Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbnanismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Artículo 15 de la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico”, en relación con la preparación, adopción y presentación del Programa de Inversiones de Cuatro Años (PICA); requerir a la Junta de Planificación que presente el estado de los Programas de Inversiones correspondientes a los últimos 8 años (cubriendo al menos los períodos fiscales desde 2018 hasta el presente); identificar el cumplimiento de la obligación de actualización cada cuatro (4) años, incluyendo fechas de adopción, vistas públicas realizadas y recomendaciones enviadas al Gobernador; ordenar la presentación de un informe con recomendaciones legislativas y administrativas para garantizar el cumplimiento oportuno y la transparencia en este instrumento de planificación; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución del Senado 400 ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado realizar una investigación sobre el cumplimiento de la de la Junta de Planificación (Ley 75 de 1975) en la preparación y adopción del Programa de Inversiones de Cuatro Años (PICA). Requiere a la Junta de Planificación presentar los PICA de los últimos 8 años (desde 2018), detallar su actualización cuatrienal, , recomendaciones al Gobernador, y presentar un informe con recomendaciones legislativas y administrativas para mejorar el cumplimiento y la transparencia.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 400 fue el 15 de enero de 2026 y referida a comisión. Posteriormente, la Comisión de Asuntos Internos del Senado emitió un el 4 de junio de 2026, no recomendando su aprobación.
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Última acción · 26 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, llevar a cabo una investigación en torno al uso que los municipios, la Junta de Planificación, la Oficina de Gerencia de Permisos y las demás agencias públicas concernidas, le aplican a las exacciones por impacto que cobran, para sufragar gastos por la provisión de usos dotacionales de dominio público, incluyendo infraestructuras tales como carreteras, transporte colectivo, acueductos, alcantarillados sanitarios, energía eléctrica, teléfonos, puertos y aeropuertos, fuera o dentro de los límites del proyecto, como resultado directo de tal proyecto; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 131 ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico investigar cómo los municipios, la Junta de Planificación y la Oficina de Gerencia de Permisos utilizan las exacciones por impacto que cobran. Estas exacciones se supone que sufragan gastos de infraestructura pública (carreteras, acueductos, etc.) directamente relacionados con nuevos proyectos de desarrollo. La investigación debe determinar si estos fondos se destinan adecuadamente a mejoras o reparaciones de las facilidades públicas afectadas por dichos proyectos, en lugar de gastos recurrentes.
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el estatus legal, operacional, ambiental y contributivo de todas las canteras que operan en Puerto Rico; evaluar el cumplimiento con la reglamentación vigente; examinar la otorgación y fiscalización de permisos; analizar la capacidad institucional del Estado para atender la carga dinámica de fiscalización que implica la actividad extractiva; y rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un término no mayor de noventa (90) días; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 447 ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado realizar una investigación exhaustiva sobre las canteras en Puerto Rico. El encargo incluye evaluar su estatus legal, operacional, ambiental y contributivo, el cumplimiento de la reglamentación, la otorgación y fiscalización de permisos, y la capacidad institucional del Estado para supervisar estas actividades extractivas. Se exige un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de noventa (90) días.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 273, según aprobada el 29 de septiembre de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final.
Esta Resolución (R. del S. 402) enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 273 (R. del S. 273), aprobada el 29 de septiembre de 2025. Su propósito es extender el plazo para que la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado rinda su informe final sobre la Estación de Bombas Tanque Cerro Márquez. El nuevo plazo vence al cierre de la 3ra. Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa (30 de junio de 2026). Afecta directamente a la mencionada Comisión del Senado.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 129, según aprobada el 30 de junio de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final.
Esta Resolución (RS 315) enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 129 (RS 129), aprobada el 30 de junio de 2025. Su propósito es extender el plazo para que la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico rinda su informe final sobre el uso de exacciones por impacto. El nuevo plazo vence al cierre de la Segunda (2da) Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa.
Para ordenar a las Comisiones de Vivienda y Bienestar Social; y la de Salud del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la eficacia de los servicios, programas y capacidades que brinda el Gobierno de Puerto Rico para atender el sinhogarismo y su impacto en la salud mental de esta población, con el propósito de elaborar un plan estructurado que defina metas concretas orientadas a la prevención, el cuidado permanente y la reinserción social de las personas sin hogar.
La Resolución del Senado 453 propone ordenar a las Comisiones de Vivienda y Bienestar Social; y la de Salud del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la eficacia de los servicios, programas y capacidades gubernamentales para atender el sinhogarismo y su impacto en la salud mental. El propósito es elaborar un plan estructurado con metas concretas para prevención, cuidado permanente y reinserción social de personas sin hogar.
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