Qué propone
La medida propone el Código de Rentas Internas y la Carta de Derechos del Veterano para otorgar una del pago de arbitrios en la compra de un automóvil a veteranos y miembros activos o tradicionales de la Guardia Nacional de Puerto Rico. Esta exención, limitada a $10,000, aplica a vehículos ensamblados parcial o totalmente por compañías estadounidenses. La exención no aplica a miembros voluntarios de la Guardia Estatal.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en el debate histórico sobre el sistema contributivo de Puerto Rico, que ha evolucionado desde impuestos sobre ingresos y arbitrios hasta el IVU. La propuesta de de arbitrios para veteranos busca aliviar la carga contributiva en un contexto de alto costo de vida, una preocupación constante para el consumidor puertorriqueño.
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 337, fue el 18 de febrero de 2025 y referida a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes el 20 de febrero de 2025, tras aparecer en Primera Lectura.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 20 de febrero de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para añadir un inciso (f) a la Sección 3030.17 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de conceder una exención parcial del pago de arbitrios en la introducción de automóviles adquiridos por soldados que terminen su servicio activo y regresen a Puerto Rico, así como reservistas y guardias nacionales puertorriqueños activados y movilizados, por un periodo mayor de 180 días, a zonas de combate fuera de los Estados Unidos, y para otros fines relacionados.
La medida, Proyecto de la Cámara 851, propone enmendar el Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para añadir un inciso (f) a la Sección 3030.17. Concede una exención parcial del 75% en el pago de arbitrios para la introducción de un automóvil adquirido por soldados que concluyen su servicio activo y regresan a Puerto Rico, así como reservistas y miembros de la Guardia Nacional movilizados por más de 180 días a zonas de combate fuera de EE.UU. La exención aplica a un vehículo por persona y hasta un valor de $45,000.
Para enmendar el inciso (c) de la Sección 3030.07 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico", a los fines de aumentar el tope en la exención en el pago de arbitrios sobre vehículo de motor provistos a veteranos con impedimento; reducir el término por el cual se obliga a retener dicho vehículo; y para otros fines relacionados.
La medida, Proyecto de la Cámara 823, enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico para duplicar el tope de exención de arbitrios sobre vehículos de motor para veteranos con impedimentos, de $5,000 a $10,000. También reduce el periodo mínimo que deben poseer el vehículo para mantener la exención, de seis (6) a cuatro (4) años. Afecta directamente a veteranos con discapacidades que adquieran vehículos adaptados y al Departamento de Hacienda, que deberá promulgar o atemperar reglamentación para su implementación.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.