Para enmendar el Artículo 2.08 de la Ley Núm. 158 2015, según enmendada, conocida como la “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de añadir un nuevo inciso II que disponga como facultad del Defensor de las Personas con Impedimentos la emisión de una certificación, en forma de un letrero distintivo, para instalaciones públicas y privadas que cumplan sustancialmente con los requisitos de accesibilidad establecidos en la Ley Federal Americans with Disabilities Act (ADA); y para otros fines relacionados.
Qué propone
El Proyecto de la Cámara 1117 enmendaba el Artículo 2.08 de la Ley Núm. 158-2015, conocida como la Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI). Proponía facultar al Defensor de las Personas con Impedimentos para emitir certificaciones oficiales, en forma de un letrero distintivo, a instalaciones públicas y privadas que cumplan sustancialmente con los requisitos de accesibilidad de la Ley Federal Americans with Disabilities Act (ADA). La DPI establecería mediante los criterios y procedimientos para esta certificación. El letrero serviría para informar al público sobre el cumplimiento, y su uso indebido estaría sujeto a sanciones administrativas. Afectaría a establecimientos que busquen esta certificación y a las personas con impedimentos que la usarían como guía.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 9 de febrero de 2026 en la Cámara de Representantes y referida a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social. Tras una el 8 de octubre de 2026, la comisión no recomendó su aprobación el 9 de octubre de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 9 de octubre de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Entra con tu correo para opinar, comentar y seguir esta medida. La primera vez se crea tu cuenta, gratis.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.