Qué propone
Esta medida busca la Ley 271-2002 (Ley del Perpetuo para las Comunidades Especiales) y la Ley 10-2017 ( de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico, OSDC). Principalmente, otorga al Director Ejecutivo de la OSDC la facultad de emitir certificaciones para la inscripción y transferencia de derechos o titularidad de inmuebles. También ordena la inscripción de la escritura constitutiva del Fideicomiso Perpetuo en el Registro de Fideicomisos de la Rama Judicial. Afecta directamente la administración y registro de propiedades asociadas a estos programas.
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Última acción · 27 de junio de 2023
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 2, 7 y 13, de la Ley 271-2002, según enmendada, mejor conocida como Ley del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales; añadir incisos "ñ", "0” y "p" al Artículo 3.4 de la Ley 10-2017, según enmendada, mejor conocida como Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico; a los fines de conceder al Director Ejecutivo de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico la facultad de emitir certificaciones para la inscripción, así como para la transferencia de derechos o de la titularidad de inmuebles; ordenar la inscripción de la escritura constitutiva del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales en la Oficina de Inspección de Notarías del Tribunal Supremo de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales (Ley 271-2002) y la Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario (ODSEC, Ley 10-2017). Designa al Director Ejecutivo de la ODSEC como fiduciario del Fideicomiso y le otorga la facultad de emitir certificaciones para la inscripción y transferencia de derechos o titularidad de inmuebles. Estas certificaciones son suficientes para la inscripción registral, eximiendo requisitos como el tracto, y exime a las entidades de pagar varios derechos y aranceles. También ordena la inscripción de la escritura constitutiva del Fideicomiso en la Oficina de Inspección de Notarías del Tribunal Supremo y transfiere propiedades de otros departamentos al Fideicomiso mediante este mecanismo.
Para enmendar los Artículos 3.4 y 5.3 e insertar los nuevos Artículos 5.4, 5.5, 5.6, 5.7, 5.8 y 5.9 a la Ley Núm. 10-2017, según enmendada, conocida como, “Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico,” a los fines de conceder al Director Ejecutivo de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico (ODSEC), la facultad de emitir certificaciones para la inscripción en el Registro de la Propiedad y de transferir derechos o la titularidad de bienes inmuebles; crear un Fondo de Reinversión Social de Puerto Rico y definir sus funciones; además de establecer un proceso expedito de entrega de títulos de propiedad a familias de comunidades rezagadas de todo Puerto Rico, enfocar los esfuerzos para combatir la pobreza en todas sus dimensiones, fortalecer y alinear la estructura gubernamental en beneficio de las poblaciones vulnerables; transferir todos los activos del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales a la Oficina de Desarrollo Socio Económico y Comunitario de Puerto Rico; derogar la Ley Núm. 271-2002, según enmendada, conocida como, “Ley del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales”; y para otros fines relacionados.
Intereses en juego
En qué va
La medida PC 1706 fue el 21 de abril de 2023 y de Puerto Rico el 23 de junio de 2023. Actualmente, se encuentra en trámite en el Senado, donde fue referida a comisión tras su primera lectura el 27 de junio de 2023.
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Esta medida enmienda la Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico (ODSEC) para transferirle todos los activos del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales y derogar la ley que lo creó. Otorga al Director Ejecutivo de ODSEC la facultad de emitir certificaciones para la inscripción y transferencia de bienes inmuebles, crea un Fondo de Reinversión Social de Puerto Rico, y establece un proceso expedito para la entrega de títulos de propiedad a familias de comunidades rezagadas, buscando combatir la pobreza y fortalecer la estructura gubernamental para poblaciones vulnerables.
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