Para establecer la “Ley para la Exención del IVU en la Reposición de Inventario por Desastres Naturales”, donde se brinde una exención del pago de Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) en la reposición de inventario perdido por desastres naturales, disponer los mecanismos de certificación y control, y otros fines.”
Qué propone
Crea una ley que permite a comerciantes registrados en Hacienda solicitar una del IVU para comprar bienes equivalentes al inventario perdido o dañado durante una emergencia declarada por Puerto Rico o el Gobierno federal; la exención cubre inventario para la venta, no bienes para uso propio. Para solicitarla, exige evidencia de las pérdidas mediante informes de NMEAD o del municipio, un informe pericial certificado por un CPA o ajustador de seguros y, si aplica, copia de una reclamación al seguro; las compras deben hacerse dentro de seis meses del desastre. Hacienda tendría 30 días para resolver cada solicitud y, junto con Desarrollo Económico y Comercio, 90 días desde la aprobación para reglamentar; presentar información fraudulenta conlleva una multa de hasta $10,000 y posible procesamiento, y Hacienda determinaría las sanciones a proveedores que acepten la exención sin certificado. No ni otra ley y no asigna fondos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la historia del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) en Puerto Rico, que se estableció en 2006 y se elevó al 11.5% en 2015, convirtiéndose en uno de los más altos de Estados Unidos. La propuesta de eximir el IVU en la reposición de inventario por desastres naturales busca mitigar el impacto económico de estos eventos, reconociendo la carga que este impuesto regresivo representa para los comerciantes y, en última instancia, para los consumidores, en un contexto de alto costo de vida.
En qué va
El 16 de octubre de 2026 se radicó un proyecto sustitutivo con informe de comisión que recomienda aprobarlo y se remitió a la Comisión de Calendarios de la Cámara. La medida permanece pendiente de trámite.
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Última acción · 16 de octubre de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
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