Qué propone
La medida propone la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para obligar al Secretario de Educación a adoptar e implementar un curso de ética y civismo en todos los niveles escolares (elemental, intermedio y superior). Este curso deberá cubrir ética gubernamental, laboral y social. El Secretario podrá colaborar con varias agencias y deberá producir informes estadísticos anuales sobre el impacto del curso en el rendimiento académico y la conducta estudiantil, los cuales se remitirán al Gobernador y la Asamblea Legislativa. La ley entrará en vigor inmediatamente tras su aprobación.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida propone la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, para incluir un curso de ética y civismo. Los fragmentos históricos contextualizan esta ley, que reconfiguró el sistema K-12, introdujo las escuelas chárter y vales educativos, y ha sido objeto de disputas sobre su constitucionalidad y efectividad.
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 865, fue el 17 de septiembre de 2025 y referida a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes el 18 de septiembre de 2025.
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Última acción · 18 de septiembre de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Artículo 1.02 d (10) y e (12); añadir nuevos incisos 6, 7, 8, 11, 19, 24, 35, 44, 66 y 67 al Artículo 1.03, y renumerar los subsiguientes; añadir un nuevo subinciso 69 al Artículo 2.04 (b); añadir un nuevo Artículo 6.10 y 6.11; y enmendar el Artículo 9.05 (j) de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de ordenar el establecimiento de un currículo de enseñanza de carácter y valores en las escuelas del sistema público; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 85-2018, 'Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico', para ordenar la integración de la educación del carácter y los valores en el currículo de las escuelas públicas del sistema. Crea nuevas definiciones y artículos que establecen pilares y guías para esta educación, adscribiendo su implementación y supervisión al Secretario de Educación y a un Comité Asesor de Educación de Carácter, el cual operará bajo la dirección del Oficial de Cumplimiento establecido por la Ley 10-2025. Afecta directamente a estudiantes, padres, maestros y al Departamento de Educación.
Para añadir un nuevo Artículo 9.09 a la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", con el propósito de ordenar al Secretario del Departamento de Educación que diseñe e integre en el currículo general del grado duodécimo (12) de todas las escuelas superiores ocupacionales de Puerto Rico cursos electivos en materia de Historia y Estudios Sociales; incluyendo cursos de Historia de los Estados Unidos, Sociología, Economía, Relaciones Obrero-Patronales, Derecho Laboral, Procesos Electorales, entre otros, que tenga a bien aprobar el personal cualificado del Departamento de Educación; reenumerar los actuales Artículos 9.09 y 9.10 de la Ley Núm. 85-2018, supra, como Artículos 9.10 y 9.11, respectivamente; establecer la facultad de reglamentación; y para otros fines relacionados.
La medida añade un nuevo Artículo 9.09 a la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018). Ordena al Secretario del Departamento de Educación a diseñar e integrar cursos electivos de Historia y Estudios Sociales en el duodécimo grado de todas las escuelas superiores ocupacionales. Estos cursos, que incluyen Historia de EE.UU., Sociología, Economía, y Derecho Laboral entre otros, deberán estar disponibles a partir del año escolar 2026-2027, pudiendo ser presenciales o en línea. La ley también renumeró artículos existentes y autoriza al Secretario a adoptar reglamentos.
Para añadir un nuevo subinciso 69 al inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de disponer para que el Secretario del Departamento de Educación establezca en el currículo del nivel superior, un curso compulsorio de educación vial de un semestre como requisito de graduación de dicho nivel; derogar la Ley 209 de 25 de agosto de 2000, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer en el Currículo de las Escuelas Superiores Públicas un Curso Compulsorio de Seguridad en el Tránsito”; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico) para añadir un nuevo requisito de graduación en el nivel superior: un curso compulsorio de un semestre sobre educación vial. Simultáneamente, deroga la Ley 209-2000, que establecía un curso similar en las escuelas superiores públicas. El Secretario del Departamento de Educación será responsable de establecer este nuevo curso, que deberá cubrir temas como el riesgo de conducir bajo efectos de sustancias, medidas de seguridad, y convivencia vial. La medida busca integrar la educación vial en el currículo postsecundario y facilitar la colaboración de otras agencias y entidades privadas en su implementación.
Para añadir un Artículo 9.11 a la Ley 85-2018, mejor conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de agregar un curso electivo en las escuelas adscritas al Departamento de Educación, sobre Cooperativismo y Finanzas Personales, integrar los principios básicos sobre cada tema a impartirse en los currículos escolares; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 467 propone añadir un nuevo Artículo 9.12 a la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico. Su objetivo es agregar un curso electivo sobre Cooperativismo y Finanzas Personales en las escuelas públicas adscritas al Departamento de Educación, e integrar los principios básicos de estos temas en los currículos escolares. Afecta directamente a estudiantes y al sistema educativo público.
Para enmendar la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, en su Artículo 1.02(e)(2); enmendar su Artículo 1.03, para añadir un nuevo inciso 17, y para renumerar los subsiguientes; enmendar su Artículo 2.04(b)(36); enmendar su Artículo 2.08, incisos (m) y (n), y añadir un nuevo inciso (x); enmendar el Artículo 2.12(e) y (q)(5); enmendar sus artículos 2.14(l), 3.01(a), 3.04, y 6.02; enmendar su Artículo 6.05 para añadir un inciso (o); y, enmendar los artículos 9.02(g) y 11.01(a); a los fines de establecer como parte de la política pública del sistema educativo la concientización sobre el edadismo, incentivar la erradicación del discrimen por edad, y establecer tanto los deberes como las responsabilidades de la comunidad escolar en torno al edadismo; definir el edadismo; establecer dentro del currículo general, actividades para concientizar sobre el edadismo y la necesidad de erradicar cualquier tipo de discrimen, incluyendo el que surge por razón de edad; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 85-2018, conocida como 'Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico', para integrar formalmente la concientización y erradicación del edadismo (discriminación por edad) como política pública del sistema educativo. Busca definir el edadismo, establecer deberes y responsabilidades en la comunidad escolar, e incorporar actividades curriculares y extracurriculares para fomentar el respeto intergeneracional y combatir el discrimen por edad. Afecta a estudiantes, personal docente y administrativo del sistema público de enseñanza.
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