Qué propone
Crear la "Ley de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico", una nueva entidad con autonomía fiscal y administrativa, separándola del Departamento de Seguridad Pública (DSP). La medida busca definir sus funciones, deberes, estructura y personal, derogando disposiciones de la Ley 20-2017 para excluir al Negociado de Manejo de Emergencias del DSP y eliminar burocracia operacional.
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Última acción · 16 de abril de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
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Para crear la “Ley del Sistema de Emergencias 9-1-1”, definir sus funciones y deberes, asignar los recursos necesarios para su constitución y operación, garantizar que el uso de los fondos recibidos para el Sistema de Emergencias 9-1-1 se utilicen de acuerdo con la regulación federal vigente, prohibir el uso de dichos fondos para propósitos contrarios a esta legislación, disponer su independencia fiscal y administrativa, enmendar los Artículos 1.06 y 1.16, así como derogar el Capítulo 4 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública”, a los fines de excluir al Negociado del Sistema de Emergencias 9-1-1 de dicho departamento, eliminando la burocracia operacional en la que se encuentra que afecta el debido descargue de sus deberes y la prestación de este servicio público, en específico en cuanto a la aprobación de contratos de servicios esenciales para su debido funcionamiento y el que pueda agilizar el reclutamiento de empleados(as) para mejorar el tiempo de llamadas en espera y el tiempo de respuesta, entre otros asuntos; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la "Ley del Sistema de Emergencias 9-1-1" como una entidad fiscal y administrativamente independiente del Departamento de Seguridad Pública (DSP). Busca definir sus funciones, asignar recursos, garantizar el uso adecuado de fondos federales, y establecer una Junta Directiva. Esto implicaría la separación del Negociado del 9-1-1 del DSP, alterando su estructura organizacional actual y sus procesos de contratación y reclutamiento.
Para derogar la Ley 20-2017, conocida como la “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”; reestablecer las disposiciones de la Ley 53-1996, según enmendada, conocida como “Ley de la Policía de Puerto Rico; restablecer las disposiciones de la Ley Núm. 43 de 21 de junio de 1988, según enmendada, conocida como “Ley del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico”; restituir las disposiciones de la Ley 211-1999, según enmendada, conocida como “Ley de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico”; restituir las disposiciones de la Ley 539-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Cuerpo de Emergencias Médicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; restablecer las disposiciones de la Ley 144-1994, según enmendada, conocida como “Ley de Llamadas 9-1-1”; restituir las disposiciones del Capítulo III del Plan 5-2011, mejor conocido como “Plan de Reorganización del Departamento de Justicia de 2011”; restituir las disposiciones del Plan de Reorganización 2-1993, según enmendado, conocido como “Comisión de Seguridad y Protección Pública”; disponer sobre los fondos federales que pudieron estar en riesgo por la aprobación del Departamento de Seguridad Pública mediante la Ley 20-2017; disponer sobre los empleados del Departamento de Seguridad Pública; disponer sobre las propiedades y equipos del Departamento de Seguridad Pública; establecer las transferencias de poderes y responsabilidades del DSP; derogar y disolver la Junta de Evaluación Médica, el Comité Ejecutivo de Seguridad de Puerto Rico y la Oficina de Manejo de Información de Seguridad; y para otros fines.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la discusión sobre la respuesta a desastres naturales y la gestión de emergencias en Puerto Rico, un tema que cobró relevancia tras el huracán María en 2017 y los terremotos de 2020. La propuesta de crear una agencia independiente refleja la crítica histórica a la burocracia y la ineficacia en la coordinación de la ayuda y la recuperación, buscando agilizar procesos que fueron cuestionados en crisis anteriores.
En qué va
El Proyecto de la Cámara 842 fue el 9 de septiembre de 2025 y tuvo su primera lectura en la Cámara el 11 de septiembre de 2025. Fue referido a comisión y, tras una el 16 de abril de 2026, la Comisión de Gobierno emitió un , no recomendando su aprobación.
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Esta medida propone derogar la Ley 20-2017, que creó el Departamento de Seguridad Pública (DSP), y restituir las leyes y planes de reorganización originales que regían a la Policía de Puerto Rico, el Cuerpo de Bomberos, Emergencias Médicas, Manejo de Emergencias, el Sistema 9-1-1, el Instituto de Ciencias Forenses y el Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) como entidades separadas. Busca devolver la autonomía administrativa y operativa a estas agencias, reestableciendo sus estructuras de mando y presupuestos independientes. También aborda la transferencia de fondos federales, personal, propiedades y equipos, y la disolución de juntas y comités creados bajo la Ley 20-2017.
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