Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras a transferir al Departamento de la Vivienda terrenos específicos en el Barrio Coto Sur, Sector Palo Alto de Manatí, identificados por sus números de catastro. Una vez el Departamento adquiera la titularidad, deberá segregarlos y cederlos a los residentes, otorgándoles títulos de propiedad. La medida dispone que estos residentes cumplirán automáticamente con el requisito de ingresos de la Ley Núm. 132 de 1975, conocida como 'Ley de Viviendas Enclavadas en Terrenos Ajenos'.
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Última acción · 29 de septiembre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Autoridad de Tierras a transferir al Departamento de la Vivienda, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes del Barrio Ceiba Sabana del Municipio de Vega Baja y la comunidad Sierra Maestra del Municipio de Vega Alta, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán en cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, mejor conocida como “Ley de Viviendas Enclavadas en Terrenos Ajenos”, según enmendada.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras a transferir al Departamento de la Vivienda los terrenos donde ubican las residencias de los residentes del Barrio Ceiba Sabana en Vega Baja y la comunidad Sierra Maestra en Vega Alta. Una vez la Autoridad de Tierras adquiera la titularidad, deberá segregar y ceder dichos terrenos, otorgando títulos de propiedad a los vecinos. Se dispone que estas personas cumplirán automáticamente con el requisito de ingresos de la Ley Núm. 132 de 1975, conocida como 'Ley de Viviendas Enclavadas en Terrenos Ajenos'.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras que ceda y traspase por el precio nominal de un (1) dólar a los actuales residentes que son descendientes directos de los agregados del Batey de la Central Coloso, los títulos de propiedad de los terrenos donde ubican las referidas familias, eximiendo a estos del cumplimiento del requisito de ingresos establecidos en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada, y según establecido en el Articulo 3 de la Ley 142-2000, según enmendada.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico ceder y traspasar por un precio nominal de un dólar ($1.00) los títulos de propiedad de terrenos y estructuras a los actuales residentes que sean descendientes directos de los agregados del Batey de la Central Coloso. La medida exime a estos residentes del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1975 y del impedimento legal del Artículo 3 de la Ley 142-2000, que creó la Reserva Agrícola del Valle de Coloso. Afecta directamente a las familias que residen en el Batey de la Central Coloso y que descienden de trabajadores de dicha central azucarera.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en el legado de asentamientos informales y la informalidad en la titularidad de viviendas que ha afectado a Puerto Rico por décadas. La Ley 132 de 1975, mencionada en la medida, es un antecedente de los esfuerzos por formalizar la tenencia de la tierra para residentes de bajos ingresos, un problema que se agudizó tras los huracanes de 2017 y los sismos de 2020, cuando la falta de títulos de propiedad dificultó el acceso a ayudas federales.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 211 fue el 25 de septiembre de 2025 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 29 de septiembre de 2025, siendo referida ese mismo día a la Comisión de Agricultura.
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