Para crear la “Ley de Derecho a Reparar”, a los fines de establecer que será obligación de los fabricantes entregar a los consumidores y proveedor de reparaciones la documentación necesaria para diagnosticar y reparar el equipo adquirido; hacer disponible para la venta las piezas necesarias para reparar el equipo y los equipos necesarios para efectuar diagnósticos de reparación; y otros fines relacionados.
Qué propone
La medida crea la Ley de Derecho a Reparar, que obliga a los fabricantes de equipos electrónicos y vehículos motorizados a proveer a consumidores y talleres de reparación independientes la documentación técnica (manuales, diagramas, software), las piezas y las herramientas necesarias para diagnosticar y reparar los productos adquiridos. Estos recursos deben estar disponibles a precios y formatos justos y razonables, similares a los ofrecidos a sus propios técnicos autorizados. El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) tendrá 120 días para reglamentar la ley.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. de la C. 1102, fue el 2 de febrero de 2026 y referida a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes para su consideración.
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Última acción · 5 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley para la Protección de los Consumidores de Plataformas de Ventas en Línea o Marketplace”, a los fines de adoptar normas que promuevan la transparencia en las ventas en línea; requerir información que provea garantías de confiabilidad al consumidor; conferir autoridad al Departamento de Asuntos del Consumidor y al Departamento de Hacienda para adoptar la reglamentación correspondiente; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley para la Protección de los Consumidores de Plataformas de Ventas en Línea o Marketplace. Establece que las plataformas deberán requerir y verificar información de contacto, bancaria y contributiva de vendedores externos de alto volumen (definidos por volumen de ventas o ganancias en un período de tres meses). Se les exige divulgar esta información al consumidor y mecanismos para reportar actividades sospechosas. Los Departamentos de Asuntos del Consumidor y Hacienda tendrán 180 días para reglamentar y velar por el cumplimiento.
Para crear la “Ley para la Fiscalización de la Industria del Gas Licuado del Petróleo y el Gas Natural, en Protección de los Consumidores”; y para otros fines.
La medida crea la Ley para la Fiscalización de la Industria del Gas Licuado del Petróleo y el Gas Natural, en Protección de los Consumidores. Establece la obligación de desvincular operaciones de importadores/distribuidores mayoristas de negocios de venta al detal, impone la publicación de precios y la emisión de facturas detalladas a los consumidores, y exige reportes semestrales de precios y costos al DACO. Afecta a importadores, distribuidores mayoristas y detallistas de gas licuado, así como a los aproximadamente 600,000 hogares que dependen de este combustible.
Para crear la “Ley de Protección al Consumidor Solar”; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone crear la Ley de Protección al Consumidor Solar. Establece requisitos detallados para los contratos de instalación de sistemas solares, otorga a los consumidores un derecho de cancelación de tres (3) días hábiles tras la firma, y exige una garantía mínima de cinco (5) años para piezas, componentes, servicio y mano de obra. Afecta directamente a los consumidores que adquieren sistemas solares para sus residencias y a las compañías instaladoras de dichos sistemas.
Para establecer la “Ley del derecho a la desconexión digital” con el fin de reconocer a toda persona empleada su derecho a la desconexión de comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo fuera de horas laborales.
La medida propone la creación de la 'Ley del derecho a la desconexión digital' para establecer que ningún patrono pueda exigir a una persona empleada acceder a comunicaciones electrónicas laborales fuera de su horario, excepto en emergencias. Requiere que los patronos adopten una política escrita sobre uso de dispositivos electrónicos y notifiquen a los empleados sobre este derecho. Afecta a todos los empleados y patronos en Puerto Rico, con excepciones específicas para personal de confianza, de salud, de emergencia y seguridad pública.
Para añadir un nuevo Artículo 19-A a la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, con el fin de disponer la divulgación que deberá realizar una entidad al consumidor cuando utilice precios personalizados algorítmicos empleando datos personales específicos del consumidor; establecer las limitaciones; disponer multa administrativa; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa propone añadir un nuevo Artículo 19-A a la Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor (Ley Núm. 5 de 1973). El nuevo artículo exige que las entidades que utilicen algoritmos para fijar precios personalizados basados en datos específicos del consumidor realicen una divulgación clara y visible al consumidor. Establece una multa administrativa de entre $500 y $1,000 por violación. Afecta a cualquier entidad que ofrezca bienes o servicios en Puerto Rico y utilice esta práctica de fijación de precios algorítmicos personalizados.
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