Qué propone
La medida crea la "Ley de Preparación Universitaria y Acceso Equitativo a Oportunidades Académicas para estudiantes puertorriqueños". Establece el "Programa de Preparación Universitaria Temprana" adscrito al Departamento de Educación, con el fin de orientar y preparar a estudiantes del sistema público en procesos de admisión universitaria, ayudas económicas, becas y oportunidades académicas postsecundarias. Busca fortalecer destrezas de redacción, oratoria e inglés, y promover el acceso a exámenes como el SAT y cursos AP, así como actividades extracurriculares, especialmente para estudiantes de bajos ingresos o de zonas rurales.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 15 de junio de 2026 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 16 de junio de 2026, siendo referida a la Comisión de Educación para su análisis.
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Última acción · 16 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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Para crear la “Ley de Educación en Equidad y Prevención de la Violencia de Género en las Escuelas de Puerto Rico”; con el propósito de implantar un programa obligatorio y transversal de prevención de violencia de género en el currículo de escuelas intermedias y superiores del sistema de educación pública y privada en Puerto Rico; asignar fondos; y para otros fines relacionados.
La medida propone la creación de la "Ley de Educación en Equidad y Prevención de la Violencia de Género en las Escuelas de Puerto Rico". Su propósito es establecer un programa obligatorio y transversal para la prevención de la violencia de género en el currículo de todas las escuelas intermedias y superiores, tanto públicas como privadas en Puerto Rico. La ley también contempla la asignación de fondos para su implementación.
Para añadir el Artículo 4-A y enmendar los Artículos 13 y 14 de la Ley Núm. 1 de 20 de enero de 1966, según enmendada, conocida como “Ley de la Universidad de Puerto Rico”, a fin de establecer el “Programa para la Reconversión Universitaria y Educación Continua de Adultos Trabajadores en la Universidad de Puerto Rico”; crear la División Universitaria para Adultos Trabajadores (DUAT-UPR); declarar política pública; establecer programas académicos flexibles y virtuales dirigidos a personas de veinticinco (25) años o más; establecer criterios de elegibilidad; desarrollar un modelo de matrícula y horarios adaptados a la realidad laboral; ordenar informes y la promoción y divulgación del programa; instituir el Fondo Especial de Ingresos Propios; añadir definiciones; y disponer reglamentación.
La medida propone añadir un nuevo Artículo 4-A y enmendar los Artículos 13 y 14 de la Ley de la Universidad de Puerto Rico (Ley Núm. 1 de 1966). Busca crear el 'Programa para la Reconversión Universitaria y Educación Continua de Adultos Trabajadores en la Universidad de Puerto Rico' y una 'División Universitaria para Adultos Trabajadores (DUAT-UPR)'. El programa estaría dirigido a personas de 25 años o más, con programas académicos flexibles, virtuales, y modelos de matrícula y horarios adaptados a su realidad laboral. También se instituye un Fondo Especial de Ingresos Propios.
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