Qué propone
Esta medida la Ley 158-2015 para redenominar la Defensoría de las Personas con Impedimentos a 'Defensoría de las Personas con Impedimentos del Gobierno de Puerto Rico'. Modifica y uniforma el proceso de nombramiento del Consejo Directivo y extiende el término del Defensor(a) a diez (10) años, buscando mayor estabilidad y eficacia en la defensa de los derechos de esta población.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Ley 46-2025, fue el 10 de junio de 2025 y por el Senado el 25 de junio de 2025, siendo firmada por los Presidentes de ambos cuerpos el 30 de junio y 7 de julio de 2025, respectivamente, y el 7 de julio de 2025.
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Última acción · 10 de julio de 2025
Ley 46-2025
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Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 1.01, 2.02 y 2.06 de la Ley Núm. 158-2015, según enmendada, conocida como "Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", a los fines de redenominar dicha entidad; modificar y uniformar el proceso de nombramiento del Consejo Directivo; redefinir el término de duración en el cargo del Defensor(a) de las Personas con Impedimentos; y para otros fines relacionados.
La medida PS 607 enmienda la Ley Núm. 158-2015 para redenominar la Defensoría de las Personas con Impedimentos a 'Defensoría de las Personas con Impedimentos del Gobierno de Puerto Rico'. Modifica el proceso de nombramiento del Consejo Directivo, requiriendo que el Gobernador solicite y reciba recomendaciones de sectores gubernamentales y no gubernamentales antes de realizar nombramientos. Además, extiende el término del Defensor(a) de las Personas con Impedimentos a diez (10) años.
Para enmendar los Artículos 1.01, 1.02, 2.01, 2.02, 2.03, 2.04, 2.05, 2.06, 2.07, 2.08, 2.11, 2.13, 2.14, 3.01 y 4.01 de la Ley 158-2015, según enmendada, conocida como “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” a los fines de adoptar el término de “diversidad funcional” y sustituir la palabra “impedimentos” o “impedidos”; conceptos que resultan discriminatorios para esa población; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 321 busca enmendar múltiples artículos de la Ley 158-2015, conocida como la Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos, para sustituir los términos 'impedimentos' e 'impedidos' por 'diversidad funcional'. El propósito declarado es adoptar un lenguaje más inclusivo y menos discriminatorio para referirse a esta población. La medida afectaría la terminología utilizada en documentos oficiales, procesos legales y la percepción pública de las personas con discapacidades.
A favor (44)
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