Qué propone
Esta medida la Ley 300 de 1999 para clarificar las responsabilidades de la Policía de Puerto Rico en la expedición de certificaciones de historial delictivo para proveedores de servicios a poblaciones vulnerables (niños, envejecientes, personas con impedimentos). Además, destina $3.00 de cada certificación expedida por la Policía a financiar el sistema de retiro de sus miembros, canalizados a través del para el Retiro de la Policía. Afecta a proveedores de servicios generales y a la Policía, y beneficia al sistema de retiro policial.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida aborda las responsabilidades de la Policía de Puerto Rico y su sistema de retiro, temas directamente relacionados con la profesionalización y la integridad de la Uniformada, que han sido objeto de reformas federales y escándalos de corrupción. La para el retiro policial resalta la importancia de la estabilidad y las condiciones laborales de los agentes, un factor que históricamente se ha señalado como influyente en la conducta de la fuerza.
En qué va
La medida (PC 320) fue el 16 de marzo de 2026, tras ser el 10 de febrero de 2025 y pasar por varias comisiones legislativas y órdenes especiales.
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Última acción · 27 de abril de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (46)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar del Articulo 6 y 10 de la Ley Núm. 300-1999, según enmendada, conocida como “Ley de Verificación de Credenciales e Historial Delictivo de Proveedores a Niños, Personas con Impedimentos y Profesionales de la Salud”, con el objetivo de establecer una vigencia de tres (3) años para las certificaciones y hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley Núm. 300-1999 para extender la vigencia de las certificaciones de verificación de historial delictivo para proveedores de servicios a niños, personas con impedimentos y profesionales de la salud, de un (1) año a tres (3) años, siempre que el proveedor continúe prestando servicios en la misma entidad. También establece una revisión anual gratuita de estos proveedores y realiza correcciones técnicas a la ley.
Para enmendar los Artículos 3,4,10,11,12,13,14 y 15; derogar los Artículos 5 a 9 y renumerar los Artículos subsiguientes de la Ley Núm. 300-1999, según enmendada, conocida como “Ley de Verificación de Credenciales e Historial Delictivo de Proveedores a Niños, Personas con Impedimentos y Profesionales de la Salud”, a fin de atemperarla a la intención original de la ley con el objetivo de simplificar los procesos, reducir los costos y mejorar el acceso de la ciudadanía; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley Núm. 300-1999 para derogar artículos relacionados con el Sistema Integrado de Credenciales e Historial Delictivo (SICHDe) adscrito al Departamento de Salud, simplificar el proceso de verificación de antecedentes para proveedores de servicios a niños, personas con impedimentos y profesionales de la salud. Cambia la autoridad de expedición de certificaciones al Negociado de la Policía de Puerto Rico, elimina la facultad del Departamento de Salud para otorgar variaciones y exenciones regulatorias, y elimina el destino específico de multas recaudadas al SICHDe.
Para enmendar el Artículo 8 de la Ley Núm. 254 de 27 de julio de 1974, según enmendada, que confiere al Negociado de la Policía del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico la autoridad para emitir los denominados “certificados de antecedentes penales”, a los fines de disponer que corresponderá a dicho organismo gubernamental colectar y utilizar para cubrir gastos administrativos, aquellos dineros derivados del cobro de la expedición de los mismos; y para otros fines relacionados.
Este proyecto enmienda el Artículo 8 de la Ley Núm. 254 de 1974 para permitir que la Policía de Puerto Rico (PR) pueda destinar los fondos recaudados por la expedición física de certificados de antecedentes penales a cubrir sus gastos administrativos. Anteriormente, estos fondos se depositaban en el Fondo General del Gobierno. La medida afecta a la Policía de Puerto Rico y a los ciudadanos que solicitan certificados de forma presencial, permitiendo que la Policía gestione directamente estos ingresos para sus operaciones.
Para añadir un nuevo artículo 14 y reenumerar los actuales artículos 14, 15 y 16 como 15, 16 y 17 de la Ley 300-1999, según enmendada, conocida como la “Ley de Verificación de Credenciales e Historial Delictivo de Proveedores a Niños, Personas con Impedimentos y Profesionales de la Salud”; con el propósito de eximir a las Amas de Llave contratadas por municipios para brindar sus servicios de cualquier pago relacionado con las disposiciones y el cumplimiento de la Ley 300-199; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 726 buscaba enmendar la Ley 300-1999 para añadir un nuevo artículo que eximiera a las amas de llave contratadas por municipios del pago de los cargos asociados a la verificación de su historial delictivo. El propósito era facilitar el reclutamiento y retención de estos cuidadores, reconociendo su labor esencial para personas de edad avanzada y con impedimentos, aliviando la carga económica municipal.
Para enmendar el inciso (B) del Artículo 4 de la Ley 300-1999, según enmendada, conocida como “Ley de Verificación de Credenciales e Historial Delictivo de Proveedores a Niños, Personas con Impedimentos y Profesionales de la Salud”, añadir un inciso (3) y renumerar los incisos (3) a (23) como (4) a (24), respectivamente, del Artículo 10 de la Ley 151-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Gobierno Electrónico” a los fines de garantizar que la certificación otorgada por virtud de la Ley 300-1999, según enmendada, cumpla con las disposiciones de la Ley 151-2004, según enmendada, para que la expedición de la certificación de forma electrónica sea rápida y ágil; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 134 buscaba enmendar la Ley 300-1999 (verificación de antecedentes de proveedores de servicios a niños, personas con impedimentos y profesionales de la salud) y la Ley 151-2004 (Gobierno Electrónico). Su objetivo era agilizar la expedición de certificaciones requeridas por la Ley 300-1999 mediante la implementación de trámites electrónicos y formularios digitales, ordenando al Comisionado de la Policía coordinar con agencias para la emisión electrónica de estas certificaciones. Afectaba directamente a proveedores de servicios a poblaciones vulnerables y a las agencias encargadas de la verificación.
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