Qué propone
Esta medida la Regla 23.1 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico para limitar el descubrimiento de prueba sobre borradores de informes de peritos y las comunicaciones entre abogados y peritos anunciados como testigos en casos civiles. Busca proteger este material como 'work product' del abogado, similar a la práctica en el derecho federal, revirtiendo una interpretación reciente del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Afecta directamente a las partes en litigios civiles, sus abogados y las personas peritas contratadas para testificar.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida (PC 13) fue el 2 de enero de 2025 y el 10 de marzo de 2025. Posteriormente, fue enviada al Senado, donde recibió su primera lectura el 13 de marzo de 2025 y fue referida a comisiones, con un informe rendido el 14 de agosto de 2025.
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Última acción · 14 de agosto de 2025
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el sub-inciso 1 del inciso C la Regla 23.1 de las Reglas de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, a los fines de establecer que los borradores de los informes preparados por las personas peritas, así como las comunicaciones entre el abogado y la persona perita están protegidas por la doctrina del producto del trabajo (work product) del abogado.
Esta medida enmienda la Regla 23.1(c)(1) de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico. Establece que los borradores de informes preparados por personas peritas y las comunicaciones entre abogados y peritos estarán protegidos por la doctrina del producto del trabajo del abogado (work product). Esto aplica a todos los litigios en Puerto Rico, afectando directamente a las partes, sus abogados y los peritos que contratan.
Para enmendar la Regla 9.3 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico, según enmendadas, a los fines de añadir los criterios a ser considerados por el tribunal cuando una parte solicite la descalificación de un abogado; y, para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Regla 9.3 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico para establecer criterios específicos que los tribunales deben considerar al evaluar una solicitud de descalificación de un abogado. Los criterios buscan guiar la discreción judicial, asegurando que la descalificación no se imponga a la ligera y distinguiendo entre solicitudes legítimas y aquellas presentadas con fines dilatorios. Afecta a todos los litigantes y abogados que comparecen ante los tribunales de Puerto Rico en casos civiles.
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