Para crear el Programa de Revitalización “Corredor del Norte” con el propósito de transformar los cascos urbanos de los municipios desde Toa Alta hasta Quebradillas en distritos de uso mixto que integren vivienda asequible, comercio local y turismo cultural; establecer “Zonas de Incentivo Urbano” con beneficios fiscales para nuevos comercios; crear una oficina de permisos de “vía rápida” para proyectos de rehabilitación de estructuras abandonadas; implementar el rediseño de infraestructura vial bajo el modelo de “Calles Completas” y urbanismo táctico; establecer un sistema de transporte colectivo entre cascos urbanos; crear el sello “Identidad del Norte” para la especialización económica por distrito; establecer comités de gestión comunitaria; facultar a las agencias concernidas; asignar fondos; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La medida crea el Programa de Revitalización “Corredor del Norte” para transformar los cascos urbanos de municipios desde Toa Alta hasta Quebradillas en distritos de uso mixto. Establece Zonas de Incentivo Urbano con y de arbitrios por cinco años para nuevos comercios y rehabilitaciones, además de un crédito de hasta $200,000 para rehabilitar estorbos públicos. Crea una oficina de permisos de vía rápida adscrita a OGPe con un plazo de 30 días para resolver solicitudes, y exime de derechos de radicación a proyectos de vivienda asequible, coworking o comercio local en estructuras declaradas estorbo público. Implementa el modelo de “Calles Completas” y urbanismo táctico en la infraestructura vial, y ordena la creación de un sistema de transporte colectivo entre los cascos urbanos. Se crea el sello “Identidad del Norte” para especialización económica y comités de gestión comunitaria. Faculta a agencias como DDEC, DTOP, ATI, y Turismo, y autoriza la y para su implementación.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida busca revitalizar cascos urbanos municipales, lo que se inserta en el debate sobre la autonomía y capacidad de los municipios para gestionar su desarrollo, un tema central desde la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. La propuesta de incentivos fiscales y oficinas de permisos de vía rápida busca empoderar a los municipios, contrastando con los retos financieros que enfrentan por la eliminación del Fondo de Equiparación y la dependencia del .
En qué va
La medida, P. de la C. 1184, fue el 12 de marzo de 2026 y referida a las Comisiones de la Región Norte y de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes. Se han celebrado los días 12 y 19 de mayo de 2026.
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Última acción · 19 de mayo de 2026
: Salón de Audiencias #2
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para establecer la “Ley para la Revitalización de Viviendas Abandonadas a través de Créditos y Exenciones Contributivas en Puerto Rico”, a fin de proveer incentivos contributivos a las personas naturales, jurídicas, entidades u organizaciones sin fines lucrativos, cooperativas y corporaciones, que rehabiliten propiedades inmuebles abandonadas, así certificadas por el Departamento de la Vivienda y los municipios correspondientes, una vez realizado el debido proceso de ley, en áreas deterioradas para promover las viviendas asequibles; disponer objetivos; definiciones; criterios; designaciones; facultades y deberes; requisitos de elegibilidad de la propiedad inmueble y del propietario; administración y certificación; criterios de solicitud; incentivos; condiciones para el incentivo y exención; controles, fiscalización, penalidades y reversión; reglamentación; e informe de impacto fiscal.
Esta medida establece la "Ley para la Revitalización de Viviendas Abandonadas a través de Créditos y Exenciones Contributivas en Puerto Rico". Crea un programa para otorgar incentivos contributivos (exenciones y créditos fiscales) a personas naturales, jurídicas, cooperativas y organizaciones sin fines de lucro que rehabiliten propiedades inmuebles declaradas abandonadas y en estado de deterioro. El objetivo es promover la vivienda asequible, revitalizar áreas urbanas deterioradas y aumentar el inventario de viviendas, afectando a propietarios, desarrolladores y municipios.
