Para ordenar al Departamento de Salud de Puerto Rico, a establecer Oficinas del Puerto Rico Background Check Program, en sus regiones de Aguadilla y Mayagüez, con el propósito de facilitar la tramitación presencial de las certificaciones requeridas por la Ley 300-1999, según enmendada, conocida como la “Ley de Verificación de Credenciales e Historial Delictivo de Proveedores a Niños, Personas con Impedimentos y Profesionales de la Salud”, incluyendo la toma electrónica de huellas dactilares, fotografía y demás componentes presenciales del proceso, a la población de los municipios comprendidos dentro de las antes mencionadas regiones; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Ordena al Departamento de Salud establecer oficinas del Puerto Rico Background Check Program en las regiones de Aguadilla y Mayagüez, para atender a la población de los 15 municipios comprendidos en ambas regiones. Cada oficina debe ofrecer los trámites presenciales necesarios para la certificación bajo la Ley 300-1999, incluidos huellas dactilares electrónicas, fotografía y validación de identidad. Salud debe enviar un plan de implantación a la Asamblea Legislativa dentro de 90 días de la aprobación y comenzar operaciones dentro de 180 días; además, debe informar sobre la apertura dentro de 30 días de iniciadas las operaciones. No ni la Ley 300-1999 ni cambia quién debe obtener la certificación o qué se verifica; ordena priorizar recursos existentes y no obliga a crear plazas nuevas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La resolución conjunta fue el Senado el 19 de octubre de 2026. El texto no registra referido a comisión ni acción posterior.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 19 de octubre de 2026
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