Para enmendar el Artículo 4, inciso b de la Ley Núm. 300 de 2 de Septiembre de 1999, según enmendada, conocida como “Ley de Verificación de Credenciales e Historial Delictivo de Proveedores a Niños, Personas con Impedimentos y Profesionales de la Salud”, con el fin de delimitar las responsabilidades del Negociado de la Policía de Puerto Rico; y establecer que se destinen tres dólares ($3.00) de los fondos recaudados al expedir la Certificación para el sistema de retiro de la Policía de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida el Artículo 4 de la Ley 300 de 1999 para clarificar la expedición de certificaciones de historial delictivo. Establece que el Departamento de Salud emitirá certificaciones para proveedores directos de servicios a niños, envejecientes y personas con impedimentos. La Policía de Puerto Rico emitirá certificaciones para proveedores de servicios en términos generales, agencias gubernamentales y entidades privadas que lo requieran para la seguridad de sus empleados o clientes. Adicionalmente, se dispone que de los fondos recaudados por la Policía al expedir estas certificaciones, tres dólares ($3.00) por trámite se destinarán mensualmente al para el Retiro de la Policía.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 10 de febrero de 2025 y el 16 de marzo de 2026. Actualmente, se encuentra en trámite en el Senado, habiendo sido referida a comisión el 19 de marzo de 2026 y recibido su primer informe de comisión el 27 de abril de 2026.
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Última acción · 27 de abril de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
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