Qué propone
Esta medida la Regla 23.1(c)(1) de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico. Establece que los borradores de informes preparados por personas peritas y las comunicaciones entre abogados y peritos estarán protegidos por la doctrina del producto del trabajo del abogado (work product). Esto aplica a todos los litigios en Puerto Rico, afectando directamente a las partes, sus abogados y los peritos que contratan.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida, presentada como P. del S. 51, fue y luego por la Cámara de Representantes con . Tras ser enrolada y firmada por los presidentes de ambos cuerpos legislativos, fue el 20 de julio de 2026.
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Última acción · 20 de julio de 2026
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A favor (25)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar la Regla 23.1 de las de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, a fin de establecer limitaciones en el descubrimiento de prueba con respecto a: (1) borradores de informes de personas peritas anunciadas como testigos en un procedimiento judicial; (2) comunicaciones entre un representante legal de una parte y las personas peritas anunciadas como testigos en un procedimiento judicial; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Regla 23.1 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico para limitar el descubrimiento de prueba sobre borradores de informes de peritos y las comunicaciones entre abogados y peritos anunciados como testigos en casos civiles. Busca proteger este material como 'work product' del abogado, similar a la práctica en el derecho federal, revirtiendo una interpretación reciente del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Afecta directamente a las partes en litigios civiles, sus abogados y las personas peritas contratadas para testificar.
Para enmendar la Regla 60 de las de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, a los fines de aumentar de quince mil (15,000) a veinticinco mil (25,000) dólares, excluyendo los intereses, la cuantía máxima permisible en las reclamaciones judiciales tramitadas al amparo de la misma; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Regla 60 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico de 2009. Aumenta la cuantía máxima de reclamaciones que pueden ser atendidas bajo esta regla de $15,000 a $25,000, sin incluir los intereses. Esto afecta directamente a los litigantes y al sistema judicial al modificar el umbral monetario para ciertos tipos de solicitudes de alivio judicial.
En contra (1)
A favor (51)
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