Qué propone
La Resolución del Senado 41 ordenaba a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El objetivo era obtener un panorama completo de los servicios gubernamentales dirigidos a adultos con diversidad funcional, enfocándose en la sostenibilidad de programas, accesibilidad y calidad de servicios, apoyo a cuidadores, y asistencia para el desarrollo e independencia de esta población. También buscaba evaluar el cumplimiento de las agencias con la política pública establecida.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 41 fue el 10 de febrero de 2025. Tras pasar por varias comisiones y informes, la Comisión de Asuntos Internos del Senado emitió un segundo el 2 de junio de 2026, no recomendando su aprobación por considerarla redundante ante legislación ya aprobada y en trámite.
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Última acción · 2 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la situación fiscal, administrativa y operacional de todos los componentes del Departamento de la Familia de Puerto Rico, en aras de mejorar los servicios que brinda dicha Agencia; conocer sus programas, necesidades y dificultades; y para otros asuntos relacionados.
La Resolución del Senado 56 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la situación fiscal, administrativa y operacional de todos los componentes del Departamento de la Familia. El objetivo es identificar programas, necesidades y dificultades para mejorar los servicios que brinda la agencia. Esta medida no crea derechos ni obligaciones, ni asigna fondos, sino que solicita un informe detallado.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento por parte de las entidades del Gobierno de Puerto Rico con las disposiciones de la Ley 229-2003, según enmendada, conocida como Ley para Garantizar el Acceso de Información a las Personas con Impedimentos, a los fines de identificar deficiencias en su implementación y formular las medidas correctivas necesarias.
La Resolución del Senado 130 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El propósito es evaluar el cumplimiento por parte de las entidades gubernamentales de Puerto Rico con la Ley 229-2003 (Ley para Garantizar el Acceso de Información a las Personas con Impedimentos). La investigación busca identificar deficiencias en la implementación de dicha ley y proponer medidas correctivas.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación para conocer el estado actual de los hogares de envejecientes de Puerto Rico, a los fines de auscultar el cumplimiento con la política pública establecida y el nivel de cumplimiento con ésta en aquellas instituciones autorizadas a prestar servicios a dicha comunidad, así como a las organizaciones que atienden las necesidades de esta población.
La Resolución del Senado 5 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el estado actual de los hogares de envejecientes en la isla. El objetivo es evaluar el cumplimiento de estas instituciones y las organizaciones de apoyo con la política pública vigente y los procesos de licenciamiento y regulación establecidos por el Departamento de la Familia. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos y recomendaciones.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación abarcadora sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley federal “Americans with Dissabilities Act” (ADA, por sus siglas en inglés), Ley Pública 101-336, y en la Ley 238-2004, según enmendada, denominada como “La Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos”, por parte del Gobierno de Puerto Rico, incluyendo los gobiernos municipales; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 251 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Gobierno de Puerto Rico, incluyendo municipios, con la ley federal 'Americans with Disabilities Act' (ADA) y la ley estatal 'Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos' (Ley 238-2004). La Comisión tiene 120 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación y análisis sobre la viabilidad de establecer un programa de Servicios de Asistencia Personal para Adultos Mayores; para que familiares o allegados puedan ser contratados para brindar servicios de cuidado a sus adultos mayores; y para auscultar la disponibilidad de fondos para ello en la Administración de Familias y Niños (ADFAN)
La Resolución del Senado 132 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación y análisis. El propósito es evaluar la viabilidad de crear un programa de Servicios de Asistencia Personal para adultos mayores, que permitiría contratar a familiares o allegados para su cuidado. Adicionalmente, la comisión debe investigar la disponibilidad de fondos para dicho programa en la Administración de Familias y Niños (ADFAN).
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