Qué propone
La medida crea el “Programa de Servicio de Empleo para Convictos y Ex Convictos” bajo la Secretaría Auxiliar de Adiestramiento y Promoción de Empleo (SAAPE) del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. Establece que el programa facilitará la búsqueda de empleo para ex convictos y convictos cumpliendo pena en la libre comunidad, mediante la creación de formularios de solicitud, evaluación de candidatos, ayuda en la confección de resúmenes, oferta de empleos cualificados, provisión de herramientas tecnológicas para solicitudes y búsqueda de colaboración de patronos. El Secretario del Departamento del Trabajo tendrá 90 días para adoptar la necesaria.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida legislativa (PC 579) fue la Cámara de Representantes el 5 de mayo de 2025 y referida a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales. Actualmente se encuentra en trámite legislativo .
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Última acción · 5 de mayo de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley de Transición y Reitegración Laboral de Policías Estatales Retirados de Puerto Rico”; establecer el Programa de Transición y Reintegración Laboral de Policías Estatales Retirados de Puerto Rico, adscrito al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, delinear sus objetivos y criterios de elegibilidad; crear el Comité Interagencial y Multidisciplinario a cargo de la implementación del Programa y establecer su composición, facultades y deberes; entre otros fines relacionados.
Esta medida crea la Ley de Transición y Reintegración Laboral de Policías Estatales Retirados de Puerto Rico. Establece un programa adscrito al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), en coordinación con la Policía de Puerto Rico (PPR), el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) y la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA). El programa ofrecerá apoyo laboral, económico y de salud mental a policías que se retiren o estén próximos a hacerlo, y crea un Comité Interagencial para su implementación.
Para crear la “Ley del Programa de Rehabilitación Educativa Comunitaria Correccional (PRECC)”; establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico la implementación del modelo de Rehabilitación Educativa Comunitaria Correccional en aquellas instituciones penales que así lo entienda pertinente el Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea la Ley del Programa de Rehabilitación Educativa Comunitaria Correccional (PRECC). Establece como política pública la implementación de este modelo de rehabilitación en instituciones penales, a discreción del Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). El programa permitirá que confinados seleccionados, bajo supervisión, visiten comunidades para identificar necesidades y desarrollar iniciativas para abordarlas, como parte de su proceso de rehabilitación y posible reducción de sentencia. Afecta directamente a la población confinada elegible, al personal del DCR, a estudiantes universitarios en prácticas y a las comunidades donde se implementen los proyectos.
Para enmendar el inciso (j) del Artículo 33 del Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011, Plan de Reorganización Número 2 de 21 de noviembre de 2011, según enmendado, a los fines de crear un Registro de Acuerdos Colaborativos bajo el Programa de Empresas, Adiestramientos, Trabajo y Cooperativas (PEATC); establecer mecanismos de documentación, evaluación, transparencia y divulgación pública de dichos acuerdos; disponer la rendición de informes anuales comprensivos al Gobernador(a) de Puerto Rico y a la Asamblea Legislativa; y para otros fines relacionados
La medida enmienda el inciso (j) del Artículo 33 del Plan de Reorganización Número 2 de 2011 del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). Crea un Registro de Acuerdos Colaborativos bajo el Programa de Empresas, Adiestramientos, Trabajo y Cooperativas (PEATC), detallando su naturaleza, vigencia, recursos y resultados. Establece la publicación electrónica de este registro para transparencia y fiscalización pública, y exige un informe anual comprensivo al Gobernador y la Asamblea Legislativa. Afecta directamente al DCR, al personal del PEATC, a las entidades colaboradoras y a la población correccional que participa en estos programas.
Para crear la “Ley de Emprendimiento para Personas Próximas a Reinsertarse”; establecer un programa de capacitación empresarial, mentoría, asistencia técnica y acompañamiento post-excarcelación para miembros de la población correccional a quienes les resten doce (12) meses o menos para extinguir su pena; disponer la coordinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio y entidades colaboradoras; establecer criterios de elegibilidad, salvaguardas, mecanismos de seguimiento e informes; disponer que su implantación se realizará mediante recursos existentes, acuerdos colaborativos, fondos federales permisibles y alianzas voluntarias; y para otros fines relacionados.
La Ley de Emprendimiento para Personas Próximas a Reinsertarse crea un programa adscrito al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), en coordinación con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). El programa ofrecerá capacitación empresarial, mentoría y asistencia técnica a personas en la población correccional que les resten 12 meses o menos para extinguir su pena. Su implementación se basará en recursos existentes, acuerdos colaborativos y fondos federales, sin crear nuevas estructuras administrativas ni obligaciones de financiamiento directo.
Para disponer que los confinados en el sistema correccional de Puerto Rico podrán ser empleados mediante el sistema de empleo remoto; ordenar al Departamento de Corrección y Rehabilitación a aprobar la reglamentación necesaria para implementar este mandato; establecer requisitos y cualificaciones para participar del programa; y disponer sobre otros asuntos relacionados.
La Ley de Empleo Remoto para Confinados de Puerto Rico establece un programa para que personas confinadas puedan trabajar a distancia desde las instituciones correccionales. Ordena al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) a crear la reglamentación necesaria en un plazo de 180 días y a coordinar con entidades externas para crear plazas laborales. Define requisitos de conducta, historial delictivo, capacitación y evaluaciones para la participación, y establece que los confinados recibirán remuneración, parte de la cual podrá ser destinada a gastos institucionales.
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