Qué propone
La medida el inciso (l) del Artículo 5 de la Ley Núm. 115 de 1976 para reconocer automáticamente como proveedores de educación continua certificados a instituciones educativas que estén licenciadas por la Junta de Instituciones Postsecundarias de Puerto Rico y acreditadas ante el Departamento de Educación de EE.UU. por al menos cinco (5) años, siempre que ofrezcan el programa de formación de peritos electricistas. Esto las exime de someter sus cursos a evaluación y autorización previa de la Junta Examinadora de Peritos Electricistas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida (P. de la C. 1457) fue el 24 de septiembre de 2026 y referida a comisión en la Cámara de Representantes el 28 de septiembre de 2026, tras aparecer en Primera Lectura.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 28 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
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