Para crear la “Ley del Registro Único de Deudas No Contributivas Cobrables y Recobro de Pagos Gubernamentales”; añadir los nuevos Artículos 12-A, 12-B, 12-C, 12-D, 12-E, 12-F, 12-G y 12-H a la Ley Núm. 230 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de crear un registro centralizado de deudas no contributivas cobrables administrado por el Departamento de Hacienda; establecer requisitos de certificación, notificación verificable, objeción, compensación, retención de reintegros, descuentos de nómina, controles para evitar pagos indebidos, protección de datos, referidos judiciales y recobro de deudas; añadir un nuevo inciso (E) al párrafo (2) del apartado (a) de la Sección 6021.02 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, para autorizar la retención de reintegros, pagos en exceso, créditos reintegrables e incentivos pagaderos por el Departamento de Hacienda cuando exista deuda no contributiva certificada; añadir un nuevo Artículo 43-A a la Ley Núm. 73-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”; añadir un nuevo inciso Q al Artículo 5 de la Ley Núm. 237-2004, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer Parámetros Uniformes en los Procesos de Contratación de Servicios Profesionales y Consultivos para las Agencias y Entidades Gubernamentales del ELA”, para requerir verificación de deudas certificadas y cláusulas uniformes de compensación contractual; establecer una disposición transitoria de depuración de deuda histórica; disponer revisión reglamentaria, cláusula de cumplimiento, separabilidad y vigencia escalonada; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La medida propone crear, dentro de la Ley de Contabilidad del Gobierno, un registro centralizado de deudas no contributivas cobrables administrado por el Departamento de Hacienda, mediante ocho artículos nuevos. El título describe mecanismos de certificación, notificación, objeción, compensación, retención de reintegros, descuentos de nómina y recobro judicial, pero no permite precisar sus requisitos ni procedimientos. También propone el Código de Rentas Internas para permitir retener reintegros y otros pagos de Hacienda por deudas certificadas, y añadir requisitos de verificación de deudas y cláusulas de compensación en compras y contratos de servicios profesionales. Afectaría a las agencias que reporten o cobren deudas y, según los mecanismos que finalmente disponga el articulado, a personas y entidades deudoras o que reciban pagos gubernamentales; el título también menciona una depuración de deuda histórica y una vigencia escalonada.
Intereses en juego
En qué va
El 22 de octubre de 2026 fue , apareció en primera lectura de la Cámara y fue referida a comisión; continúa .
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Última acción · 22 de octubre de 2026
Referido a Comisión(es)
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