Qué propone
Esta medida propone la Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (Ley 72-1993) para incluir a los agentes del Negociado de Investigaciones Especiales (NIE), tanto activos como , junto a sus cónyuges e hijos, como beneficiarios del Plan de Salud del Gobierno. Se autoriza a la Administración de Seguros de Salud (ASES) a establecer los necesarios y a fijar la aportación que deberán realizar estos nuevos beneficiarios.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la evolución del sistema de salud de Puerto Rico, específicamente en la Ley 72-1993 que creó ASES y el Plan de Salud del Gobierno. La inclusión de nuevos grupos de beneficiarios, como los agentes del NIE, es una extensión de la política de cobertura de salud pública que se ha transformado desde el modelo Arbona hacia la privatización y el cuidado dirigido del Plan Vital.
En qué va
La medida (P. de la C. 870) fue el 22 de septiembre de 2025 y referida a comisión. Recientemente, el 15 de junio de 2026, la comisión no recomendó su aprobación.
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Última acción · 15 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para añadir un inciso (k) a la Sección 3, del Artículo VI, de la Ley Núm. 72-1993, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, a los fines de incluir como beneficiarios del Plan de Salud del Gobierno a los policías estatales y municipales, retirados y activos, sus cónyuges e hijos; autorizar a la ASES a promulgar aquellos reglamentos que estime pertinentes, en cuanto a cubiertas y beneficios, criterios de elegibilidad y el pago de primas; disponer que sea opcional para los policías municipales acogerse al Plan de Salud del Gobierno y de optar por acogerse al mismo la aportación patronal vaya a ASES; y para otros fines relacionados
La medida PS 251 propone enmendar la Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (Ley 72-1993) para incluir a los policías estatales y municipales, tanto activos como retirados, junto a sus cónyuges e hijos, como beneficiarios del Plan de Salud del Gobierno. Se autoriza a la Administración de Seguros de Salud (ASES) a establecer reglamentos sobre cubiertas, beneficios, elegibilidad y primas. Para los policías municipales, la inclusión en el plan es opcional, y si deciden acogerse, la aportación patronal se dirigirá a ASES.
Para enmendar los incisos (b) y (k) de la Sección 3 del Artículo VI de la Ley Núm. 72 de 7 de septiembre de 1993, según enmendada, conocida como la “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, a los fines de establecer que los Policías Estatales y Municipales acogidos a la cubierta de salud del Plan de Salud del Gobierno de Puerto Rico no tendrán que solicitar referido médico para acudir directamente a un médico especialista de su preferencia; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 72 de 1993 para permitir que los Policías Estatales y Municipales cubiertos por el Plan de Salud del Gobierno de Puerto Rico acudan directamente a médicos especialistas sin necesidad de un referido médico previo. Esto aplicaría a los agentes y, en ciertos casos, a sus cónyuges e hijos dependientes. La Administración de Seguros de Salud (ASES) tiene 90 días para adoptar las regulaciones necesarias.
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