Qué propone
La medida la Ley 184-1996, conocida como el Programa de Internado Legislativo Jorge Alberto Ramos Comas. Busca profesionalizar a los participantes para facilitar su inserción laboral, aumenta de uno (1) a dos (2) el número de candidatos que cada legislador puede nominar por semestre, y permite que los miembros de la Comisión Conjunta de Internado Legislativo nominen hasta cinco (5) candidatos por semestre. Afecta directamente a estudiantes universitarios y a los miembros de la Asamblea Legislativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Proyecto de la Cámara 715 fue el 11 de junio de 2025 y referido a la Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes tras su primera lectura el 12 de junio de 2025.
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Última acción · 12 de junio de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Artículo 6 de la Ley 184-1996, según enmendada, a los fines de eliminar cualquier ambigüedad sobre los requisitos de créditos completados para los estudiantes de nivel subgraduado y nivel postgraduado que pretendan participar en el Programa de Internado Legislativo Jorge Alberto Ramos Comas.
Esta medida legislativa enmienda el Artículo 6 de la Ley 184-1996 para clarificar los requisitos de créditos completados para estudiantes que deseen participar en el Programa de Internado Legislativo Jorge Alberto Ramos Comas. Específicamente, elimina la ambigüedad sobre si el requisito de haber completado la mitad o más de los créditos universitarios aplica a estudiantes de nivel postgraduado, estableciendo que para estos últimos solo se requiere estar matriculados en dicha institución.
Para enmendar el Artículo 7 de la Ley 187-2024 conocida como la "Ley de Internados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico" para incluir un núnimo de dos (2) estudiantes dotados en sus requisitos; y para oh·os fines relacionados.
Esta medida, que se convirtió en la Ley 184-2025, enmienda el Artículo 7 de la Ley 187-2024 (Ley de Internados del Gobierno). Añade como requisito obligatorio que los programas de internado gubernamental incluyan un mínimo de dos (2) estudiantes dotados, definidos según la Ley 217-2018 (CI igual o mayor de 130, con capacidades excepcionales). Afecta directamente a las agencias que ofrecen internados y a los estudiantes que buscan participar en ellos, garantizando un cupo para este grupo específico.
“Para establecer el “Programa de Internado Ejecutivo Luis A. Ferré” adscrito a la Oficina del Gobernador de Puerto Rico; constituir el cargo de Director del Programa de Internado Ejecutivo y Jóvenes Voluntarios de la Oficina del Gobernador que tendrá la responsabilidad de la organización y funcionamiento del Programa y para otros fines relacionados.”
Establecer mediante ley el "Programa de Internado Ejecutivo Luis A. Ferré" adscrito a la Oficina del Gobernador de Puerto Rico. Crea el cargo de Director del Programa de Internado Ejecutivo y Jóvenes Voluntarios de la Oficina del Gobernador, responsable de su organización y funcionamiento. Faculta al Director para establecer criterios de selección de participantes y dispone la elaboración de un reglamento interno. La medida afecta a estudiantes universitarios y de posgrado que buscan experiencia práctica en la Rama Ejecutiva, así como a la estructura administrativa de la Oficina del Gobernador.
Para derogar la Ley Núm. 66-2005, que estableció el Programa Laboral Santiago Iglesias Pantín en la Asamblea Legislativa; y reasignar a la Oficina de Servicios Legislativos el balance de los fondos disponibles.
Esta medida legislativa deroga la Ley Núm. 66-2005, que estableció el Programa de Internado Laboral Santiago Iglesias Pantín en la Asamblea Legislativa. Además, reasigna el balance de fondos disponibles de dicho programa, que asciende a $79,705, a la Oficina de Servicios Legislativos para sufragar sus gastos de funcionamiento. La medida afecta directamente a estudiantes que podrían haber participado en este programa específico y a la Oficina de Servicios Legislativos, que recibirá los fondos.
Para crear la “Ley de Preparación Universitaria y Acceso Equitativo a Oportunidades Académicas para estudiantes puertorriqueños”; establecer un programa de orientación temprana sobre procesos de admisión universitaria dentro y fuera de Puerto Rico; fortalecer el desarrollo de destrezas de redacción, oratoria y comprensión de inglés; promover el acceso a exámenes estandarizados y cursos de nivel avanzado (específicamente el SAT y clases AP) y actividades extracurriculares; disponer sobre la capacitación de consejeros y personal escolar; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley de Preparación Universitaria y Acceso Equitativo a Oportunidades Académicas para estudiantes puertorriqueños", estableciendo un Programa de Preparación Universitaria Temprana adscrito al Departamento de Educación. Este programa ofrecerá orientación continua a estudiantes de octavo a duodécimo grado sobre procesos de admisión universitaria, ayudas económicas, becas, y preparación para exámenes estandarizados. También incluye capacitación para el personal escolar y fomenta alianzas colaborativas, afectando directamente a estudiantes del sistema público, el personal educativo y el Departamento de Educación.
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