Qué propone
Ordena al Departamento de la Vivienda identificar y transferir al Municipio Autónomo de Cataño el solar del número 12 de la Calle Caparra, procedente de la finca número 3,111; no fija la cabida definitiva, que dependerá de la mensura si hace falta segregarlo. La transferencia del dominio será por un dólar ($1.00), y el inmueble deberá continuar destinado a facilidades gubernamentales, servicios municipales u otros fines públicos del Municipio. Si el solar no puede transferirse como parcela independiente, Vivienda deberá realizar o contratar la mensura, preparar los planos y completar los trámites para segregarlo y otorgar el título. La medida excluye los procedimientos de evaluación y disposición de la Ley 26-2017, ordena iniciar las gestiones inmediatamente y completar las actuaciones de Vivienda en un máximo de 60 días laborables desde la aprobación, sin detener los trámites que dependan de terceros. Al culminar la transferencia e inscripción, Vivienda deberá certificar el cumplimiento a la Asamblea Legislativa.
Qué asegura el texto
Reparos
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el marco de la autonomía municipal, que ha sido fortalecida por leyes como la Ley 81-1991 y el Código Municipal de 2020. La transferencia de propiedades del Gobierno Central a los municipios, como la que se propone para Cataño, es un ejemplo de cómo se busca consolidar las competencias y la capacidad de gestión de los gobiernos locales, aunque el traspaso efectivo de competencias ha sido desigual.
En qué va
Fue el 15 de octubre de 2026, apareció en primera lectura de la Cámara ese día y se refirió a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano. Al 16 de octubre de 2026, figura .
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Última acción · 15 de octubre de 2026
Referido a Comisión(es)
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