelas identificadas con número de catastro 056-000-004-11 y 057-000-010-22; y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán en cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, mejor conocida como “Ley de Viviendas Enclavadas en Terrenos Ajenos”, según enmendada
Ordena transferir de la Autoridad de Tierras al Departamento de la Vivienda los terrenos con viviendas del Barrio Coto Sur, Sector Palo Alto, Manatí, dentro de las parcelas catastrales 056-000-004-11 y 057-000-010-22. La Autoridad tendría hasta 60 días laborables después de la aprobación para transferirlos; Vivienda segregaría los terrenos y otorgaría títulos a los vecinos beneficiarios. La transferencia a Vivienda sería gratuita conforme a la Ley 132; el precio que pagarían los residentes por sus solares se regiría por esa ley, que fija $1 para familias de escasos recursos y una fórmula basada en ingresos y tasación para otras familias. Aunque el título de la medida declara cumplido el requisito de ingresos, la sección dispositiva condiciona los títulos al cumplimiento de los requisitos de la Ley 132 y su reglamento.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la disponibilidad, accesibilidad, efectividad y suficiencia de los programas, servicios y ayudas dirigidos a adultos con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en Puerto Rico; evaluar los procesos de transición desde la niñez a la adultez; examinar la coordinación interagencial y la inversión pública destinada a esta población; identificar deficiencias en áreas de salud, educación postsecundaria, empleo, vivienda, transportación y apoyo comunitario; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 623 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre los programas, servicios y ayudas dirigidos a adultos con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en Puerto Rico. La investigación debe evaluar la disponibilidad, accesibilidad, efectividad y suficiencia de estos servicios, así como los procesos de transición de la niñez a la adultez, la coordinación interagencial y la inversión pública. Afecta indirectamente a adultos con TEA, sus familias y cuidadores, al buscar identificar deficiencias y formular recomendaciones para mejorar su calidad de vida e inclusión.
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