Qué propone
Esta medida crea la "Ley de Transición y Reintegración Laboral de Policías Estatales de Puerto Rico" y establece un programa adscrito al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. El programa busca ofrecer apoyo en la transición laboral, económica, de salud mental y emocional a los policías retirados, mediante la creación de un Comité Interagencial y Multidisciplinario para su implementación.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 569, fue el 1 de mayo de 2025 y el 27 de abril de 2026. Posteriormente, fue enviada al Senado, donde se encuentra referida a comisiones para su consideración.
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Última acción · 29 de junio de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
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A favor (48)
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Para crear el “Programa de Servicio de Empleo para Convictos y Ex Convictos” bajo la Secretaría Auxiliar de Adiestramiento y Promoción de Empleo (SAAPE) del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos; establecer sus deberes y responsabilidades; facultar al Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos a adoptar la reglamentación necesaria para tales propósitos; y para otros fines relacionados.
La medida propone la creación del “Programa de Servicio de Empleo para Convictos y Ex Convictos” bajo la Secretaría Auxiliar de Adiestramiento y Promoción de Empleo (SAAPE) del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH). Este programa tendrá deberes y responsabilidades específicas para facilitar la inserción laboral de personas convictas y ex convictas. Se faculta al Secretario del DTRH a adoptar la reglamentación necesaria para su implementación, afectando directamente a esta población vulnerable y al DTRH en su rol de ejecutor.
Para enmendar el subinciso 3 del inciso (b) de la Sección 3 de la Sección 92 de Ley 40-2020, según enmendada, conocida “Ley del Fideicomiso para el Retiro de la Policía”, a los fines de disponer que no se descontará o ajustará la compensación individual que se remite anualmente a los Miembros Elegibles Retirados de la Policía de Puerto Rico proveniente de la distribución de este Fideicomiso por razón de los ingresos o pagos recibidos por concepto del Seguro Social, en conformidad con el marco legal vigente federal; así como para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 40-2020, conocida como la "Ley del Fideicomiso para el Retiro de la Policía", para prohibir explícitamente que los pagos anuales que reciben los miembros elegibles retirados de la Policía de Puerto Rico provenientes de dicho Fideicomiso sean descontados o ajustados debido a los ingresos que estos perciban por concepto del Seguro Social federal. El objetivo es asegurar que los retirados reciban la totalidad de su compensación del Fideicomiso sin penalización por sus beneficios del Seguro Social, alineándose con cambios en la política federal.
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