Para establecer la “Ley del Programa de Repoblación Rural de Puerto Rico”; a los fines de crear un programa integral de incentivos para fomentar el establecimiento de residentes permanentes en los municipios de Lares, Utuado, Ciales, Adjuntas y Jayuya; proveer créditos hipotecarios, subsidios para jóvenes agricultores y condonación de préstamos estudiantiles; y para otros fines relacionados.
Esta medida, la "Ley del Programa de Repoblación Rural de Puerto Rico", crea un programa adscrito al Departamento de Agricultura para fomentar el establecimiento de residentes permanentes en Lares, Utuado, Ciales, Adjuntas y Jayuya. Establece créditos hipotecarios con tasas preferenciales (al menos 2 puntos por debajo del mercado) y eliminación de pronto pago, subsidios de hasta $25,000 para establecimiento y $1,500 mensuales por 24 meses para jóvenes agricultores, y condonación de hasta $50,000 de préstamos estudiantiles para profesionales agrícolas. Afecta directamente a personas interesadas en mudarse a estas zonas rurales, jóvenes agricultores y profesionales con deudas estudiantiles.
Para crear el Clúster de Infraestructura y Ciudades Inteligentes de Puerto Rico, adscrito a la Oficina del(la) Gobernador(a) de Puerto Rico, con el propósito de fomentar el desarrollo urbano sostenible, resiliente, digital y eficiente mediante la colaboración estratégica entre el gobierno, el sector privado, la academia y las organizaciones comunitarias; trazar sus objetivos; establecer su composición; disponer sus funciones, poderes y fuentes de financiamiento; y ordenar reglamentación.
Esta medida propone la creación de una nueva entidad gubernamental denominada el Clúster de Infraestructura y Ciudades Inteligentes de Puerto Rico. Dicha entidad estaría adscrita a la Oficina del Gobernador. Su propósito principal sería fomentar el desarrollo urbano bajo criterios de sostenibilidad, resiliencia, digitalización y eficiencia, promoviendo la colaboración entre el gobierno, el sector privado, la academia y las comunidades. La medida también detallaría sus objetivos, composición, funciones, poderes y fuentes de financiamiento, además de ordenar su reglamentación.
Para crear la “Ley de Rescate Municipal para tu Vivienda”, a los fines de desarrollar un programa que le otorgue financiamiento a los municipios en Puerto Rico para que puedan comprar propiedades abandonadas y deterioradas en sus respectivos cascos urbanos, rehabilitarlas y venderlas a un costo asequible para las y los jóvenes puertorriqueños pertenecientes a la clase trabajadora; establecer sus requisitos; separar doscientos cincuenta millones de dólares ($250,000,000) del Fondo de Reserva de Emergencia del Gobierno para viabilizar su implantación; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la Ley de Rescate Municipal para tu Vivienda, un programa que otorgaría préstamos de hasta $250,000,000 del Fondo de Reserva de Emergencia a los municipios para comprar, rehabilitar y vender propiedades abandonadas o deterioradas en sus cascos urbanos. El objetivo es facilitar la adquisición de estas propiedades a jóvenes trabajadores puertorriqueños (21-35 años) a un costo asequible, con la condición de que los municipios devuelvan los fondos prestados a la OGP y luego al Fondo de Reserva de Emergencia. La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) desarrollará la fórmula de distribución y un reglamento en 120 días.
Para crear la “Ley de Mitigación Natural para las Costas”, y ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a establecer en su reglamentación el uso en la zona costanera de estructuras de mitigación basadas en la naturaleza, costas vivas y alternativas de mitigación blandas como primera alternativa de mitigación para adaptar y proteger infraestructuras en riesgo o afectadas por erosión costera, inundaciones, entre otros eventos.
La medida crea la “Ley de Mitigación Natural para las Costas” y ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a establecer mediante reglamentación el uso prioritario de estructuras de mitigación basadas en la naturaleza (costas vivas, mitigación blanda) en la zona costanera. Esto aplica a proyectos que buscan adaptar y proteger infraestructuras contra erosión, inundaciones y otros eventos climáticos, estableciendo un orden de preferencia: primero mitigación natural, luego híbrida y finalmente dura como última opción.
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